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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de junio de 2009 397944 elección de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD para el período 2009-2011, en razón de no cumplir con lo establecido en el artículo antes citado, en lo que respecta a la cuota del 20% de jóvenes en el primer tercio y el 70% de organizaciones de nivel territorial y distrital, generando como consecuencia que no se pueda continuar con las próximas etapas de dicho proceso electoral; Que, luego del análisis respectivo, el Concejo Municipal considera que a pesar del trabajo realizado con los jóvenes, éstos no se han inscrito en número sufi ciente para participar en la elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; en tanto que en lo referido a los tres niveles de organizaciones que establece la Ordenanza Municipal Nº 172-MVES que aprueba el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS), se tiene que el distrito cuenta con un total de quinientos cinco organizaciones sociales registradas en el RUOS, de las cuales cuatrocientos cuarenta y siete son de base (primer nivel); veintiuno son de carácter territorial (segundo nivel); y, diez son distritales (tercer nivel), todo lo cual indica que el distrito carece de organizaciones debidamente inscritas tanto a nivel territorial y distrital, lo cual perjudica el proceso para elegir a los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; Que, analizada la situación presentada y ante la necesidad de dar una salida democrática que permita elegir una representación de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local, con la más amplia participación de las organizaciones, se hace necesaria la emisión de la presente ordenanza que modifi ca la Ordenanza Nº 187- MVES de conformidad con el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades la cual deberá incluir una Sexta Disposición Complementaria y Transitoria a la Ordenanza Municipal Nº 187-MVES, que por excepción disponga y permita la conformación de las listas para el proceso eleccionario de los representantes de la sociedad civil ante Consejo de Coordinación Local para el período 2009-2011; Estando a lo expuesto, contando con la opinión legal favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica expresada mediante el Informe Nº 518-2009-OAJ/MVES del 09.06.2009, de conformidad con el Acuerdo de Concejo Nº 025-2009/MVES del 02.06.2009, en el cual se encarga las funciones del Despacho de Alcaldía al Dr. HIGINIO ARISTIDES GALINDO PUCHURI, y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 8 y 14 del Art. 9º, así como los Arts. 40º, 102º y 105º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Artículo 1º.- INCORPORAR como Sexta Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 187-MVES del 25.03.2009, conforme a la siguiente redacción: “Para el proceso electoral del período 2009-2011, la lista de candidatos/as será inscrita a través de un/ a personero/a, en la composición de dicha lista se contemplará el 50% de cada género en forma alternada y necesariamente tendrá que integrar a un/a representante de cada tipo de organización señalado en el artículo 4º del presente Reglamento. Asimismo, la lista de candidatos/as necesariamente debe estar conformada por un mínimo de 40% de organizaciones de nivel territorial y distrital que se indica en el artículo 7º de la Ordenanza Municipal Nº 172- MVES que regula el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Villa El Salvador. La composición de la Lista deberá contar con el 10% de jóvenes que estarán ubicados en el primer tercio de la lista, cuya edad deberá ser hasta los 29 años, 11 meses y 29 días a la fecha de inscripción.” Artículo 2º.- Autorizar al Alcalde emitir los Decretos de Alcaldía que correspondan, a efectos de modifi car la fecha de elección, así como el cronograma de actividades del proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa El Salvador, aprobados originalmente mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2009-ALC/MVES y la Resolución de Alcaldía Nº 123-2009-ALC/MVES modifi cada con Decreto de Alcaldía Nº 010-2009-ALC/MVES. Artículo 3º.- Dispensar del trámite de lectura y aprobación del Acta de Sesión de Concejo de la fecha. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación a la Gerencia de Desarrollo Social y la Ofi cina de Participación Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HIGINIO A. GALINDO PUCHURI Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 363530-1 Conforman Comisiones de Regidores de carácter permanente, para el ejercicio del año 2009 ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2009/MVES Villa El Salvador, 19 de mayo de 2009 Visto: La Moción de Orden del Día presentada por el señor Alcalde: JAIME ZEA USCA y por los Regidores que suscriben: HIGINIO GALINDO PUCHURI, LUZ CASTRO SUYO, RAFAEL VIRHUEZ RIVEROS, NISIM MORALES TAIPE, JERSSON CAMPOS ARIZA, GALINDO SANTIVAÑEZ BRUNO y SIMON HUAMAN GALAN; CONSIDERANDO: Que, para el buen desempeño de la Función de los señores Regidores, se crean Comisiones de trabajo de acuerdo a lo estipulado en la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno vigente, con la finalidad de discutir y formular propuestas y proyectos de normas legales a favor de la institución municipal; Que, de acuerdo a las necesidades que requiere esta gestión municipal, y garantizar el funcionamiento de las Comisiones; es necesario constituir siete Comisiones de trabajo para el Ejercicio del año 2009; Estando a lo debatido, de conformidad por el Inc. 15 del Art. 19º, así como el Art. 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO: Artículo 1º.- Conformar las Comisiones de Regidores de carácter permanente, para el ejercicio del año 2009 que, a continuación se detalla: 1. COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, RECREACIÓN Y JUVENTUD, la cual estará encargada de proponer políticas proyectos y normas vinculadas a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deportes y Juventud perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Social. 2. COMISIÓN DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE, la cual estará encargada de proponer políticas, proyectos y normas vinculadas a la Subgerencia de Salud y Medio Ambiente perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Social, así como a la Subgerencia de Residuos Sólidos, y la Subgerencia de Áreas Verdes pertenecientes a la Gerencia de Servicios Municipales. 3. COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, la cual estará encargada de proponer políticas, proyectos y normas vinculadas a la Ofi cina de Participación Ciudadana y al Presupuesto Participativo. 4. COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, la cual estará encargada de proponer políticas, proyectos y normas vinculadas a la Subgerencia de Registro Civil perteneciente a la Gerencia de Servicios Municipales, así como la Subgerencia de Programas Sociales y la