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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2009 (25/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de julio de 2009 399673 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: Que, el Concejo Municipal del Distrito de Carabayllo; en Sesión Ordinaria de la fecha, ha recibido el Informe N°114-2009 –GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Informe N° 147-2009-GDHS/MDC, de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social; CONSIDERANDO: Que, mediante informe N° 147-2009-GDHS/MDC, de fecha 21 de Julio del 2009, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, da cuenta de las recomendaciones emitidas por el Ministerio de Salud, en razón a la expansión del virus AH1N1, con la fi nalidad de tomar medidas preventivas y evitar su propagación; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° numeral 8, 39°, 40° y 53° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y con el voto UNANIME de los señores Regidores, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE LA SUSPENSIÓN DE EVENTOS A REALIZARSE EN LUGARES PÚBLICOS CERRADOS QUE GENEREN AGLOMERACIÓN DE PERSONAS, COMO UNA MEDIDA DE URGENCIA ANTE LA INMINENTE EXPANSIÓN DEL VIRUS LLAMADO “INFLUENZA HUMANA AH1N1” Artículo 1º.- SUSPENDER todos los eventos y/o actividades que se hayan programado en lugares públicos cerrados que generen aglomeración de personas, por un periodo de dos meses, que puede ser suspendido o ampliado según la recomendaciones que formule el Ministerio de Salud. Artículo 2º .- SUSPENDER toda autorización, licencias, permisos para la realización de actividades públicas no deportivas que soliciten los administrados ante la Municipalidad en el periodo y las condiciones señaladas en el artículo que antecede. Artículo 3°.- SE EXHORTA a la población del Distrito de Carabayllo no asistir a eventos público o privados que congreguen personas en lugares cerrados. Artículo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano y social, en coordinación con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, adopten las acciones necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones del presente dispositivo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 377312-1 Disponen el embanderamiento, limpieza y pintado de fachada de inmuebles, del distrito con motivo del aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2009-A/MDC Carabayllo, 20 de julio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO VISTO: La importancia de la conmemoración del Aniversario Patrio y la necesidad de generar en nuestra población un sentimiento de civismo y amor a nuestros símbolos nacionales; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley N° 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con motivo de conmemorar el 188° aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, se ha programado una serie de actividades que requieren la participación activa de los vecinos del distrito, razón por la cual corresponde cumplir con el embanderamiento, limpieza y pintado de las fachadas en general de todos los inmuebles ubicados en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 Inc. 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO, así como la limpieza y el pintado de las fachadas de los inmuebles ubicados en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, del 22 al 31 de Julio del presente año, con motivo de conmemorarse el 188° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Subgerencia de Imagen Institucional su cumplimiento y respectiva difusión. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 376920-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Suspenden autorizaciones de circulación para prestar servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores ORDENANZA Nº 272-MDSMP San Martín de Porres, 11 de Julio del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 11.JULIO.2009, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre proyecto de Ordenanza que suspende las autorizaciones de circulación a vehículos menores; y CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha, la Comisión de Planificación Urbana y Transporte pone a consideración del Pleno del Concejo su Dictamen y proyecto de Ordenanza que suspende temporalmente las autorizaciones de circulación para prestar el servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores dentro de la jurisdicción, a fin de emitir una nueva normatividad que regule el servicio de transporte en vehículos menores con mayor eficiencia y de acuerdo a la situación actual de dicho servicio, así como elaborar un plan regulador con nuevas zonas de trabajo, un plan vial distrital y tomar las acciones para terminar con la sobreoferta del servicio en algunas zonas y la sobredemanda en otras; para lo cual se cuenta con los informes respectivos de la