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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2009 (30/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de marzo de 2009 393469 legal de la Promotora Educación y Desarrollo Cusco S.A.C.; Por estas consideraciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- DESAPROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del Cusco presentado por el señor Carlos Miguel Milla Vidal, en representación legal de la Promotora Educación y Desarrollo Cusco SAC. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. JORGE ARTURO BENITES ROBLES Presidente JIMS ENRIQUE BARRANTES PINEDA Secretario General 329573-1 Reconocen a la nueva Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Trujillo RESOLUCIÓN Nº 136-2009-CONAFU Lima, 16 de marzo del 2009 VISTOS: la Carta S/N recibida en fecha 28 de noviembre del 2008, el Ofi cio Nº 005-2009-UPT-P, y el Acuerdo Nº 116- 2009-CONAFU de la sesión del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU llevada a cabo el 10 y 11 de marzo del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores; teniendo como una de sus atribuciones: Reconocer a la Comisiones Organizadoras a propuesta de los Promotores; Que, en el inciso f) del Artículo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio del 2006 en concordancia con el inciso o) del Artículo 10º, se establece que: “Son atribuciones del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas a propuestas de los promotores, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demás normas; Que, en el Artículo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo del 2005, se establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de representante Legal. b) Un Vicepresidente Académico, que asume las funciones y responsabilidades que corresponden al Vicerrector Académico. c) Un Vicepresidente Administrativo, que asume las funciones y responsabilidades del Vicerrector Administrativo”; Que, en el Artículo 20º del Reglamento, se establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los Artículos 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 23733: Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los Artículos 35º y 36º de la Ley Universitaria…”; Que, en el Artículo 21º del Reglamento, se establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, mediante Carta S/N recibida en fecha por 28 de noviembre del 2008; la Promotora de la Universidad Privada de Trujillo, presenta la recomposición de la Comisión Organizadora de la Universidad, adjuntando la documentación correspondiente; Que, mediante el Ofi cio Nº 005-2009-UPT-P el ingeniero José Velásquez Vargas, en calidad de Promotor de la Universidad Privada de Trujillo, remite la Documentación Complementaria para el Reconocimiento de la Comisión Organizadora de la Universidad; Que, de los currículos adjuntados por la Promotora de la Universidad Privada de Trujillo, se tiene que: 1. JOSÉ GREGORIO SILVA LARA.- (Propuesto como Presidente de la Comisión Organizadora): Revisado su currículo se ha verifi cado que en efecto posee el Título Profesional de Químico Farmacéutico y el Grado de Doctor en Farmacia y Bioquímica. Con la Resolución Rectoral Nº 1496-2002/UNT acredita su experiencia y antigüedad docente por más de 12 años de servicios prestados a favor de la Universidad Nacional de Trujillo, asimismo, con el Ofi cio Nº 0499-82 que transcribe la Resolución Rectoral Nº 0473-82 acredita su nombramiento como profesor principal a dedicación exclusiva a partir del 17 de diciembre de 1981. Siendo así, este profesional cumple con todos los requisitos para el cargo propuesto. 2. ABUNDIO SAGÁSTEGUI ALVA.- (Propuesto como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora): Revisado su currículo se ha verifi cado que mediante Resolución Nº 0515- 2006/UNT se le nombró Profesor Emérito Vitalicio de la Universidad Nacional de Trujillo. También se ha presentado copia simple del Certifi cado expedido por las Jefes de la Ofi cina de Escalafón y de la Ofi cina General de Personal de la Universidad Nacional de Trujillo cuyo texto es el siguiente: “…el Sr. SAGÁSTEGUI ALVA ABUNDIO, identifi cado con Código Nº 0157, prestó servicios como Docente Nombrado en esta Casa Superior de Estudios, ostentando el cargo de PROFESOR PRINCIPAL – DEDICACIÓN EXCLUSIVA en la FACULTAD DE CIENCIAS BIOLÓGICAS en el DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS BIOLÓGICAS. Inició labores el 01 de abril de 1957 y cesó el 01 de noviembre de 1988…”. Basados sólo en lo manifestado en este último documento queda acreditada la experiencia docente del señor Abundio Sagástegui Alva requerida por ley para el cargo propuesto. 3. BRITALDO CAMPOS MARÍN.- (Propuesto como Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora): Analizadas las documentales que acompañan su currículo se advierte que este profesional posee el Título de Físico y el Grado de Maestro en Ciencias con mención en Física. Con el Certifi cado del 19 de diciembre de 1991 expedido por la Universidad Nacional de Trujillo acredita tener 10 años y 3 meses en la categoría de profesor principal. Finalmente con Resolución Nº 1092-92-ANR del 23 de enero de 1992 se le reconoce como Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada “César Vallejo”. Con dichos antecedentes académicos este profesional cumple con los requisitos para el cargo propuesto; Que, estando a lo expuesto en el párrafo anterior; este Consejo concluye en que los señores José Gregorio Silva Lara, Abundio Sagástegui Alva y Britaldo Campos Marín, propuestos como Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Trujillo, cumplen con los requisitos exigidos por la Ley Nº 23733 y nuestros reglamentos, para el cargo que postulan; Que, en sesión de fecha 10 y 11 de marzo del 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 116-2009-CONAFU acuerda reconocer a la Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Trujillo, quedando conformada por los siguientes profesionales: José Gregorio Silva Lara, Abundio Sagástegui Alva y Britaldo Campos Marín, en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente Administrativo, respectivamente; Por estas consideraciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECONOCER a la nueva Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Trujillo; la misma que se encuentra integrada por los siguientes profesionales: Presidente : José Gregorio Silva Lara Vicepresidente Académico : Abundio Sagástegui Alva Vicepresidente Administrativo : Britaldo Campos Marín Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JORGE ARTURO BENITES ROBLES Presidente JIMS ENRIQUE BARRANTES PINEDA Secretario General 329571-1