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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de julio de 2009 399668 elaborado acorde con los lineamientos y criterios técnicos establecidos en el artículo 11 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, así como del D. Leg. Nº 276, Ley General de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM, contando con la opinión técnica favorable de la Ofi cina de Asesoría Legal de la Dirección Regional Agraria y de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, así como el Dictamen favorable de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional; siendo procedente su aprobación mediante el Acto Administrativo correspondiente, a fi n de que la Dirección Regional Agraria cuente con este instrumento importante, debidamente actualizado, acorde a las exigencias y necesidades en materia de recursos humanos, que dicha entidad demanda, conforme así lo establecen las normas vigentes; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 011, mediante Acuerdo N° 077 de fecha 03 de junio del 2009, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37°, concordante con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y sus modifi catorias N° 28968 y 29053 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) reformulado de la Dirección Regional Agraria de Amazonas, por efectos de cumplimiento de una Sentencia Confi rmatoria en segunda instancia, que restituye al servidor Alejandro Segundo Castro Grández, el nivel remunerativo F2, así como al incremento de dos (2) plazas en calidad de previstas; documento que en 16 folios forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 169-Gobierno Regional Amazonas/CR, de fecha 22 de Febrero del 2007. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 15 días del mes de junio del año 2009. JOSE SANTOS RAMIREZ ZEGARRA. Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 23 días del mes de junio del 2009. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas 376793-1 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Plan Maestro del Área de Conservación Regional Humedales de Ventanilla 2009 - 2014 DECRETO REGIONAL N° 012 Callao, 2 de julio de 2009 VISTO: El Informe Nº 281-2009-GRC/GRRNGMA/OAPYMA, de 18 de junio de 2009, emitido por la Ofi cina de Áreas Protegidas y Medio Ambiente, que sustenta la conformidad con la propuesta del Plan Maestro del ACR Humedales de Ventanilla; CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas.; Que, el artículo primero de la Ley de Áreas Naturales Protegidas - Ley Nº 26834, determina que las áreas naturales protegidas constituyen patrimonio de la Nación. Su conducción natural debe ser mantenida a perpetuidad pudiendo permitirse el uso regulado del área y el aprovechamiento de recursos, o determinarse la restricción de los usos directos; Que, el artículo tercero de la mencionada Ley establece que las áreas naturales protegidas pueden ser de administración regional, denominándose a estas, Áreas de Conservación Regional; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27902 que modifi ca el inciso j) del artículo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen entre sus funciones, la de preservar y administrar, en coordinación con los gobiernos locales, las reservas y áreas naturales protegidas regionales comprendidas íntegramente dentro de su jurisdicción, así como los territorios insulares, conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-2006-AG de 20 de diciembre de 2006, se establece el Área de Conservación Regional Humedales de Ventanilla, y dispone que esta área natural protegida sea administrada e íntegramente fi nanciada por el Gobierno Regional del Callao; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas establece que el Plan Maestro constituye el documento de planifi cación de más alto nivel en las áreas naturales protegidas, que es elaborado mediante procesos participativos y son revisados cada cinco años; Que, en el inciso a) del artículo 53º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, reconoce que los Gobiernos Regionales son competentes para: “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales”; Que, mediante Resolución Gerencial Regional Nº 025- 2008-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-GRRNGMA, se aprueban los términos de referencia y especifi caciones técnicas para el proceso de elaboración del Plan Maestro del Área de Conservación Regional Humedales de Ventanilla, siguiendo las directivas dadas en la Guía Metodológica para la Elaboración de Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas, aprobada mediante Resolución de Intendencia Nº 029-2005-INRENA; Que, los representantes de la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del Área de Conservación Regional Humedales de Ventanilla, promovieron la formulación del Plan Maestro en un amplio proceso que contó con la participación de la población local, así como con instituciones públicas y privadas vinculadas a la conservación del área, plan que fue aprobado por consenso como consta en el Acta de reunión de fecha 16 de mayo del 2009; Que, mediante Ofi cio Nº 216-2009-SERNANP-J, de 17 de junio del 2009, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas opinó favorablemente para aprobar el Plan Maestro del Área de Conservación Regional Humedales de Ventanilla; Que, en tal sentido, mediante Acuerdo del Directorio de Gerentes N° 03 de 22 de junio de 2009, se acordó proponer a la Presidencia Regional se apruebe el Plan Maestro del Área de Conservación Regional Humedales de Ventanilla 2009 – 2014; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las atribuciones otorgadas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; SE DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del Área de Conservación Regional Humedales de Ventanilla 2009 -