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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de mayo de 2009 396148 de prevención, atención y tratamiento de las ITS y el VIH/Sida, a través del espacio que se ha asignado a la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de ITS y VIH/Sida en el portal de transparencia del MINSA, y designar a un funcionario de dicha unidad como responsable de su actualización. 7. ADECUAR los protocolos y procedimientos establecidos para la atención de las poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad (HSH, trabajadores y trabajadoras sexuales, y población privada de libertad) mediante los servicios de prevención, atención y tratamiento de ITS y VIH/Sida, de modo tal que éstos respondan a las características propias de cada grupo y aseguren una atención adecuada y respetuosa de sus derechos. 8. IMPLEMENTAR mecanismos de rendición de cuentas que faciliten el acceso a la información sobre los procesos y resultados obtenidos en materia sanitaria a partir de las inversiones realizadas en respuesta a la epidemia del VIH/Sida en el país, y DISPONER la publicación de dicha información a través del portal de transparencia del Ministerio de Salud (MINSA). 9. ESTABLECER un mecanismo de acreditación de la realización de la consejería previa en el caso de las excepciones a la voluntariedad de la prueba, establecidas en la Ley Nº 26626, como es el caso de las gestantes en situación de riesgo o contagio. 10. IMPULSAR una coherente regulación en materia de acceso a los servicios de salud en VIH/Sida para los (y las) adolescentes, así como promover las acciones necesarias que aseguren su efectiva atención integral. En esa misma línea, REGULAR la prestación del servicio del TARGA para los (y las) adolescentes, a través de protocolos y procedimientos acordes con las características de este grupo poblacional y con los factores que elevan su riesgo y vulnerabilidad frente a la epidemia. Artículo Tercero.- RECOMENDAR al Ministerio de Salud y a los Gobiernos Regionales: 1. INSTAR a los establecimientos de salud a: a. Difundir los alcances de: • Las normas y directivas que regulan la prestación de los servicios de consejería en ITS y VIH/Sida, AMP, diagnóstico de VIH/Sida en gestantes, terapia antirretroviral para la prevención de la transmisión vertical, así como del TARGA en adultos, adolescentes, niños y niñas en forma gratuita. • La Resolución Ministerial Nº 939-2004/MINSA4 respecto al expendio del paquete mínimo de exámenes complementarios para el inicio del TARGA, cuyo costo no debe exceder el monto de S/. 20.00. b. Implementar procedimientos de inspección y supervisión aleatoria y permanente respecto a la gratuidad de dichos servicios, y asegurar la efectiva aplicación de las sanciones correspondientes sobre la base del respectivo procedimiento administrativo disciplinario. Se debe advertir que la indebida exigencia pecuniaria realizada por un funcionario o servidor público, en ejercicio abusivo de su cargo, podría confi gurar la comisión de un delito de cobro indebido, tipifi cado en el artículo 383º del Código Penal. c. Organizar horarios y disposición de ambientes al interior de los establecimientos de salud de manera que se garantice la confi dencialidad y privacidad del servicio de consejería. d. Capacitar y sensibilizar al personal que labora en los establecimientos de salud -independientemente de las labores que cumplan- por medio de campañas informativas, realización de eventos, suscripción de convenios interinstitucionales para el fortalecimiento de capacidades, etc., sobre el VIH/Sida, la diversidad sexual y los derechos humanos, con el propósito de erradicar el estigma y la discriminación asociados al VIH/Sida, y promover una cultura de buena atención en salud. e. Asegurar la disponibilidad y cobertura de los medicamentos empleados para el tratamiento del VIH/ Sida con la fi nalidad de no afectar la sostenibilidad del tratamiento en la lucha contra la epidemia y, por ende, la salud de las personas. 2. ADAPTAR los registros de atención y sistemas de información con miras a la diferenciación de las distintas poblaciones que acceden a los servicios de salud en VIH/ Sida. 3. EMITIR una directiva que contenga lineamientos que delimiten las responsabilidades de cada instancia del MINSA y de los Gobiernos Regionales en materia de VIH/ Sida, de acuerdo con la transferencia de competencias sectoriales efectuada en el marco del proceso de descentralización. 4. RECORDAR que, según lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización,5 la salud pública es una competencia compartida por los tres niveles de gobierno, la cual debe ser ejercida en concordancia con la política nacional y los planes sectoriales. Artículo Cuarto.- RECOMENDAR a los Gobiernos Regionales: 1. INSTAR a los Gobiernos Regionales a asumir un rol protagónico en la respuesta multisectorial regional frente a la epidemia del VIH/Sida y promover intervenciones acordes con las características propias de la epidemia en cada una de sus jurisdicciones. 2. INCLUIR dentro de su programación presupuestal anual los recursos requeridos con vistas a asegurar el cumplimiento de las funciones asumidas en materia de salud y, entre éstas, las referidas a las intervenciones en materia de VIH/Sida. 3. EXHORTAR a las diversas instituciones públicas y privadas, organizaciones de PVVS, poblaciones en situación de vulnerabilidad y población en general, a establecer mecanismos de participación y vigilancia ciudadana que favorezcan el cumplimiento de lo dispuesto por las normas vigentes en materia de VIH/ Sida, principalmente en lo que respecta al derecho a una atención integral de salud. Artículo Quinto.- ENCARGAR el seguimiento de las recomendaciones del Informe Defensorial Nº 143 a la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo. Artículo Sexto.- INCLUIR la presente Resolución Defensorial en el Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 4 Resolución Ministerial Nº 939-2004/MINSA, que modifi ca la Norma Técnica para el Tratamiento Antirretroviral de Gran Actividad (TARGA) en Adultos Infectados por el Virus de la Inmunodefi ciencia Humano, aprobada por Resolución Ministerial Nº 124-2004/MINSA. Publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de septiembre del 2004. 5 Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de julio del 2002. 348902-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Delegan labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior, en la Jefatura Regional Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 261-2009-JNAC/RENIEC Lima, 14 de mayo de 2009