Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2009 (25/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

399675

Estando a la expuesto, y con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORICESE el funcionamiento de los equipos electronicos denominados Detec, modelo D21 ubicados en la Av. La MORDAZA Cdra. 5 (sentido Este - Oeste, y Oeste - Este), cruce con el Jr. Callao, conforme al diseno de ubicacion anexo al presente decreto. Articulo Segundo.- La Gerencia General de Transporte MORDAZA velara que el punto de control cuente con la senalizacion vertical reglamentaria, asi como la instalacion adicional de placas informativas sobre la existencia de equipos de fiscalizacion electronica. Articulo Tercero.- Los equipos electronicos de fiscalizacion instalados en la Av. La MORDAZA y Jr. Callao, constituyen soportes tecnicos de apoyo a las autoridades competentes, cuyas infracciones que registren seran tramitadas y sancionadas conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Nacional de MORDAZA y demas disposiciones complementarias. Articulo Cuarto.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General Transporte MORDAZA y a la Policia Nacional de Peru. Articulo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 377294-1

Que, por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de MORDAZA del 2009, se modifican diversos articulos del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, aprobandose ademas del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA - el mismo que entra en vigencia el 21 de MORDAZA de 2009; Que, la Gerencia General Transporte MORDAZA como parte del proyecto de modernizacion de los sistemas electronicos de MORDAZA de la MORDAZA del Callao, informa que han concluido los estudios y trabajos de instalacion de los equipos electronicos fijos ubicados en la cuadra 52 de la Avenida MORDAZA, asi como los estudios de ingenieria que en razon a sus condiciones y caracteristicas geometricas volumenes y composicion del MORDAZA, y necesidad de proteger la seguridad vial ha determinado como limite MORDAZA de velocidad en 55 Km/ h; lo cual contribuira no solo a medir el MORDAZA vehicular y la deteccion de infracciones por incumplimiento de las disposiciones del Reglamento Nacional de MORDAZA, sino que principalmente evitara la ocurrencia de accidentes de MORDAZA por la inobservancia de los limites maximos de velocidad establecidos en la Provincia Constitucional del Callao; Que, la instalacion de los equipos electronicos tienen por objetivo educar a los conductores al fiel cumplimiento del Reglamento Nacional de MORDAZA vigente a traves de la repeticion de conductas respetuosas, garantizada por la caracteristica ostensiva y visible del equipo; supervisando de forma automatica y continuada, todo flujo vehicular en el punto de instalacion; Estando a la expuesto, y con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORICESE el funcionamiento de los equipos electronicos denominados - Policia Electronico, modelo U1, ubicado en la cuadra 52 de la Av. MORDAZA - Jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, cuyo limite MORDAZA de velocidad en el punto de control sera de 55 km/h, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto. Articulo Segundo.- La Gerencia General de Transporte MORDAZA velara que el punto de control cuente con la senalizacion vertical reglamentaria asi como la instalacion adicional de placas informativas sobre la existencia de equipos de fiscalizacion electronica. Articulo Tercero.- Los equipos electronicos de fiscalizacion instalados en la cuadra 52 de la Av. MORDAZA, constituyen soportes tecnicos de apoyo a las autoridades competentes, cuyas infracciones que registren seran tramitadas y sancionadas conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Nacional de MORDAZA y demas disposiciones complementarias. Articulo Cuarto.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General Transporte MORDAZA y a la Policia Nacional de Peru. Articulo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 377293-1

Autorizan funcionamiento de equipos electronicos denominados Policia Electronico en la cuadra 52 de la Av. MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000009 Callao, 24 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley N° 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala en sus articulos 194° y 195° que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala en su articulo 81º numerales 81.1.1 y 81.1.3, que son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico normar, regular y planificar el transporte terrestre a nivel provincial, ademas normar, regular, organizar y mantener los sistemas de senalizacion y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, asi mismo la Ley organica acotada, senala en su articulo 20° inciso 1, que es atribucion del MORDAZA, defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre N° 27181, en su articulo 17° reconoce a la Municipalidad Provincial como autoridad competente en su respectiva jurisdiccion, quien asume competencias de caracter normativo, de gestion y fiscalizacion para la mejor aplicacion de dicho reglamento dentro de su respectivo ambito territorial;

Autorizan funcionamiento de los equipos electronicos denominados Bandera electronica y Policia Electronico en la cuadra 8 de la Av. MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000010 Callao, 24 de MORDAZA de 2009

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