Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2009 (19/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396139

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban la "Redefinicion de Estadistica Jurisdiccional 2009"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 120-2009-CE-PJ MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Oficio Nº 466-2009-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, mediante el cual eleva propuesta para la "Redefinicion de la Estadistica Jurisdiccional 2009", cumpliendo con el Plan de Accion 2009 - 2010, propuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Es politica del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que el servicio de administracion de justicia se imparta con celeridad, transparencia, equidad y eficiencia, en aras de incrementar la confianza de la ciudadania en general y de los litigantes en particular; Segundo: Que, en el MORDAZA de la politica institucional, es necesario informatizar los procedimientos de gestion administrativa relacionados con la recoleccion y procesamiento de la informacion estadistica, que en la actualidad se vienen desarrollando en forma manual; originando con ello costos y retrasos en la disponibilidad de la informacion; Tercero: En consecuencia, es necesario utilizar la actual capacidad tecnologica instalada de la Institucion para brindar a los organos jurisdiccionales, el soporte informatico directo e inmediato mediante un formulario estadistico electronico; coadyuvando asi al cumplimiento de la funcion jurisdiccional; Cuarto: Que, al mismo tiempo, es necesario que la Gerencia General implemente un aplicativo informatico que genere estadisticas jurisdiccionales en forma automatizada, las mismas que deberan publicarse en forma mensual en la pagina Web del Poder Judicial; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º, inciso 20, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la "Redefinicion de la Estadistica Jurisdiccional 2009", en cuanto al procedimiento de recoleccion y procesamiento de datos a traves de los Formularios Estadisticos Electronicos por especialidad y MORDAZA de organo jurisdiccional, utilizando la tecnologia informatica disponible del Poder Judicial. Articulo Segundo.- La Gerencia General es el organo responsable de implementar los aplicativos informaticos necesarios para ser utilizados por los organos jurisdiccionales de todos los Distritos Judiciales de la Republica, considerando las siguientes etapas: a) Primera Etapa.- A partir del 01 de junio de 2009, los organos jurisdiccionales de todos los Distritos Judiciales, cumpliran con el llenado del Formulario Estadistico Electronico, en el aplicativo informatico que estara disponible en la pagina Web del Poder Judicial, reemplazando a los formularios "S1-A Carga Procesal de Expedientes Principales, en Calificacion, Tramite, Ejecucion y otros Ingresos" y "S1-B Resolucion de Expedientes Principales, en Calificacion, Tramite, Ejecucion y otros Egresos", considerando el mismo MORDAZA conceptual

la

respecto a las variables de la Guia Metodologica de la Directiva Nº 001-2009-GG-PJ, aprobada por Resolucion Administrativa Nº 030-2009-P-PJ, debiendo registrar la informacion el primer dia util posterior al vencimiento del mes que se reporta. b) MORDAZA Etapa.- A partir del 01 de MORDAZA del presente ano, se iniciara la implementacion del Sistema Integrado Judicial Nacional (SIJ-NACIONAL) que incluira la emision de los reportes estadisticos requeridos, por los que dejaran de reportar la informacion en el Formulario Estadistico Electronico a medida se MORDAZA las implementaciones. La informacion estadistica de expedientes ingresados, resueltos y pendientes, por especialidad, delitos y materias, a nivel de cada organo jurisdiccional se generara en forma automatizada sobre la base de los registros de dicho sistema. Articulo Tercero.- La Gerencia General del Poder Judicial elaborara los instructivos y las actividades de capacitacion que MORDAZA necesarias para la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia daran las facilidades a los equipos de trabajo de la Gerencia General en la etapa de pruebas. Articulo Quinto.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a las Presidencias de las Cortes Superiores del MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 348896-14

Sancionan con destitucion a Secretario Judicial del MORDAZA Juzgado Laboral de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION Nº 129-2006-LAMBAYEQUE MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil ocho.VISTO: El expediente administrativo que contiene la investigacion seguida contra el servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretario Judicial del MORDAZA Juzgado Laboral de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque; por los fundamentos pertinentes de la resolucion numero veintinueve expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, obrante de fojas setecientos cincuenta y tres a setecientos cincuenta y ocho; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante resolucion numero dos, obrante de fojas cinco y seis, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura, dispuso abrir investigacion preliminar contra el servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a merito de una comunicacion anonima que se hiciera llegar al mencionado Organo de Control; Segundo: Asimismo, la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, llevo a cabo diligencias en donde se pudo determinar preliminarmente que el servidor MORDAZA MORDAZA, estaria adoptando una conducta irregular incompatible con la labor jurisdiccional que realizaba y por ende contraviniendo lo que senala el articulo doscientos ochenta y siete, inciso siete, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, al haberse verificado que paralelamente a su labor de servidor judicial ejercia la defensa, conforme se puede advertir de fojas quinientos diecinueve a

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