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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2009 (14/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de marzo de 2009 392408 cuantía, así como de participar como miembro del Comité Especial Permanente encargado de llevar adelante los procesos de selección de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y también de aplicar las Directivas emanadas del CONSUCODE en materia de manejo de los procesos de adquisición de bienes y servicios. Se debe tener presente que de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo Nº 27 del Decreto Legislativo Nº 276, una falta será tanto más grave cuanto más elevado sea el nivel del servidor que la ha cometido, han participado más de un funcionario en la comisión de las faltas, así como el nivel jerárquico que ocupaban los procesados dentro de la institución; consecuentemente ha quedado ACREDITADA LA RESPONSABILIDAD de los procesados en las infracciones encontradas por la Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones (e) de la Contraloría General de la República Sr. Paco Toledo Yallico, quienes mediante Ofi cio Nº 113-2008-CG/CA de fecha 07 de mayo del 2008, da cuenta que en la exoneración de procesos de selección que ahí indica, se ha incurrido en actos de negligencia de funciones. Que, estando a lo informado por la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios y con el Visto Bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM; Ley Nº 27444, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPONER la sanción de CESE TEMPORAL DE CUATRO (O4) MESES a los ex funcionarios JORGE FERNANDO REVOLLEDO CHÁVEZ, Ex Gerente Municipal y MARÍA MELVA GARCÍA ATALAYA, Ex Gerente de Administración y CESE TEMPORAL DE DOS (02) MESES para ALFONSO TOMAS MONTOYA ARIAS, ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la notifi cación de la presente resolución conforme a ley, a los ex - funcionarios impugnantes y remitir copia autenticada a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Unidad de Personal, la Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones de la Contraloría General de la República, Órgano de Control Institucional y Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación de la presente resolución a través del Diario Ofi cial El Peruano dentro de 72 horas contadas a partir de día siguiente de su expedición. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 323022-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Amplían plazo de vigencia del beneficio que estableció la Ordenanza N° 141-MDPP para cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2009-MDPP Puente Piedra, 27 de febrero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe N° 024-2009-GAT/MDPP del Gerente de Administración Tributaria que sustenta la necesidad de ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 141-MDPP de fecha 04/02/2009 que aprobó otorgar benefi cio para el cumplimiento de obligaciones Tributarias y No Tributarias. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que, con Ordenanza N° 141-MDPP aprobó otorgar benefi cio para el cumplimiento de obligaciones Tributarias y No Tributarias que estableció un régimen de excepción para el pago voluntario de las deudas que se hubieran generado, cuyo plazo de vigencia vence el 27 de febrero del presente año; Que, el Gerente de Administración Tributaria mediante Informe N° 024-2009/GAT-MDPP plantea la necesidad de ampliar la vigencia de la citada norma municipal para que los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Puente Piedra cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias con los mismos benefi cios que establece la Ordenanza N° 141-MDPP; Que, los Gobiernos Locales son responsables de la recaudación, administración y fi scalización de los tributos municipales conforme lo establece los artículos 5° y 66° del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF – (Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal); siendo esto así, y en atención a la autonomía de la que gozan los gobiernos locales resulta viable, como arreglada a las normas en materia tributaria la ampliación del plazo de vigencia de la Ordenanza N° 141-MDPP que aprobó otorgar benefi cios para el cumplimiento de obligaciones Tributarias y No Tributarias; Que, la primera disposición fi nal de la norma citada establece que el titular de la entidad mediante Decreto de Alcaldía podrá ampliar la vigencia del benefi cio de ser necesaria la misma; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y a lo señalado por el artículo 42° de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades). SE DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia del benefi cio que estableció la Ordenanza N° 141-MDPP para el cumplimiento de obligaciones Tributarias y No Tributarias hasta el 31 de marzo del 2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Estadística e Informática el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el diario ofi cial “El Peruano” del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase RENAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 323631-1 Amplían plazo que establece la Ordenanza N° 140-MDPP referente al vencimiento de obligaciones tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013 -2009-MDPP Puente Piedra, 27 de febrero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe N° 025-2009-GAT/MDPP del Gerente de Administración Tributaria que sustenta la necesidad de ampliar el plazo de vencimiento del primer trimestre del impuesto predial de los meses de enero y febrero correspondientes a la tasa por arbitrios municipales hasta el día 16 de marzo del presente.