Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2009 (26/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2009

En Chachapoyas, a los 28 dias del mes de MORDAZA del ano 2009. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZEGARRA. Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 05 dias del mes de Junio del 2009. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas
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Que, en vista de los lamentables hechos de violencia sucedido el dia viernes 05 de junio del presente en la provincias de Bagua y Utcubamba - Region Amazonas, donde se tuvo como resultado perdidas de MORDAZA de miembros de la sociedad civil y efectivos de la Policia Nacional; el Gobierno Regional Amazonas, hace llegar su sentimiento de solidaridad a los familiares de las personas que perdieron su MORDAZA a consecuencia de los hechos de violencia; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Extraordinaria Nº 006, celebrada el dia viernes 05 de Junio del 2009, en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA:

Expresan solidaridad con familiares de personas que perdieron la MORDAZA a consecuencia de los hechos de violencia ocurridos en las Provincias de Bagua y Utcubamba - Region Amazonas y declaran Duelo Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 008-2009-GRA/CR-SE.

Chachapoyas, 05 de Junio del 2008 POR CUANTO: Visto el pedido verbal procedente del Ejecutivo Regional del Gobierno Regional Amazonas, mediante el cual solicita al Consejo Regional se DECLARE DUELO REGIONAL por la lamentable perdida de vidas de miembros de la sociedad civil y efectivos de la Policia Nacional, a consecuencia de los hechos de violencia ocurrida en la Provincia de Bagua - Region Amazonas y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, y por Ley N° 28607 - Ley de Reforma Constitucional de los articulos 91°, 191° y 194° de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 192° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680, establece, que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que el consejo Regional es el Organo Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, encontrandose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los articulos 15º y 16º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificados por las Leyes Nº 28968 y 29053; asimismo expresan su decision sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, mediante acuerdo de consejo Regional. Que, de conformidad con lo establecido con el Articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, indica; Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales;

Articulo Primero.- EXPRESAR su sentimiento de solidaridad con todos los familiares de las personas que perdieron la MORDAZA a consecuencia de los hechos de violencia, ocurrida en las Provincias de Bagua y Utcubamba ­ Region Amazonas e invocar al Gobierno Central dar solucion pacifica e inmediata a las causales y consecuencias de estos luctuosos acontecimientos. Articulo Segundo.- DECLARAR DUELO REGIONAL por cuatro (4) dias, a partir del 05 al 08 de Junio, por la lamentable perdida de vidas de miembros de la sociedad civil y efectivos de la Policia Nacional. Articulo Tercero.- DERIVAR al Ejecutivo Regional para su implementacion correspondiente. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Gobierno Regional Amazonas
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Conforman la Mesa de Dialogo Regional con la finalidad de fortalecer la Mesa de Dialogo Nacional propuesta por los Presidentes Regionales Amazonicos con el proposito de consensuar y buscar mecanismos de solucion a la divergencia de los Decretos Legislativos emitidos por el Ejecutivo
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 009-2009-GRA/CR-SE.

Chachapoyas, 10 de Junio del 2008 POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria Nº 007 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, de fecha 10 de Junio del dos mil nueve, llevada a cabo en la provincia de Chachapoyas sede del Gobierno Regional Amazonas y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, y por Ley N° 28607 - Ley de Reforma Constitucional de los articulos 91°, 191° y 194° de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Regionales tienen autonomia

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