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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de junio de 2009 397617 San Juan de Mirafl ores veintitrés partes judiciales provenientes del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, referidos a rectifi caciones de partidas, de los cuales trece son inexistentes al no estar registrados en el sistema informático; además, del Informe de Auditoría realizado por la Unidad de Sistemas de la Ofi cina de Control de la Magistratura a las computadoras del personal del referido órgano jurisdiccional, se logró recuperar archivos borrados en la computadora del investigado arrojando diversos documentos que guardan relación con los partes judiciales, conforme es de verse a fojas dos mil seiscientos trece, así se tiene: 1.- Expediente Nº 2006-367-1804-JP-CI-01 siendo el demandante Juan Pablo Huerta Luna sobre rectifi cación de partida, conteniendo copia de las resoluciones uno y tres y ofi cio dirigido a la Municipalidad; el proceso pertenece a Marcelino Machaca Pampa contra la Compañía de Seguros y Red Seguros La Positiva sobre indemnización por daños y perjuicios; 2.- Expediente Nº 2006-058-1804-JP-CI-01 siendo la demandante Catalina Angélica Ocharán Palacios sobre rectifi cación de partida, conteniendo las resoluciones tres y cuatro y ofi cio dirigido a la Municipalidad; el proceso pertenece a Eric Eduardo Mendoza sobre obligación de dar suma de dinero; 3.- Expediente Nº 2006-579-1804-JP-CI-01 siendo el demandante César Ulises Candia Andrés sobre rectifi cación de partida, conteniendo las resoluciones uno, dos, cuatro y cinco y ofi cio dirigido a la Municipalidad; siendo que el proceso pertenece a la Ofi cina de Normalización Previsional contra Alberto Ayala Navarro sobre obligación de dar suma de dinero; 4.- Expediente Nº 2005-311-1804-JP- CI-01 siendo el demandante Andrés Gamboa Vílchez sobre rectifi cación de partida, conteniendo las resoluciones uno y dos y ofi cio dirigido a la Municipalidad; siendo que el proceso pertenece a Gregorio Soca Viña contra Emperatriz Velásquez Letona sobre obligación de dar suma de dinero; 5.- Expediente Nº 2005-655-1804-JP-CI-01 siendo la demandante Jacqueline Ramos Antesana sobre rectifi cación de partida, conteniendo copia de las resoluciones uno y dos y ofi cio dirigido a la Municipalidad; siendo que el proceso pertenece a Recaudadora Sociedad Anónima contra Julio César Quipicuzco sobre obligación de dar suma de dinero; 6.- Expediente Nº 2004-906-1804-JP-CI-01 siendo el demandante Benito Condorhuamán Gonzáles sobre rectifi cación de partida, conteniendo las resoluciones uno y dos y ofi cio dirigido a la Municipalidad; el proceso pertenece a Gina Casafranca Delgado sobre inefi cacia de título valor y; 7.- Expediente Nº 2006-356-1804-JP-CI-01 siendo la demandante Bonifacia Numila Montes Ayquipa sobre rectifi cación de partida, conteniendo copia de las resoluciones tres y cuatro y ofi cio dirigido a la Municipalidad; el proceso pertenece a persona distinta de la señalada. En consecuencia, se concluye que el servidor Oscar Jesús Lara Castillo se encuentra incurso en la materialización de siete partes judiciales falsos a la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, al encontrarse dichos documentos entre los archivos de su computadora, incurriendo en grave responsabilidad disciplinaria que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo; Décimo cuarto: En cuanto al punto e): La Municipalidad de Lima Metropolitana informó que durante el año dos mil ocho han ingresado veintiocho partes judiciales provenientes del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, referidos a rectifi caciones de partidas, de los cuales veinte son inexistentes al no estar registrados en el sistema informático. Asimismo, del Informe de Auditoría realizado por la Unidad de Sistemas de la Ofi cina de Control de la Magistratura a las computadoras del personal del citado órgano jurisdiccional, se logró recuperar archivos borrados de la máquina del servidor Oscar Jesús Lara Castillo arrojando diversos documentos que guardan relación con los partes judiciales, conforme es de verse a fojas dos mil seiscientos trece, así se tiene que el Expediente Nº 2006- 604-1804-JP-CI-01 siendo la demandante María Magdalena Aguayo Sombra sobre rectifi cación de partida, conteniendo copia de las resoluciones cuatro y seis y ofi cio dirigido a la Municipalidad; siendo que el proceso pertenece a Luis Alberto Huerto Huerto sobre obligación de dar suma de dinero. De lo expuesto, se concluye que el servidor Oscar Jesús Lara Castillo se encuentra incurso en la materialización del parte judicial falso remitido a la Municipalidad de Lima Metropolitana, al encontrarse dicho documento entre los archivos de su computadora, incurriendo en grave responsabilidad disciplinaria que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo; Décimo quinto: Respecto al punto f): La Municipalidad de Villa El Salvador informa que durante los años dos mil cinco al dos mil siete han ingresado dos partes judiciales provenientes del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo de Justicia de Villa María del Triunfo, referidos a rectifi caciones de partidas, de los cuales uno es falso e inexistente al no estar registrado en el sistema informático. Así también, del Informe de Auditoría realizado por la Unidad de Sistemas del Órgano de control del Poder Judicial a las computadoras del referido juzgado, se logró recuperar archivos borrados en la computadora del investigado arrojando diversos documentos que guardan relación con los partes judiciales, conforme es de verse a fojas dos mil seiscientos trece, así se tiene que el Expediente Nº 2004-341-1804-JP-CI-01 siendo el demandante Carlos Baylón Baylón sobre rectifi cación de partida, conteniendo copia de las resoluciones cinco y ofi cio dirigido a la Municipalidad; siendo que el expediente pertenece a una persona distinta de la citada. Sobre la base de lo expuesto, se concluye que el servidor Lara Castillo se encuentra incurso en la materialización del parte judicial falso a la Municipalidad de Villa El Salvador, al encontrarse dicho documento entre los archivos de su computadora, incurriendo en grave responsabilidad disciplinaria que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo; Décimo sexto: Finalmente, en cuanto al punto g): El expediente 2007- 305-1804-JP-CI-01 fue ingresado al sistema como un exhorto el dieciséis de abril de dos mil siete, conforme al reporte de fojas mil doscientos veinticuatro, siendo las partes Celia Pineda Rojas y Agustín Mallqui Vásquez sobre alimentos, el cual luego de ser diligenciado fue devuelto al Juzgado de Paz Letrado del Pueblo Joven Centenario de Abancay estando al cargo de devolución de fojas mil trescientos trece, de fecha treinta y uno de mayo de dos mil siete, pero extrañamente dicho expediente fue entregado por el servidor investigado al juez Ríos Sánchez el trece de setiembre de dos mil siete, como aparece de fojas mil trescientos siete y mil trescientos diez, siendo además que dicho expediente fue recepcionado por el servidor Lara Castillo el catorce de junio del mismo año. Estando a las fechas citadas, resulta inexplicable la forma en que éste recepcionó dicho expediente cuando ya no se encontraba físicamente en el Juzgado al haber sido devuelto, con lo cual se concluye que lo hizo con el evidente propósito de generar un falso expediente usando el registro generado por el exhorto, modifi cando el nombre de las partes, lo cual se evidencia de la carátula del expediente impreso del sistema informático; concluyéndose que el expediente siempre estuvo en su poder, elaborando incluso falsas cédulas de notifi cación del admisorio a pesar que no había sido califi cada por el juez, llegando a sorprender al notifi cador; Décimo sétimo: Además, el mismo día que el servidor recibió el expediente, esto es, el catorce de junio de dos mil siete, también fue ingresado el Expediente Nº 2007-305-17- 1804-JP-CI-01 sobre asignación anticipada y el Expediente Nº 2007-305-6-1804-JP-CI-01 sobre benefi cios sociales, ambos seguidos por Patricia Vásquez Pérez con Jaime Guerreros Ugaz, éstos incidentes fueron creados con la clave 1/OLARA, perteneciente al servidor Oscar Jesús Lara Castillo, conforme se aprecia de fojas mil trescientos dieciocho y mil trescientos veinte, y siendo incidentes del falso expediente principal, deben seguir su misma suerte al haberse usado el registro de un exhorto para su ingreso; Décimo octavo: Si bien el investigado alega que su clave la conocían otras personas quienes podrían haberle dado un mal uso y que dichos documentos no fueron hallados en su poder, dichas afi rmaciones devienen en simples argumentos de defensa, pues están desvirtuadas con el Acta de Verifi cación de fojas mil doscientos nueve, en la cual el citado servidor reconoce que la clave le pertenece; así como los documentos fueron encontrados encima de su escritorio por el Juez Freddy Ríos Sánchez y las cédulas de notifi cación del auto admisorio del falso expediente judicial de alimentos fueron entregadas al notifi cador por el servidor Lara Castillo a pesar que no habían sido fi rmadas por el juez, quien desconocía tal proceso; además reconoce en el Acta de Entrega de fecha trece de setiembre de dos mil siete, que por error no dio cuenta de la demanda desde abril del mismo año, quedando claro que las cédulas las elaboró el investigado así como el ofi cio de retención dirigido a la UGEL de San Juan de Mirafl ores, el cual lleva su sello y rúbrica; Décimo noveno: En consecuencia, existen sufi cientes elementos probatorios que causan convicción en cuanto a la responsabilidad del servidor Oscar Jesús Lara Castillo respecto a su participación en elaborar partes judiciales falsos tramitados ante la Superintendencia de los Registros Públicos, Municipalidades de los Distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Mirafl ores, Villa El Salvador, La Victoria y Lima Metropolitana, UGEL de San Juan de Mirafl ores y en la manipulación del sistema informático del Módulo Básico de Justicia a fi n de crear y suplantar expedientes, quebrantando así los principios de lealtad, probidad, veracidad y buena fe previstos en los artículos