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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (15/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de junio de 2009 397618 ocho y doscientos uno, incisos uno, dos y seis, previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incurriendo en grave infracción a los precitados deberes, poniendo en cuestionamiento la imagen de este Poder del Estado, la respetabilidad ante el concepto público, correspondiendo imponer la medida disciplinaria de Destitución prevista en el artículo doscientos once de la mencionada Ley Orgánica; por estas consideraciones, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Javier Román Santisteban quien no interviene por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitución al servidor Oscar Jesús Lara Castillo, por su actuación como Asistente de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WALTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMIREZ 360262-8 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Autorizan cambio de denominación de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. por el de Universidad Privada de Ica S.A. CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 269-2009-CONAFU Lima, 27 de mayo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 090-2008-UPAV.SA./PCO recibido con fecha 28 de noviembre de 2008, la Resolución Nº 067- 2009-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2009, el Ofi cio Nº 037-2009-UPAVSA-CO/P recibido con fecha 28 de abril de 2009, el Informe Legal Nº 227-2009-CONAFU de fecha 21 de mayo de 2009, el Acuerdo N° 241-2009-CONAFU de la Sesión del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -CONAFU, llevada a cabo el día 26 de mayo de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; Que, en el artículo único de la Ley Nº 28727 del 10 de mayo de 2006, que modifi ca el inciso h) del artículo 2º de la Ley Nº 26439, se establece que: “Son Atribuciones del CONAFU:… h) Autorizar o denegar el cambio de denominación de las universidades a solicitud de su máximo órgano de gobierno, cualquiera que haya sido el instrumento legal o la fecha de su creación”; Que, en el artículo 3º inciso g) del Estatuto del CONAFU aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, se establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… Autorizar o denegar el cambio de denominación de las universidades a solicitud de su máximo órgano de gobierno, cualquiera que haya sido el instrumento legal o la fecha de su creación”; Que, en el artículo 10º inciso l) del Estatuto del CONAFU, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… Autorizar el cambio de nombre de las Universidades, conforme a la Ley Nº 28727”; Que, por Ofi cio Nº 090-2008-UPAV.SA./PCO presentado con fecha 28 de noviembre de 2008, por el doctor Nicanor Ninahuamán Mucha, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. solicita autorización de cambio de denominación de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. por el de “Universidad Privada de Ica S.A.”; Que, por Resolución N° 067-2009-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2009, se resuelve admitir a trámite la solicitud de cambio de denominación de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. por el de Universidad Privada de Ica S.A.; Que, el recurrente ha fundamentado la solicitud de cambio de denominación en razón de que el cierre de la universidad en el año 2003 produjo un menoscabo en la imagen institucional de la misma ante la población iqueña, traducido en la desconfi anza por parte de alumnos y padres de familia en relación a la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A.; y que, reiniciar las actividades con el mismo nombre sería contraproducente para los intereses de la universidad haciendo más difícil su posicionamiento en la ciudad de Ica.; Que, por Ofi cio Nº 037-2009-UPAVSA-CO/P presentado con fecha 28 de abril de 2009, por el doctor Nicanor Ninahuamán Mucha, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. solicita que habiendo tomado conocimiento de la Resolución N° 067- 2009-CONAFU de fecha 12 de febrero de 2009, y habiendo cumplido con el pago de la tasa establecida en el ítem 37 del TUPA del CONAFU, se de el trámite correspondiente a su requerimiento de cambio de denominación; Que, por Informe Legal Nº 227-2009-CONAFU-CJ de fecha 21 de mayo de 2009, la Comisión Jurídica informa al Pleno del CONAFU que la solicitud presentada por el doctor Nicanor Ninahuamán Mucha, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A., resulta procedente, ya que se que consideramos que existe razón lógica para solicitar el cambio de la denominación original de la Universidad, más aún si la fi nalidad que desea alcanzar está dirigida a superar los aspectos negativos que se crearon luego del cierre de la misma en el año 2003; en ese sentido, resultan válidos los argumentos que sustentan el pedido efectuado por el administrado; por lo tanto se debe autorizar el cambio de denominación de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. por el de UNIVERSIDAD PRIVADA DE ICA S.A.; Que, en sesión de fecha 26 de mayo de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 241-2009-CONAFU aprobó por UNANIMIDAD autorizar el cambio de denominación de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. por el de UNIVERSIDAD PRIVADA DE ICA S.A; estableciendo que, a partir de la fecha, los procedimientos administrativos iniciados por la Privada Abraham Valdelomar S.A. deberán seguirse con ésta conforme a su nueva denominación de “Universidad Privada de Ica S.A.” quien mantiene los mismos derechos, obligaciones y responsabilidades en relación a los procedimientos de autorización de nuevas carreras profesionales, aprobación de PDI Modifi cado y evaluación del cuarto y quinto IDAE, en ejecución de la Resolución Nº 30 del 8 de noviembre de 2004 emitida por la Sala Civil de Ica en el Expediente Nº 2160-2003. En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el cambio de denominación de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. por el de UNIVERSIDAD PRIVADA DE ICA S.A. Artículo Segundo.- ESTABLECER que a partir de la fecha los procedimientos administrativos iniciados por la Privada Abraham Valdelomar S.A. deberán seguirse con