Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2009 (14/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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con el fin de procurar una eficaz prestacion y organizacion del servicio; Que, el articulo 100° de la Ordenanza Nº 812-MML (Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima), establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte regular y no regular de MORDAZA y viabilidad para la provincia de Lima"; Que, el articulo 102° de la Ordenanza N° 812MML establece que: "La Subgerencia de Regulacion del Transporte es el organo responsable del registro y expedicion de las autorizaciones para la circulacion del servicio de transporte publico y para el uso espacial de vias en la provincia de Lima; Que, de conformidad con el Informe N° 105-09-MML/ GTU-SETT de fecha 13 de febrero de 2009, se advierte que existen diez (10) paraderos de transportes ubicados como parte del Intercambio Vial Av. Universitaria ­ Av. Colonial (Av. Colonial Cdra. 24, 27, Av. Universitaria Cdra. 12 y Av. MORDAZA MORDAZA Cdra 2), presentan los elementos dispositivos de control de MORDAZA necesarios para la correcta operacion del Servicio Publico de Transporte MORDAZA de Pasajeros Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ordenanza N° 104-MML, la Ordenanza N° 812-MML, y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1°: Autorizar los Paraderos de Transporte Publico en el Intercambio Vial Colonial Universitaria en el distrito de Cercado de MORDAZA, cuya cantidad y ubicacion se detalla en el Anexo I y en el Plano de ubicacion. Articulo 2°: Los Paraderos Autorizados seran de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3°: Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, ademas por el mobiliario MORDAZA (modulo), en cada una de las vias senaladas en el anexo I. Articulo 4°: La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5°: Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6°: Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7°: Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion de Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion, en coordinacion con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA de acuerdo a su competencia y facultades, de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados. Articulo 8°: Disponer la publicacion del Anexo I y el Plano de ubicacion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte Urbano. Articulo 9°: La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NOBLECILLA Subgerente Subgerencia de Regulacion del Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban Regimen de Incentivos Pecuniarios a Funcionarios designados en Cargos de Confianza de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 082-2008-MDC
Cieneguilla, 16 de diciembre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA CONSIDERANDO: Que, las municipalidades cuentan con autonomia politica, economica y administrativa que le reconoce el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 252º de la Constitucion Politica del Peru, la cual radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, asi como en una excelente gestion de resultados, tomando en cuenta para ello la responsabilidad asumida, dedicacion y logros efectivamente alcanzados por el personal que desempena cargos de Direccion y Confianza de las diferentes gerencias y areas de la Corporacion, que a su vez tienen como principal funcion contribuir al logro de la gestion municipal en forma eficiente y eficaz; motivo por el cual, asumen una serie de responsabilidades administrativas, inclusive civiles y/o hasta penales, para el cumplimiento de los fines y objetivos del Corporativo como organo de gobierno local; Que, el Concejo Municipal tiene entre sus atribuciones "aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local", asi como "fiscalizar la gestion de los funcionarios de la Municipalidad" y "aprobar el Cuadro de Asignacion del Personal", de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, asimismo, el citado dispositivo legal, establece que el Concejo Municipal tiene entre sus facultades "aprobar su presupuesto y administrar sus rentas", situacion que conlleva para efectos del otorgamiento de incentivos al personal de Direccion y Confianza por responsabilidad directiva, garantizar que se cuente con el correspondiente financiamiento previsto y disponible, de acuerdo a la capacidad economica de la administracion municipal, asegurando de esta manera el equilibrio presupuestario que establece la Constitucion Politica del Peru. Que, el regimen de incentivos tiene su sustento en las disposiciones establecidas en las Ordenanzas Nº 100MML y 130-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa del Sector Publico, especificamente en su Capitulo XI del Bienestar e Incentivos; Que, estando a los fundamentos expuestos en el Informe Nº 089-JP-2008-MDC de la Jefatura de Personal, el Informe Nº 169-2008-JPR-MDC de la Jefatura de Presupuesto y Racionalizacion, el Informe Nº 390-2008-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe 221-2008-ALE del Asesor Legal Externo; y En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, adopto la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE INCENTIVOS PECUNIARIOS A FUNCIONARIOS DESIGNADOS EN CARGOS DE CONFIANZA DE LA MUNICIPALIDAD Articulo 1º.- APROBAR el Regimen de Incentivos Pecuniarios a Funcionarios Designados en Cargos de Confianza de Responsabilidad Funcional de la Municipalidad de Cieneguilla.

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