Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2009 (26/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el consejo Regional es el Organo Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, encontrandose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los articulos 15º y 16º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificados por las Leyes Nº 28968 y 29053; asimismo expresan su decision sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, mediante Acuerdo de Consejo Regional. Que, de conformidad con lo establecido con el Articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, indica; Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, ante la iniciativa de los Presidentes Regionales Amazonicos plasmadas ante el Congreso de la Republica y el Ejecutivo Nacional de conformar la MESA DE DIALOGO NACIONAL; el Consejo Regional de Amazonas propone la creacion de la MESA DE DIALOGO REGIONAL con la finalidad de nutrir y fortalecer dicha iniciativa; Asimismo de consensuar y buscar mecanismos de solucion a la divergencia de los Decretos Legislativos emitidos por el Ejecutivo Nacional con la participacion de todos los actores involucrados. Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Extraordinaria Nº 007, con las facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: Articulo Primero.- CONFORMAR la MESA DE DIALOGO REGIONAL, con la finalidad de fortalecer la MESA DE DIALOGO NACIONAL propuesta por los Presidentes Regionales Amazonicos, con el proposito de consensuar y buscar mecanismos de solucion a la divergencia de los Decretos Legislativos emitidos por el Ejecutivo Nacional, el cual estara integrado por las siguientes representantes: · PRESIDENCIA REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS · CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS · ORPIAN · EL CONSEJO AGUARUNA HUAMBISA · ODECOFROC · ODECINAC · ODECUAC · FECONARIN · FECORSA · FAD · OCCAAM · MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA · MORDAZA DE MORDAZA · MORDAZA DE IMAZA. · MORDAZA DEL CENEPA. · DEFENSORIA DEL PUEBLO. · REPRESENTANTE DE LA IGLESIA CATOLICA. · LA GOBERNACION · POLICIA NACIONAL DEL PERU · EL IAAP. · PODER JUDICIAL. · MINISTERIO PUBLICO. · PRESIDENTE DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS. · LA CAMARA DEL COMERCIO (CONDORCANQUI, BAGUA Y UTCUBAMBA). Segundo.- TRANSCRIBIR el presente acuerdo al Ejecutivo Regional, para la implementacion correspondiente.

Tercero.- AUTORIZAR, al Abogado - Secretario del Consejo Regional, la publicacion del presente Acuerdo en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Amazonas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de Amazonas, a los diez dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Gobierno Regional Amazonas
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GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal del Gobierno Regional Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 220-2009-G.R. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 7 de MORDAZA de 2009. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, la Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley, 27867 y sus modificatorias; en Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha siete de MORDAZA de dos mil nueve, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 en concordancia con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; en merito a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, los Gobiernos Regionales son competentes para, aprobar su organizacion interna y su presupuesto; en merito a lo dispuesto en el inciso a) del articulo 9º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, aprueba los "lineamientos para la elaboracion y aprobacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal de las entidades de la Administracion Publica"; Que, mediante el INFORME N° 132-2009G.R.PASCO-GRPPAT/SGRSTIC, la Sub Gerencia de Racionalizacion y Sistemas TIC, sustenta el proyecto de Cuadro para Asignacion de Personal -

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