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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (21/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de junio de 2009 397936 para ejecutar simultáneamente un conjunto residencial (…); siendo concordante con lo previsto en el Art. 56º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Que estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas y su modifi catoria, la Ley Nº 27135, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo. RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 002-2009-MDCH-GODU- SGCHU. el Proyecto de la Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico califi cado como CZ (Comercio Zonal) del terreno de 15,000.00 m2. constituido por la Parcela II del ex - Fundo Marques de Corpa ubicado entre la Avenida Alameda Sur y Alameda San Marcos y Calle Los Rosales y Marquez de Corpac del Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Inmuebles Comerciales del Perú S.A.C, para ejecutar en un plazo de 18 (diez y ocho) meses contados a partir de la fecha de recepción de la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico del terreno de 15,000.00 m2. constituido por la Parcela II del ex - Fundo Marques de Corpa del Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima, cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas de acuerdo al siguiente cuadro de áreas y especifi caciones: Diseño.- Se basará en el siguiente cuadro detallado: CUADRO DE AREAS DESCRIPCION AREA % Área Bruta 15,000.00 m2. 100.00 % Área afecta a vías 4,769.52 m2. 31.80 % Área útil 10,230.48 m2. 68.20 % CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS DESCRIPCION PROYECTO DEFICIT ORD. Nº 836-MML Parques Zonales (SERPAR) 5.00% 750.00 m2 ----- 750.00 m2. Renovación Urbana (FOMUR) 3.00% 450.00 m2 ----- 450.00 m2. Servicio Públicos Complementarios 2.00% 300.00 m2. ----- 154.73 m2. TOTAL APORTES 10.00% 1,500.00 m2. 1,500.00 m2. En aplicación al Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836- MML, solicitan la redención en dinero, por ser el área resultante menor al normativo. Pavimentos.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m. mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un Índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse en capa de base afi rmada de 0.20m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un Índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de la tapas de buzones para aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base de asfalto líquido RC-250. Aceras. Serán de concreto de calidad de fc=175 kg/ cm2, de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo los bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 y de dimensiones 015 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de calidad y acabado igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria Luz del Sur debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, los interesados deberán coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A. de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales de conformidad con el Art. 14 del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de Mazo de 1985. Artículo Tercero.- DISPONER que los interesados para la aprobación de los proyectos de edifi cación y otorgamiento de Licencia de Obra correspondiente deberán recurrir a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, asimismo el cumplimiento de la Ordenanza Nº 184-MML y 1044-MML de la Zona de Reglamentación Especial de Los Pantanos de Villa; asimismo el cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza Nº1180-MML en su Art. 2º y demás artículos correspondientes. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los administrados. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento de acuerdo a Ley. Artículo Sexto.- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral - Sede Lima la obligación del propietario de cancelar los déficits de aportes que serán redimidos en dinero antes de la Recepción de las Obras. Artículo Sétimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a