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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (04/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de junio de 2009 397004 Participativo Ancash 2010, cuyo anexo adjunto constituye parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- El proceso del Presupuesto Participativo estará bajo la supervisión de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, el cual dará cuenta de los avances de este ante el Consejo Regional. Artículo Cuarto.- Elevar copia de la presente Ordenanza Regional, a las instancias que conforman el Sistema Nacional del Presupuesto Público. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los diez días del mes de marzo de 2009. HERNAN J. MORENO LÁZARO Consejo Regional de Ancash Presidente POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la casa del Gobierno Regional de Ancash a los dieciséis días del mes de marzo de 2009. CÉSAR J.. ALVAREZ AGUILAR Gobierno Regional de Ancash Presidente 355432-1 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Regional de Ancash ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2009-REGIÓN ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia, conforme se establece en el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobierno Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, que señala, que es atribución del Consejo Regional la de aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 011-2008-MTC, se modifi ca el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, el mismo que en su numeral 11.3 del Anexo 1 se prioriza el establecimiento de la Autoridad Portuaria Regional de Ancash, entre otros, creándose como órgano adscrito al Gobierno Regional, pero con su propia personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y autonomía técnica, económica y fi nanciera, de conformidad con lo estipulado en la Ley del Sistema Nacional Portuario. Las APR es integrante del Sistema Portuario Nacional, del cual la APN constituye el ente rector; Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 049-2008-APN/DIR se aprueban los Lineamientos Generales para la elaboración de los Reglamentos de Organización y Funciones de las Autoridades Portuarias Regionales, documento en el cual se establece la Estructura Orgánica Básica, el Contenido, las Funciones Generales de las Autoridades Portuarias Regionales, así como los criterios y procedimientos para la aprobación de este documento de gestión; Que, mediante Informe Nº 016-2009-REGION ANCASH/GRPPAT/ SGDI-IN.016.TE, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, luego del proceso de revisión del referido documento de gestión y encontrándola conforme a los alcances del Acuerdo que se hace referencia en el considerando anterior, otorga opinión favorable para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Regional de Ancash; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968 y 29053; y, de conformidad con el Dictamen Nº 002- 2009 –GRA/CR/ CPPAT, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y estando a lo acordado por mayoría en la sesión extraordinaria llevada a cabo el día 24 del mes de abril del año dos mil nueve; ORDENA: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Regional de Ancash – APR, que consta de cinco (5) Títulos y veinticuatro (24) Artículos y que en catorce (14) folios forma parte integrante de la presente Ordenanza, incluido el Organigrama Estructural. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los veintinueve días del mes de abril de 2009. JULIO R. LUCIO OLANO Consejo Regional de Ancash Presidente POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la casa del Gobierno Regional de Ancash a los seis días del mes de mayo de 2009. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Gobierno Regional de Ancash Presidente 355430-1 Instauran procesos administrativos disciplinarios a ex Directores de las Direcciones Regionales de Educación y Agraria de Ancash RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 007-2009-GRA/GGR. Huaraz, 3 de febrero de 2009 El Señor Gerente General Regional de Ancash; VISTOS: El Informe Nº 002-2009-GRA/CEPAD, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el memorando Nº 0528-2008-REGIÓN ANCASH/SG, el Secretario General remite el Informe Nº 003-2007-2-5332, denominado “Informe Largo de Auditoría de los Estados Financieros del Gobierno Regional de Ancash al 31 de diciembre de 2005”, con la fi nalidad de evaluar la responsabilidad administrativa de los procesados acordes con la jerarquía de los funcionarios que integran la presente comisión. Que, la Administración Pública ejerce su potestad sancionadora comprobando la existencia de una trasgresión susceptible de sanción administrativa, e impone una sanción administrativa respetando los principios, deberes y derechos establecidos en la Ley. En ese afán de disciplinar las conductas de los funcionarios, ex funcionarios, servidores y ex servidores, contratados, se ha promulgado la Ley Nº 27815, el día 22 de julio de 2002, no obstante ser de orden público, esta norma posee el mismo valor que el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y demás normas sobre el caso. Que, es importante señalar que los presupuestos para aperturar proceso administrativo disciplinario no sólo es que el infractor mantenga vigente la relación laboral, sino