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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de marzo de 2009 393238 Artículo 2º.- Designar en el Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” a los médicos cirujanos que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL JULIA HONORATA MÉNDEZ CAMPOS Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud F-4 RAQUEL TAPIA EGOAVIL Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales F-4 Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 328429-4 Delegan diversas facultades al Director General de la Oficina General de Administración, durante el año 2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 175-2009/MINSA Lima, 20 de marzo del 2009 Visto, el Expediente N° 09-015674-001, el Memorandum N° 756-2009-OGA/MINSA que contiene la propuesta del Director General de la Ofi cina General de Administración, y el Informe N° 242-2009-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en aplicación de los principios del procedimiento administrativo a que se refi ere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es necesario establecer niveles de desconcentración delegando facultades de gestión administrativa que son de competencia del Ministro de Salud, en su condición de Titular de la Entidad; Que, para tal efecto es conveniente delegar las facultades de representar al Ministerio de Salud ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas, respecto a acciones que atañen al órgano funcional de la Ofi cina General de Administración; Que, con lo informado por la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud en relación a la propuesta del acto resolutivo que aprueba la delegación de facultades antes descrita, de conformidad con lo previsto en el numeral 6.3.1. de la Directiva Administrativa N° 137-MINSA/SG.V.01 “Procedimiento para el trámite de Actos Resolutivos en el Ministerio .de Salud” aprobado por Resolución Ministerial N° 466-2008/MINSA, se considera pertinente la emisión del acto resolutivo; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Administración, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración, durante el año 2009, la facultad de representar al Ministerio de Salud ante las autoridades de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y/o EsSalud para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, presentar escritos de carácter administrativo, interponer recursos administrativos de impugnación y ofrecer los medios probatorios correspondientes, ejerciendo los medios de defensa pertinentes, que atañen a las funciones de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud. Artículo 2°.- La delegación de facultades que se otorga en la presente Resolución, no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Regístrese, comuníquese y publíquese OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 328429-5 Aprueban “Directiva Sanitaria para la Supervisión del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Infecciones Intrahospitalarias” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 184-2009/MINSA Lima, 23 de marzo del 2009 Visto el Expediente Nº 08-054913-001, que contiene la Nota Informativa Nº 177-2008-DGE-DVE/DSVSP/MINSA, presentado por la Dirección General de Epidemiología y el Informe Nº 124-2009-OGAJ/MINSA; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 17° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que la Ofi cina General de Epidemiología, ahora, Dirección General de Epidemiología, es el órgano a cargo del diseño, asesoramiento y evaluación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica y del Proceso de Prevención y Control de Epidemias y Desastres en el Sector Salud; Que, el literal a) del artículo 57º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, señala que la Dirección General de Epidemiología está encargada entre otras funciones generales, de diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito nacional; Que, por Resolución Ministerial Nº 179-2005/MINSA, se aprobó la NT Nº 026-MINSA/OGE-V.01: ”Norma Técnica de Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias”, por el que se establece como propósito del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de las Infecciones Intrahospitalarias, contribuir a la prevención y control de las infecciones intrahospitalarias a través de la generación de información para la toma de decisiones en los niveles local, regional y nacional y cuyo objetivo general es proporcionar información actualizada sobre la magnitud de las infecciones intrahospitalarias, sus factores relacionados y así orientar la toma de decisiones y acciones dirigidas a la disminución de estos daños; Que, mediante el documento del visto; la Dirección General de Epidemiología remite el proyecto de “Directiva Sanitaria para la Supervisión del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Infecciones Intrahospitalarias”, cuya fi nalidad es contribuir a la vigilancia epidemiológica efectiva de las infecciones intrahospitalarias en los establecimientos de salud con internamiento a nivel nacional; Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal I) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria N° 021 - MINSA/DGE. V. 01. “Directiva Sanitaria para la Supervisión del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Infecciones Intrahospitalarias”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Epidemiología se encargará de la difusión e implementación de la citada Directiva Sanitaria. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional y