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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2009 (26/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de julio de 2009 399746 CAP reformulado, básicamente por el reajuste de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Pasco y en base a ello han realizado un reordenamiento de cargos en la mayoría de la Unidades Orgánicas, de acuerdo a las necesidades y competencias establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la transferencia de nuevas competencias del Gobierno Nacional, creándose cargos previstos para las nuevas unidades orgánicas con el fi n de dar funcionabilidad y operatividad en el corto y mediano plazo, así como el cumplimiento de objetivos y metas establecidos en el Plan de Desarrollo Regional Concertado, Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional; Basados en el Capítulo III, artículo 16° del D.S. N° 043-2004- PCM donde establece que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car el Cuadro de Asignación Personal en los siguientes casos: inciso a) Cuando la Entidad haya sufrido modifi caciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos; Que, mediante el INFORME LEGAL N° 309-2009- G.R.PASCO/DRAJ, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto al Proyecto del Cuadro de Asignación de Personal del Gobierno Regional Pasco, señalando que el mismo se ha realizado de acuerdo a los lineamientos establecidos básicamente por el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, por lo que debe procederse a su aprobación mediante la Ordenanza Regional respectiva; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias y en estricto cumplimiento a las normas vigentes: el Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional Pasco, cuyo texto anexo forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEROGUESE todas las disposiciones que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco, para el conocimiento de toda la Región Pasco. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los siete días del mes de julio del dos mil nueve. CÉSAR RÚBEN VERASTEGUI MENDOZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los siete días del mes de julio del dos mil nueve. FÉLIX RIVERA SERRANO Presidente 376905-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Reglamento de saneamiento, administración y disposición de bienes patrimoniales de la Municipalidad Distrital de Surquillo ORDENANZA Nº 221-MDS Surquillo, 9 de julio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto en el Dictamen Nº 002- 2009-CAPP-CM-MDS de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º y el artículo 195º numerales 1) y 3) de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 55º y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, así como lo dispuesto en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2009-VIVIENDA, en uso de las atribuciones conferidas por uso 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE SANEAMIENTO, ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DE BIENES PATRIMONIALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto.- La presente Ordenanza establece las normas generales que regirán los actos de saneamiento, administración y disposición de bienes inmuebles y muebles que conforman el patrimonio de la Municipalidad Distrital de Surquillo, en el marco de su autonomía administrativa consagrada por la Constitución Política y la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 2º.- Finalidad.- El presente Reglamento tiene por fi nalidad: 2.1 Desarrollar las acciones de saneamiento, registro e inscripción de los bienes que conforman el patrimonio de la Municipalidad, fi scalizando su existencia y estado. 2.2 Complementar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29151 y el Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA en lo relativo a la administración y disposición de los bienes municipales. 2.3 Mantener actualizada la situación administrativa, contable y legal de los bienes inmuebles y muebles municipales. Artículo 3º.- Precisiones Previas 3.1. Se entiende por bienes patrimoniales municipales a aquellos bienes inmuebles e muebles de dominio público y de dominio privado que, de acuerdo a lo defi nido en el artículo 2.2. del artículo 2º del Decreto Supremo