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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de junio de 2009 397011 - Del 15-05-2009 al 31-07-09 Exoneración Total de gastos y costas procesales 80% de Descuento de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares. - Del 01-08-09 al 31-10-2009 Exoneración Total de gastos y costas procesales 60% de Descuento de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares - Del 01-11-2009 al 31-12-2009 Exoneración Total de gastos y costas procesales 40% de Descuento de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares Artículo Segundo.- PRECISAR, que para acogerse a los incentivos de pago establecidos en la presente Ordenanza los infractores deberán presentar sus solicitudes de desistimiento de todo procedimiento de reclamación, apelación y/o contencioso administrativo en la vía judicial o que se encuentre en curso. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA, a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, a la SUB GERENCIA DE LICENCIAS Y CONTROL DE NORMAS MUNICIPALES y a la SUB GERENCIA DE URBANISMO Y TRANSPORTE el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la OFICINA DE SECRETARÍA GENERAL su publicación y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 356017-2 Establecen prórroga de plazo de vencimiento de pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2009 ORDENANZA N° 320-CDLO Los Olivos, 28 de mayo de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: Dictamen Nº 012-2009-MDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 194º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributaras vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que, con fecha 20 de febrero del 2009, se publicó la Ordenanza Nº 308-CDLO, con la cual se estableció las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2009, determinándose que el pago de la primera cuota del Impuesto Predial vence el 31 de marzo del 2009 y el primer trimestre de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y el Serenazgo vencen el 30 de abril del 2009; Que, con Ordenanza Municipal Nº 315-CDLO aprobado el 02 de abril y publicada el día 23 de abril del 2009, con la cual se aprobó la prórroga de la fecha de vencimiento de pago anual del Impuesto Predial 2009 así como para el pago fraccionado de la primera cuota del Impuesto Predial hasta el 30 de abril del 2009; Que, a fi n de brindar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que puedan efectuar el pago de sus tributos municipales 2009, es necesario proceder a prorrogar el vencimiento de pago de la primera y segunda cuota del Impuesto Predial 2009 y de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y del Serenazgo 2009, de tal forma que los contribuyentes no se vean afectados en poder realizar la cancelación oportuna del referido impuesto y arbitrios 2009; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, y por unanimidad, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 320-CDLO QUE ESTABLECE LA PRÓRROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO DE PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO 2009 Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de vencimiento de pago ANUAL del Impuesto Predial 2009, así como el pago fraccionado de la primera y segunda cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y del Serenazgo 2009, hasta el 31 de julio de 2009. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de julio del presente año el plazo para poder acogerse a los incentivos tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 310-CDLO Artículo Cuarto numerales 1) y 2) del referido marco normativo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUB GERENCIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TICs, su debida implementación en el sistema informático y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 356017-3 Aceptan invitación y autorizan al Alcalde participar en la organización y constitución de asociación sin fines de lucro con la finalidad de crear una universidad denominada Universidad Municipal de Los Olivos ACUERDO DE CONCEJO N° 20-2009/CDLO Los Olivos, 28 de mayo de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: Dictamen Nº 004-2009-MDLO/CAL de la Comisión de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos