TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de julio de 2009 398976 De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata José Antonio REGALADO Zegarra, CIP 00898727, DNI 43344243, al Estado de Pará – BRASIL, del 24 al 30 de agosto del 2009, para realizar reuniones de coordinación con Directores del Centro de Instrucción “Almirante Braz de Aguiar (CIABA)”. Artículo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa – Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan con cargo a Recursos Directamente Recaudados y de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima – Brasil (Pará) – Lima): US$. 1,250.00 x 01 persona Viáticos: US$. 200.00 x 07 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 01 persona Artículo 3º.- Delegación de facultades Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la Comisión a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- Presentación de Informe El citado Ofi cial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en los Artículos 6° y 10ª del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, de fecha 5 de junio de 2002, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- Refrendo La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 371366-1 Autorizan viaje de oficial FAP a Chile para participar en el Curso de Análisis de Inteligencia para Oficiales Extranjeros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 255-2009-DE/FAP Lima, 11 de julio de 2009 Visto la Papeleta de Trámite C-50-EMED-Nº 0812 de fecha 14 de mayo de 2009, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; y, la Papeleta de Trámite C-50-SGFA-Nº 2332 de fecha 14 de mayo de 2009, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje en Misión de Estudios a la República de Chile, del 24 de agosto al 11 de diciembre de 2009, al Mayor FAP SANDRO MANUEL CABREJOS RENGIFO, para que participe en el Curso de Análisis de Inteligencia para Ofi ciales Extranjeros, que se desarrollará en la Escuela de Inteligencia del Ejército de Chile, con sede en la ciudad de Santiago de Chile; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la citada misión se encuentra incluida en el Rubro 1.- Formación/ Califi cación/ Especialización, Item 64, del Anexo 1 del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Año Fiscal 2009, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/SG de 19 de enero de 2009; y sus modifi catorias; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento por concepto de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad de los referidos viajes, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencia y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la República de Chile, del 24 de agosto al 11 de diciembre de 2009, al Mayor FAP SANDRO MANUEL CABREJOS RENGIFO, para que participe en el Curso de Análisis de Inteligencia para Ofi ciales Extranjeros, que se desarrollará en la Escuela de Inteligencia del Ejército de Chile, con sede en la ciudad de Santiago de Chile. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago correspondiente, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima – Santiago de Chile - Lima US $ 699.25 x 01 Ofi cial Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero US $ 2.900 x 3 meses x 1 Ofi cial US $ 2.900/30 x 19 días x 1 Ofi cial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US $ 31 x 1 Ofi cial Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El citado Ofi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.