Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2009 (21/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396241

el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion

350561-1

Aprueban cambios de titulares de permisos de pesca a favor de personas natural y juridica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 282-2009-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2009 Visto el Escrito de Registro Nº 00008018 de fecha 30 de enero y 27 de marzo del 2009 presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA OROSCO. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial N° 009-99-CTAR-LAMB/DRPE de fecha 08 de febrero de1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores pesqueros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA MORDAZA, con matricula PL18449-CM, de 35.00 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion de recursos hidrobiologicos jurel, caballa, MORDAZA y suco para consumo humano directo, utilizando MORDAZA con hielo y redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, a traves de la Resolucion De Direccion Regional Sectorial N° 022-2003-GR.LAMB/DRPE de fecha 07 de marzo del 2003, se amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 009-99-CTAR-LAMB/DRPE, a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA MORDAZA, con matricula PL-18449-CM, de 37.17 m3 de capacidad de bodega, 8.60 de Arqueo Neto, para la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano indirecto y sardina para consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgada (38 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas de la costa; Que, los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de noviembre del 2007, se resolvio caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras unicamente en el extremo

referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto, consignandose en el Anexo que forma parte de la citada resolucion y en el regimen de la Ley 26920 la embarcacion MORDAZA MORDAZA, de matricula PL-18449-CM; Que, a la fecha se consigna en la Pagina Web del Ministerio de la Produccion a la embarcacion MORDAZA MORDAZA, con matricula PL-18449-CM, de 37.17 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos MORDAZA, sardina y suco para consumo humano directo, y anchoveta para consumo humano indirecto; Que a traves del escrito del visto, los recurrentes solicitan el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, de matricula PL-18449-CM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Que, de la evaluacion efectuada al expediente administrativo se advierte que mediante Escritura Publica de donacion en anticipo de legitima y donacion simple de acciones y derechos que celebraron MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA , MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en dicha escritura publica los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA otorgaron via anticipo de legitima la embarcacion MORDAZA MORDAZA, de matricula PL-18449-CM, a favor de sus hijos MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a su vez MORDAZA MORDAZA, otorga via donacion simple las acciones y derechos que le correspondian de la referida embarcacion a favor de MORDAZA GORILLO MORDAZA, quien posee el dominio sobre la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun costa en el Certificado Compendioso de Dominio N° 2009/7213, emitido por la MORDAZA Registral Nº II-Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, y habiendo cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y demas normas modificatorias; resulta procedente otorgar el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 214-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE; Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Regional Sectorial Nº 009-99-CTAR-LAMB/DRPE, modificada por Resolucion Regional Sectorial Nº 022-2003-GR.LAMB/DRPE, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de matricula PL-18449-CM, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion De Direccion Regional Sectorial N° 009-99-CTAR-LAMB/

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