Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2009 (26/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2009

CAP reformulado, basicamente por el reajuste de la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional Pasco y en base a ello han realizado un reordenamiento de cargos en la mayoria de la Unidades Organicas, de acuerdo a las necesidades y competencias establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y la transferencia de nuevas competencias del Gobierno Nacional, creandose cargos previstos para las nuevas unidades organicas con el fin de dar funcionabilidad y operatividad en el corto y mediano plazo, asi como el cumplimiento de objetivos y metas establecidos en el Plan de Desarrollo Regional Concertado, Plan Estrategico Institucional y el Plan Operativo Institucional; Basados en el Capitulo III, articulo 16° del D.S. N° 043-2004PCM donde establece que las Entidades de la Administracion Publica deberan modificar el Cuadro de Asignacion Personal en los siguientes casos: inciso a) Cuando la Entidad MORDAZA sufrido modificaciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una accion de racionalizacion o mejoramiento de procesos; Que, mediante el INFORME LEGAL N° 309-2009G.R.PASCO/DRAJ, la Direccion Regional de Asesoria Juridica, emite opinion legal respecto al Proyecto del Cuadro de Asignacion de Personal del Gobierno Regional Pasco, senalando que el mismo se ha realizado de acuerdo a los lineamientos establecidos basicamente por el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, por lo que debe procederse a su aprobacion mediante la Ordenanza Regional respectiva; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el articulo 37º inciso a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias y en estricto cumplimiento a las normas vigentes: el Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Gobierno Regional Pasco, cuyo texto anexo forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEROGUESE todas las disposiciones que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional Pasco, para el conocimiento de toda la Region Pasco. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgacion. En la Provincia de Pasco, a los siete dias del mes de MORDAZA del dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los siete dias del mes de MORDAZA del dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente
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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Reglamento de saneamiento, administracion y disposicion de bienes patrimoniales de la Municipalidad Distrital de Surquillo
ORDENANZA Nº 221-MDS

Surquillo, 9 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto en el Dictamen Nº 0022009-CAPP-CM-MDS de la Comision de Administracion, Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º y el articulo 195º numerales 1) y 3) de la Constitucion Politica del Estado, concordante con los articulos 55º y siguientes de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, asi como lo dispuesto en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2009-VIVIENDA, en uso de las atribuciones conferidas por uso 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente:
ORDENANZA REGLAMENTO DE SANEAMIENTO, ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE BIENES PATRIMONIALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1º.- Objeto.- La presente Ordenanza establece las normas generales que regiran los actos de saneamiento, administracion y disposicion de bienes inmuebles y muebles que conforman el patrimonio de la Municipalidad Distrital de Surquillo, en el MORDAZA de su autonomia administrativa consagrada por la Constitucion Politica y la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 2º.- Finalidad.- El presente Reglamento tiene por finalidad: 2.1 Desarrollar las acciones de saneamiento, registro e inscripcion de los bienes que conforman el patrimonio de la Municipalidad, fiscalizando su existencia y estado. 2.2 Complementar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29151 y el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA en lo relativo a la administracion y disposicion de los bienes municipales. 2.3 Mantener actualizada la situacion administrativa, contable y legal de los bienes inmuebles y muebles municipales. Articulo 3º.- Precisiones Previas 3.1. Se entiende por bienes patrimoniales municipales a aquellos bienes inmuebles e muebles de dominio publico y de dominio privado que, de acuerdo a lo definido en el articulo 2.2. del articulo 2º del Decreto Supremo

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