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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de julio de 2009 398990 • Margen de dumping Al comparar el valor normal con el precio promedio de exportación estimado en 611.7 US$/TM, se ha determinado de manera preliminar un margen de dumping ascendente a 30.7% del precio FOB de exportación, el cual, expresado en valores monetarios, representa US$ 188 por tonelada. II.4. Determinación de indicios de la existencia de daño a la RPN El Acuerdo Antidumping dispone que el término “daño” debe entenderse como: i) Un daño importante causado a una rama de producción nacional; ii) Una amenaza de daño importante a la rama de la producción nacional; o, iii) Un retraso importante en la creación de una rama de producción nacional. En el presente caso, el daño alegado por la industria nacional se fundamenta en que ésta no ha venido mostrando los resultados esperados desde el inicio de sus actividades, en relación al nivel de ventas y ganancias proyectadas, y que, por el contrario, ha venido registrando pérdidas desde el inicio de sus operaciones. Tal como se explica de manera detallada en el Informe Nº 036-2009/CFD-INDECOPI, el hecho que la industria nacional recién haya comenzado a producir en los últimos meses del año 2008, determina que no sea factible evaluar la existencia de un daño importante actual o una amenaza de daño importante, en los términos previstos en el Acuerdo Antidumping. Más bien, el daño alegado por la industria nacional califi ca en el supuesto de daño por retraso importante en la creación de la RPN, previsto en el Acuerdo Antidumping, en la medida que la industria se encuentra enfrentando una situación desfavorable que le impide alcanzar los resultados económicos proyectados en la primera etapa inmediatamente posterior a su creación6. Por tanto, a fi n de determinar la existencia del daño por retraso importante en la creación de la RPN alegado por Industrias del Espino, se analizará el mercado actual de la industria de biodiesel y su potencial de desarrollo, con el fi n de establecer en qué medida la industria tiene expectativas reales de crecimiento que podrían verse afectadas por el ingreso de las importaciones denunciadas. Asimismo, se analizará el volumen y el precio de las importaciones de biodiesel y sus efectos en los precios de la RPN. Finalmente, se analizará la situación actual de la RPN a través de la revisión de sus indicadores económicos. • Industria nacional de biodiesel Del análisis de la industria nacional de biodiesel, se ha determinado que la misma tiene importantes perspectivas de crecimiento, como consecuencia de la política de promoción de la producción y comercialización de biodiesel en el país7. Actualmente existe una demanda signifi cativa de biodiesel a nivel nacional, producto del establecimiento a partir del año 2009 de la obligación legal de comercializar Diesel B28, impuesta mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-EM9. Así, se ha estimado que la demanda de biodiesel para los años 2009 y 2010 sería de 82 603 y 84 338 toneladas, respectivamente. Asimismo, a partir del 2011 se espera un incremento sustancial de tal demanda hasta alcanzar un aproximado de 222 070 toneladas, debido a que el consumo de Diesel B5 será obligatorio, según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 021-2007-EM, que dispone que el porcentaje de biodiesel usado en la mezcla deberá incrementarse de 2% a 5% a partir de dicho año. En vista de las importantes proyecciones de crecimiento de la industria, ha surgido una rama de producción nacional de biodiesel que ha realizado importantes inversiones para la puesta en marcha del negocio. A continuación, se analizará si dicha rama naciente viene siendo afectada por el ingreso de importaciones de biodiesel estadounidense a precios dumping, en una medida tal que le impida desarrollarse. • Volumen y precio de las importaciones Tal como se señala en el Informe Nº 036-2009/CFD- INDECOPI, se ha verifi cado que, como consecuencia de la promoción del uso de biodiesel en el país, ha venido ingresando volúmenes considerables de importaciones de dicho producto al mercado peruano, particularmente originario de los Estados Unidos, a precios bastante por debajo de los de la RPN. Entre diciembre de 2008 y marzo de 2009, el volumen de las importaciones totales ha sido de 22 794 toneladas, de las cuales el 65.6% de las importaciones fueron originarias de los Estados Unidos. Asimismo, se ha verifi cado una signifi cativa diferencia de US$ 160, entre el precio de venta ex–fábrica de Industrias del Espino y el precio nacionalizado de las importaciones de biodiesel originario de los Estados Unidos, durante el mismo período. Por tanto, se concluye que el ingreso masivo de importaciones de biodiesel originario de los Estados Unidos a precios dumping, considerando la gran capacidad exportadora de dicho país, produciría una caída de los precios internos a un nivel tal, que la RPN no podría colocar su producto en el mercado interno. • Indicadores económicos de la RPN De la revisión de los principales indicadores de la empresa, se aprecia que si bien ha realizado importantes inversiones para la puesta en marcha del negocio de biodiesel, tanto para la ampliación de la frontera agrícola como para la implementación de una planta industrial10, los resultados económicos obtenidos por la misma durante los primeros meses de la puesta en marcha del negocio no han sido favorables, y contrastan con aquéllos que fueron proyectados por la empresa. Si bien la empresa estaba en la capacidad de abastecer la mayor parte del mercado, se aprecia que el nivel de producción en el período analizado se encuentra muy por debajo de su capacidad de producción –ascendente a 4500 toneladas mensuales–, siendo la utilización de dicha capacidad de menos del 10%. Además, entre febrero y marzo de 2009, la empresa se ha visto forzada a paralizar la producción de biodiesel. Con relación a la participación de mercado, las importaciones de biodiesel originario de Estados Unidos a precios dumping han tenido la mayor participación (55.1%), mientras que las ventas de la empresa solicitante apenas representaron el 7.5% del mercado interno. Si a ello se suman las ventas de la segunda productora nacional de biodiesel11, la participación de las principales empresas de la RPN en las ventas del mercado interno apenas representan el 16.3% del mismo. De otro lado, se observan niveles muy altos de inventarios como consecuencia del reducido nivel de ventas de la empresa solicitante, los que representan entre el 101% y 566% del nivel de ventas. 6 Si bien no existe regulación alguna en el texto del Acuerdo Antidumping, ni en el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM y su norma modifi catoria, sobre cuándo debe realizarse el análisis de dicho tipo de daño, a modo de referencia la publicación de la OMC titulada “A Handbook on Antidumping Investigations” establece que el daño entendido como un retraso importante en la creación de la RPN puede ser analizado en aquellos casos en los que aún no existe producción del producto investigado, así como en aquellos en los que si bien ha habido alguna producción, la misma no ha alcanzado un nivel sufi ciente para permitir el examen de los otros dos tipos de daño, como el presente caso. 7 En el Perú la producción de biocombustibles se viene fomentando desde la aprobación de la Ley Nº 28054 – Ley que promueve el mercado de biocombustibles y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 013-2005-EM. 8 Mezcla de diesel con 2% por ciento de biodiesel. 9 Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles, el cual establece los requisitos para la comercialización y distribución del biodiesel, así como lo referente a las normas técnicas de calidad de los mencionados productos. 10 El detalle de las inversiones realizadas por Industrias del Espino se encuentra en el Informe Nº 036-2009/CFD-INDECOPI. 11 Heaven Petroleum Operators S.A.C.