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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2009 (11/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de julio de 2009 398940 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.- El presente Reglamento entrará en vigencia a los seis (06) meses siguientes de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. 371323-5 Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y sus Órganos Desconcentrados DECRETO SUPREMO Nº 013-2009-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que el Texto Único de Procedimientos Administrativos comprende, todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, además de la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos, su califi cación, así como la evaluación que corresponda y el pago de derecho de trámite en caso proceda, para cada procedimiento administrativo; Que, los numerales 38.1 y 38.5 del artículo 38° de la Ley precitada, disponen que en caso la modificatoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, implique la creación de nuevos procedimientos e incremento de derechos de tramitación, corresponde que sea aprobado por Decreto Supremo del Sector; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2005-SA se aprobaron los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos correspondientes al Ministerio de Salud y a sus órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados, los cuales deben modificarse y adecuarse conforme al proceso de descentralización; Que, en tal virtud, resulta pertinente aprobar los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 38.1 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- De la aprobación de los procedimientos Apruébense los requisitos y derechos de trámite de los procedimientos administrativos del Ministerio de Salud que forman parte del Anexo N° 01 del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Apruébense los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPA que forman parte del presente Decreto Supremo, correspondientes al Ministerio de Salud y de sus Órganos Desconcentrados, que a continuación se señalan: í Ministerio de Salud í Direcciones de Salud de Lima í Institutos Especializados í Hospitales de Lima Artículo 3º.- De la Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, y los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos aprobados, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe). Artículo 4º.- Derogación Deróguese el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y de sus órganos desconcentrados aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2005-SA. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los diez días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 371323-6 Aprueban la NTS Nº 080-MINSA/DGSP- V.01 “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación” y designan voceros para su difusión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2009/MINSA Lima, 9 de julio del 2009 Visto el Expediente Nº 08-066466-009, que contiene el Informe Técnico Nº 028-2009-ESNI-DGSP/MINSA y la Nota Informativa Nº 764-2009-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas y el Informe Nº 411-2009-OGAJ/MINSA y la Nota Informativa Nº 522- 2009-OGAJ/MINSA; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 24º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico-normativo en los procesos relacionados a la atención integral de la salud de la persona, categorización y acreditación de los servicios de salud y la gestión sanitaria; Que, el literal a) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo encargado entre otras funciones la de proponer las políticas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atención de salud de las personas y el modelo de atención integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, por Resolución Ministerial Nº 610-2007/MINSA, del 31 de julio de 2007, se aprobó la Directiva Sanitaria Nº 014-MINSA/DGSP-V.01: “Esquema y Calendario Nacional de Vacunación”, cuyo objetivo es establecer un esquema y calendario ordenado de vacunación a nivel nacional, para facilitar las intervenciones de inmunizaciones y como fi nalidad contribuir a mejorar el nivel de salud de la población mediante el control de enfermedades inmunoprevenibles; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Salud de las Personas, remite para su aprobación el proyecto de Norma Técnica de Salud que establece el “Esquema Nacional de Vacunación”; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la NTS Nº 080 -MINSA/DGSP- V.01: “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema