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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2009 (19/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de julio de 2009 399303 compañía HELIAMERICA S.A.C. Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo; Que, el Permiso de Operación de la compañía HELIAMERICA S.A.C., fue otorgado por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 14 de setiembre del 2005, plazo que vence el 14 de setiembre del 2009; Que, mediante Documento de Registro Nº 2009-009845 del 23 de marzo del 2009, la compañía HELIAMERICA S.A.C. solicitó la Renovación de su Permiso de Operación; Que, según los términos del Memorando Nº 350- 2009-MTC/12, Memorando Nº 1210-2009-MTC/12.04 e Informe Nº 068-2009-MTC/12.07.LIC; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELIAMERICA S.A.C., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 15 de setiembre del 2009, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 155-2005-MTC/12 del 09 de setiembre del 2005. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa HELIAMERICA S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Prospección y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Ecureuil AS350B2. - AS 350B3 - SA 315B - Bell 212 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Nuevo el Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán. DEPARTAMENTO: APURIMAC - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Jaén. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Patria. DEPARTAMENTO: HUANUCO - Huánuco, Tingo María, Tournavista. DEPARTAMENTO: ICA - Nasca, Pisco. DEPARTAMENTO: JUNIN - Jauja, Mazamari / Ma nuel Prado, Potsateni, Poyeni. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Trujillo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE - Chicla yo. DEPARTAMENTO: LIMA - Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”. DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Corrientes / Trompeteros, El Estrecho, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MADRE DE DIOS - Mazuko, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: MOQUEGUA - Ilo. DEPARTAMENTO: PASCO - Delfín de Pozuzo, Iscozasin. DEPARTAMENTO: PIURA - Talara, Piura. DEPARTAMENTO: PUNO - Juliaca. DEPARTAMENTO: SAN MARTIN - Juanjuí, Moyobamba, Rioja, Saposoa, Tarapoto. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Balta, Breu, Culina, Chicosa, Paititi, Pucallpa, Puerto Esperan za, San Marcos, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Iquitos. SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Tarapoto. - Aeropuerto de Puerto Maldonado. - Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto de Arequipa. - Aeropuerto de Pucallpa. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compañía HELIAMERICA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certifi cados de Matrícula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Público de Aeronaves de la Ofi cina Registral de Lima y Callao; de sus Certifi cados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certifi cado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La compañía HELIAMERICA S.A.C. está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La compañía HELIAMERICA S.A.C. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fi n de mantener permanente información del tráfi co aéreo que realizan sus aeronaves.