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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (24/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de junio de 2009 398019 De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008- MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa AUTOMOTRIZ MIAREL S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en Avenida Guardia Civil Mz. K -01 Lote 01-A, La Campiña Distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa AUTOMOTRIZ MIAREL S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certificado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 07 de abril del 2010 Segunda Inspección anual del taller 07 de abril del 2011 Tercera Inspección anual del taller 07 de abril del 2012 Cuarta Inspección anual del taller 07 de abril del 2013 Quinta Inspección anual del taller 07 de abril del 2014 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa AUTOMOTRIZ MIAREL S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 04 de abril del 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 04 de abril del 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 04 de abril del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 04 de abril del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 04 de abril del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA Director General Dirección General Transporte Terrestre 361914-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 222-2009-J-OPE/INS Lima, 22 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 020-2009-J- OPE/INS de fecha 16 de enero de 2009, se encargó con efectividad al 19 de enero de 2009 al médico veterinario Ricardo Luís López Ingunza la Dirección General del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud, Nivel F-4; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura precitada y designar al funcionario que asumirá el cargo de Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos del Instituto Nacional de Salud, siendo necesario emitir la resolución pertinente; Con la disponibilidad presupuestal respectiva, el visto bueno de la Ofi cina General de Asesoría Técnica, Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; De conformidad con lo establecido en el artículo 77° y 82° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 90-PCM y en los artículos 3° y 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la encargatura del Méd. Vet. Ricardo Luís López Ingunza en el cargo de Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución, debiendo retornar a su plaza de origen. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al Méd. Luís Alberto Vergara Fernández, en el cargo de Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Información y Sistemas disponer la actualización inmediata del Directorio Institucional que aparece en la página web en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Jefe 364199-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Designan Gerente de la Gerencia de Financiamiento del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 121-2009/SIS Lima, 23 de junio de 2009 VISTO: La Carta s/n de fecha 23 de junio de 2009;