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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de marzo de 2009 392401 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 05 de marzo de 2009, el Dictamen Nº 057-2009-MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y en ejercicio de la facultad contenida en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo 1º.- Agréguese el numeral 3a) al artículo 109º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 812 del 15 de septiembre del 2005 y modifi catorias, con el texto siguiente: Artículo 109.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Desarrollo Social: (...) 3a. Recepcionar, reconocer y renovar los datos de las Organizaciones Sociales de Base que realizan labores de apoyo alimentario a nivel del Cercado de Lima, remitiendo copia de las resoluciones de reconocimiento a la Gerencia de Participación Vecinal para su inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales. Artículo 2º.- Modifíquese el numeral 5) del artículo 129º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 812 del 15 de septiembre del 2005 y modifi catorias, con el texto siguiente: Artículo 129.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Participación Vecinal: (...). 5. Recepcionar, reconocer, registrar y renovar los datos de las organizaciones sociales no dedicadas a labores de apoyo alimentario a nivel del Cercado de Lima en el Registro Único de Organizaciones Sociales; recepcionar las resoluciones de reconocimiento de las organizaciones sociales en general a nivel de Lima Metropolitana para su inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales; y publicar en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima información actualizada de las organizaciones sociales del Cercado de Lima, inscritas según su tipo en el Registro Único de Organizaciones Sociales - R.U.O.S. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICION COMPLEMENTARIA: Único.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Gerencia de Participación Vecinal en coordinación con la Gerencia de Planifi cación, proponer el proyecto de Ordenanza, de acuerdo a las funciones y competencias asignadas por la presente Ordenanza, para adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima en un plazo de siete (7) días calendario, el mismo que será aprobada por el Concejo Metropolitano como corresponde. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 10 de marzo de 2009 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 322641-1 Modifican Categorías Inmobiliarias de las Microzonas de Tratamiento por renovación urbana consignadas en el Anexo del D.A. Nº 177 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019 Lima, 27 de febrero de 2009 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el artículo 4º de la Ley de Promoción de la Inversión Privada en Acciones de Renovación Urbana – Decreto Legislativo Nº 696 en concordancia con el artículo 6º del Reglamento de la Ley indicada, aprobado por Decreto Supremo Nº 11-95-MTC, establece que las municipalidades provinciales son responsables de identifi car Microzonas de Tratamiento por Renovación Urbana; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 177 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 13 de noviembre del 2003, se identifi caron 1,325 inmuebles como Microzonas de Tratamiento con fi nes de Renovación Urbana en el Centro Histórico de Lima y en el anexo que forma parte del mismo, se indica las direcciones y su categoría inmobiliaria de Monumento, Valor Monumental o Entorno; Que, el Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima, en aplicación de sus competencias, ha evaluado la totalidad de las 7,126 Fichas Inmobiliarias del Centro Histórico de Lima del año 1996 elaboradas por el Instituto Catastral de Lima, teniendo como resultado de esta evaluación que 89 inmuebles identifi cados Microzonas de Tratamiento con fi nes de renovación urbana mediante Decreto de Alcaldía Nº 177-2003, deben cambiar de categoría inmobiliaria, de los cuales según Informe Nº 114-2008-MML- PMRCHL/AT, 68 inmuebles declarados Microzonas de Tratamiento con fi nes de renovación urbana considerados como de Valor Monumental, son edifi caciones de Entorno y 21 inmuebles consignados como de Entorno son de Valor Monumental, por sus características contextuales en relación al entorno urbano, de acuerdo a los Anexos 01 y 02 del informe indicado; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR las Categorías Inmobiliarias de las Microzonas de Tratamiento por renovación urbana consignadas en el Anexo del Decreto de Alcaldía Nº 177 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 13 de noviembre del 2003, en mérito a la actualización de las categorías inmobiliarias efectuada por PROLIMA, según se detalla en los Anexos 01 y 02 que forman parte del presente decreto de alcaldía. Artículo Segundo.- Poner de conocimiento de la Gerencia de Desarrollo Urbano, del Instituto Catastral de Lima y del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA, el presente decreto de alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima ANEXO Nº 01 DEL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019 MODIFICACIÓN DE CATEGORÍAS INMOBILIARIAS CONSIGNADAS EN EL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 177-2003 DIRECCIÓN DOMICILIARIA CONSIGNÁNDOSE TODOS LOS FRENTES POR ORDEN ALFABÉTICO CAT. 1 Jr. Ayacucho Nº 1058 VM 2 Jr. Camaná Nº 856, 858 VM 3 Jr. Cañete Nº 304-346, esq. Jr. Ica Nº 701-799, esq. Jr. Angaraes Nº 307, 309, 311, 313, 315, 317, 319, 323, 325, 327, 329, 333, 335, 339 VM 4 Jr. Cañete Nº 761, 765 VM 5 Jr. Cañete Nº 767, 775, 793, esq. Jr. Zepita cuadra 6 par VM 6 Jr. Carabaya Nº 974, 976, 978, 980, 982 VM 7 Jr. Cuzco Nº 1040, 1042, 1048, 1052, 1058 VM 8 Jr. Cuzco Nº 1579, esq. Ca. Manuel Vidaurre Nº 188, 190, 194, 196 VM 9 Av. Franklin Delano Roosevelt Nº 343, 343A, Jr. Bambas Nº 440, 442, 446 VM 10 Jr. Huamalíes Nº 107, 111, 123, 129, esq. Jr. Maynas Nº 755, 761, 765, 769, 775, 783, 799 VM 11 Jr. Huánuco Nº 869, 877, 879, 881, 883, 885, 889, 893, 901, Ca. Luis Sotomayor Pimentel Nº 194, 198, 200, 214, 222, 234 VM