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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de junio de 2009 398034 101761, cuyo monto a transferir asciende a la suma de S/. 599,336.17 nuevos soles, que constituye el 100% del costo de la ejecución de la obra; y b) Instalación de Internet y Telefonía VOIP de Nueva Requena, distrito de Nueva Requena - Coronel Portillo - Ucayali declarado viable por la OPI distrital con PIP SNIP 95080, cuyo monto a transferir asciende a la suma de S/. 48,165.00 nuevos soles; Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un Diario de circulación regional, así como en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob. pe). POR TANTO: Mando se publique y cumple. JOSÉ LUIS RÍOS RAMÍREZ Consejero Delegado Consejo Regional 363583-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban el saneamiento físico legal de área ubicada en la Urbanización San Juan del distrito de Chorrillos ACUERDO DE CONCEJO N° 012-2009-MDCH Chorrillos, 20 de Junio del 2009. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Que, tal y como dispone el artículo 58º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los bienes inmuebles de las Municipalidades, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 130-2001-EF se dictan medidas reglamentarias para que cualquier entidad pública pueda realizar acciones de saneamiento técnico legal de inmuebles de propiedad estatal, en tal sentido y atendiendo a que existen inmuebles de uso municipal sin el respectivo saneamiento físico legal; se requiere la Inscripción ante el Registro de Propiedad Inmueble de Lima del área comprendida entre las Calles Richardson, Genaro Numa Llona y Pasaje S/N, correspondiente al aporte reglamentario de la Habilitación Urbana de la Urb. San Juan Distrito de Chorrillos, el mismo que cuenta con un área de 1,227.14 m2 y teniendo en cuenta que en la actualidad la Ley Nº 29090 Ley de Regularización de Habilitación Urbana y de Edifi caciones, lo establece como Aporte Reglamentario para Otros Fines de acuerdo a las características existentes. Que, efectivamente el Decreto Supremo Nº 130- 2001-EF establece en su parte in fine del artículo 1º que “El saneamiento comprenderá todas las acciones destinadas a lograr que en los Registros Públicos figure inscrita la realidad jurídica actual de los inmuebles de las entidades públicas en relación a los derechos reales que sobre los mismos ejercitan las respectivas entidades, y a registrar contablemente en la cuenta 33, los bienes de propiedad de dichas entidades y en la cuenta de Orden los bienes afectados en uso a las misma, así como aquellos sobre lo que ejerzan cualquier derecho de administración”. Que, contando con los Informes favorables de la Gerencia de Asesoria Jurídica, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Chorrillos y Procuraduría Publica Municipal, haciendo uso de las facultades conferidas por el Articulo 36º inciso 6) de La ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el voto en MAYORIA, los miembros del Concejo Municipal. ACORDO: Artículo Primero: APROBAR el saneamiento Físico Legal del área comprendida entre las calles Richardson, Genaro Numa Llona y Pasaje S/N de la Urbanización San Juan del Distrito de Chorrillos, el cual tiene un área total de 1,227.14m2. Artículo Segundo: AUTORIZAR a realizar los trámites necesarios ante las autoridades correspondientes para lograr la inscripción del referido Inmueble en el Registro de Propiedad Inmueble a nombre de la Municipalidad de Chorrillos. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 364581-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan plazo de beneficios otorgados mediante la Ordenanza Nº 180 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2009 La Molina, 22 de junio del 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza No. 180 de fecha 11 de mayo del 2009, se aprobó el beneficio de exoneración de pago por concepto de aranceles procesales en los procedimientos de ejecución coactiva para los contribuyentes y/o administrados de la Municipalidad Distrital de La Molina, con vigencia de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, con fecha 14 de mayo del 2009 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza No. 180 de fecha 11 de mayo del 2009; Que, en la Segunda Disposición Final de la citada Ordenanza, se faculta al Señor Alcalde dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la misma, así como, se prorrogue la vigencia del benefi cio que se aprueba; Estando a lo expuesto y uso de las facultades conferidas mediante los Artículos 20°, Numeral 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, por treinta (30) días hábiles, los benefi cios otorgados mediante Ordenanza No. 180 de fecha 11 de mayo del 2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de Información y de las Comunicaciones, a la Gerencia de Comunicaciones y Participación Vecinal, a la Gerencia de Rentas, y a la Ofi cina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 363637-1