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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2009 (19/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de mayo de 2009 396144 designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional, en aplicación extensiva de lo establecido en los artículos 219° y 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor FORTUNATO BENJAMÍN ISASI HUAMANÍ, como Juez Suplente del Juzgado Mixto de Ate Vitarte. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 349467-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 287-2009-P-CSJLI/PJ Mediante Ofi cio N° 1303-2009-P-CSJLI/PJ la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa N° 287-2009- P-CSJLI/PJ, publicada en la edición del 15 de mayo de 2009. DICE: “Artículo Segundo.- DESIGNAR como miembros de la Comisión de Capacitación del Área Laboral para el Año Judicial 2009 a los siguientes magistrados: Dr. Iván Toledo Toribio, Vocal Superior (T), quien la Presidirá Dr. Hugo Arnaldo Huerta Rodríguez, Juez Especializado (T) Dr. Guillermo Vicente Solano Chumpitaz, Juez de Paz Letrado (T)” DEBE DECIR: “Artículo Segundo.- DESIGNAR como miembros de la Comisión de Capacitación del Área Laboral para el Año Judicial 2009 a los siguientes magistrados: Dr. Omar Toledo Toribio, Vocal Superior (T), quien la Presidirá Dr. Hugo Arnaldo Huerta Rodríguez, Juez Especializado (T) Dr. Guillermo Vicente Solano Chumpitaz, Juez de Paz Letrado (T)” DICE: “Artículo Sexto.- DESIGNAR como miembros de la Comisión de Capacitación del Área Comercial para el Año Judicial 2009 a los siguientes magistrados: Dra. Lucía María La Rosa Guillén, Vocal Superior (T), quien la Presidirá Dra. Cecilia Patricia Lau Deza, Juez Especializado (T) Dr. Juan Pablo Rengifo Santander, Juez de Paz Letrado (T)” DEBE DECIR: “Artículo Sexto.- DESIGNAR como miembros de la Comisión de Capacitación del Área Comercial para el Año Judicial 2009 a los siguientes magistrados: Dra. Lucía María La Rosa Guillén, Vocal Superior (T), quien la Presidirá Dra. Ana Patricia Lau Deza, Juez Especializado (T) Dr. Juan Pablo Rengifo Santander, Juez de Paz Letrado (T)” DICE: “Artículo Sétimo.- DESIGNAR como miembros de la Comisión de Capacitación del Área Constitucional para el Año Judicial 2009 a los siguientes magistrados: Dra. Susana Ynés Castañeda Otsu, Vocal Superior (T), quien la Presidirá Dr. Henry Antonino Huerta Saenz, Juez Especializado (T) Dra. Rocío del Pilar Ravines Briceño, Juez de Paz Letrado (T)” DEBE DECIR: “Artículo Sétimo.- DESIGNAR como miembros de la Comisión de Capacitación del Área Constitucional para el Año Judicial 2009 a los siguientes magistrados: Dra. Susana Ynés Castañeda Otsu, Vocal Superior (T), quien la Presidirá Dr. Henry Antonino Huerta Saenz, Juez Especializado (T) Dra. Rocío del Pilar Rabines Briceño, Juez de Paz Letrado (T)” 349453-1 ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban el Informe Defensorial Nº 143 “Fortaleciendo la respuesta frente a la epidemia del VIH/Sida: Supervisión de los servicios de prevención, atención y tratamiento del VIH/Sida” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0023-2009/DP Lima, 15 de mayo de 2009 VISTO: El Informe Defensorial Nº 143, denominado “Fortaleciendo la respuesta frente a la epidemia del VIH/Sida: Supervisión de los servicios de prevención, atención y tratamiento del VIH/Sida”, elaborado por la Adjuntía para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo. CONSIDERANDO: Primero.- Competencia de la Defensoría del Pueblo. De acuerdo con lo previsto en el artículo 162º de la Constitución Política del Perú, corresponde a la Defensoría del Pueblo proteger los derechos fundamentales de la persona y de la comunidad, así como supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. Por su parte, el artículo 26º de la Constitución confi ere a la Defensoría del Pueblo atribuciones para emitir resoluciones, con ocasión de sus investigaciones, destinadas a formular a las autoridades, funcionarios y servidores de la administración del Estado, advertencias, recomendaciones, recordatorios de sus deberes legales y sugerencias para la adopción de nuevas medidas. En razón de ello, corresponde a la Defensoría del Pueblo contribuir con la respuesta desde el Estado con relación a la epidemia del VIH/Sida, por medio de la defensa y protección de los derechos de las personas que viven con el VIH/Sida, así como de las poblaciones en situación de mayor vulnerabilidad. De esta manera, en el ámbito de la salud, la Defensoría del Pueblo es competente para supervisar la labor del Estado en el cumplimiento de las obligaciones que demande la satisfacción de este derecho, las cuales, en el caso del VIH/Sida, comprenden la prestación de los servicios de prevención, atención y tratamiento del VIH/Sida. Segundo.- Situación de la epidemia del VIH/Sida en el Perú y la respuesta desde el Estado. Durante