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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de marzo de 2009 392396 1.3. Carga Especial (cargas que exceden los pesos y medidas reglamentarias) 1.4. Carga de valores y/o dinero 1.5. Carga de animales vivos. 1.6. Carga de agua potable, a través de Camiones Cisterna. 1.7. Otros no considerados. 2. De los vehículos. 2.1. Vehículo de Transporte de Carga Ligera: Vehículo de peso bruto vehicular o peso bruto vehicular combinado de hasta 3,5 toneladas 2.2. Vehículo de Transporte de Carga Mediana: Vehículo de peso bruto vehicular o peso bruto vehicular combinado mayor a 3,5 y de hasta 12 toneladas. 2.3. Vehículo de Transporte de Carga Pesada: Vehículo de peso bruto vehicular o peso bruto vehicular combinado mayor a 12 toneladas. CAPÍTULO II DE LAS AUTORIZACIONES Y EL REGISTRO Artículo 9º: De las Autorizaciones Las autorizaciones a las personas naturales o jurídicas, credenciales a conductores, así como las habilitaciones a los vehículos que brindaran el servicio de transporte de carga serán otorgadas por la Subgerencia de Regulación de Transportes de la Gerencia de Transporte Urbano, a través de los siguientes títulos habilitantes. a) Resolución de Autorización para la Circulación.- Es el documento que autoriza a la persona natural o jurídica, a prestar el servicio de transporte de carga en cualquiera de sus modalidades y habilitándolo a circular dentro de la provincia de Lima, como titular del servicio ante la Autoridad Administrativa, pudiendo ser: - Autorización Anual.- habilita la prestación del servicio de transporte de carga y el servicio por cuenta propia, con vigencia de un año calendario. - Autorización Temporal.- habilita la prestación del servicio de transporte de carga en vehículos que ingresan a las vías urbanas de lima metropolitana con vigencia no mayor a 180 días calendarios dentro de la provincia de Lima. b) Credencial.- Es el documento que autoriza al conductor del vehículo a brindar el Servicio de Transporte de Carga, el mismo que tendrá una vigencia de 3 años. c) Certifi cado de Operaciones.- Es el documento que habilita a un vehículo a operar el Servicio de Transporte de Carga, el mismo que tendrá una vigencia de 1 año. Artículo 10º: Requisitos para Obtener la Autorización de Circulación Las personas naturales y jurídicas cuya actividad comprenda la prestación del servicio de transporte de carga deberán solicitar su autorización, anual o temporal, ante la Subgerencia de Regulación del Transporte, presentando lo siguiente: a) Formato de Solicitud. b) Copia de la inscripción registral actualizada, así como, su facultad de representación debidamente inscrita con poder vigente, que lo faculte de manera expresa a realizar el trámite a nombre de la persona jurídica. c) Para el caso de Camiones Cisterna que distribuyen agua potable deberán presentar además una Hoja de Ruta de Distribución (considerar plano de recorrido). d) Relación de vehículo (s) con los que prestará el servicio. e) Copia del Contrato de arrendamiento o alquiler del vehículo (s) con los que prestará el servicio, de ser el caso. f) Relación de conductor (es) con los que prestará el servicio. g) Copia de la póliza de seguros vigente por cada vehículo con cobertura de responsabilidad civil frente a terceros. h) Copia del Certifi cado emitido por DIGESA (sólo para operadores de residuos sólidos). i) Carné de salud vigente del ayudante (sólo para operadores del servicio de abastecimiento de agua potable). j) Certifi cado de Potabilización (sólo para operadores del servicio de abastecimiento de agua potable). Artículo 11º: Información Contenida en la Autorización de Circulación La Resolución de Autorización para la Circulación deberá contener como mínimo la información referida al origen, recorrido, destino (s), horario (s), frecuencia (s), tipo de carga y de vehículo en el que se prestará el servicio, así como la vigencia de acuerdo al tipo de autorización. Necesariamente para los casos de camiones cisternas que distribuyen agua potable deberá contener la hoja de ruta de distribución. Artículo 12º: Requisitos para Obtener la Credencial Los conductores cuya actividad comprenda la prestación del servicio de transporte de carga deberán solicitar su Credencial, ante la Subgerencia de Regulación del Transporte, cumpliendo con los siguientes requisitos en lo que corresponda: a) Formato de Solicitud. b) Copia de su Licencia de Conducir vigente con categoría profesional según corresponda al tipo de vehículo a conducir. c) Declaración Jurada de no contar con Antecedentes Penales. d) No contar con deudas impagas o fraccionamiento ante el Servicio de Administración Tributaria. Artículo 13º: Datos de la Credencial La Credencial deberá contener como mínimo los siguientes datos: a) Nombre del conductor. b) Fotografía del conductor del vehículo. c) Número de Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería. d) Número de la Licencia de Conducir. e) Domicilio del conductor. f) Fecha de expedición de la credencial. g) Tipo de carga y de vehículo que conducirá Artículo 14º: Requisitos para Obtener el Certifi cado de Operaciones Para obtener el Certifi cado de Operaciones, la persona natural o jurídica autorizada a prestar el servicio de transporte de carga, deberá registrar el vehículo ante la Subgerencia de Regulación del Transporte, cumpliendo con los siguientes requisitos: a) Formato de Solicitud. b) Copia de la Tarjeta de Propiedad. c) Certifi cado de Inspección Técnica Vehicular o documento que haga a sus veces por disposición de la autoridad administrativa correspondiente. d) Copia de la póliza de seguros vigente por cada vehículo con cobertura de responsabilidad civil frente a terceros (además del SOAT). e) Copia del Certifi cado vigente de limpieza y desinfección del tanque cisterna (sólo para operadores del servicio de abastecimiento de agua potable en Camiones Cisternas). f) Para el caso de vehículos que transportan Combustibles y/o Derivados, deberá presentar copia legalizada o fedateada del título habilitante emitido por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas g) Para el caso de vehículos que transportan Residuos Sólidos, deberá presentar copia legalizada o fedateada del título habilitante como operador emitido por la Subgerencia de Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios a la Ciudad - MML. h) Para el caso de vehículos que transportan Dinero y/o Caudales, deberá presentar copia legalizada o fedateada del título habilitante emitido por la DISCAMEC del Ministerio del Interior. i) Para el caso de vehículos que transportan Agua Potable, deberá presentar copia legalizada o fedateada del título habilitante como abastecedor emitido por la Subgerencia de Sanidad de la Gerencia de Desarrollo Social - MML. Artículo 15º: Datos Contenidos en el Certifi cado de Operaciones El Certifi cado de Operaciones deberá contener como mínimo los siguientes datos: a) Nombre del propietario del vehículo ya sea persona natural o jurídica.