Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2009 (24/05/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

396390

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2009

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operaciones de cobertura de riesgo con el BIRF respecto a , operaciones de endeudamiento externo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 247-2009-EF/75 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el parrafo 36.1 del Articulo 36° de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, a realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de MORDAZA, lo que en terminos de la propia ley incluye a las operaciones de cobertura de riesgos; Que, asimismo, el parrafo 37.2 del Articulo 37° de la referida Ley, establece que los contratos MORDAZA de las operaciones de administracion de deuda se aprueban por decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, que para el caso de las operaciones de cobertura de riesgos lo constituye el ISDA Master Agreement y su anexo denominado "Schedule"; Que, el parrafo 37.3 del Articulo 37° de la Ley Nº 28563, establece que las operaciones especificas de cobertura de riesgo se aprueban por resolucion ministerial de Economia y Finanzas; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0892005-EF aprobo el texto del contrato MORDAZA denominado International Swap Dealers Association Inc. (ISDA) Master Agreement (Version 1992), incluyendo su anexo respectivo denominado "Schedule", a ser suscrito con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF; Que, se ha considerado conveniente celebrar con el BIRF operaciones de cobertura de riesgo estructuradas, bajo la modalidad de Swap de Tasas de Interes, de tasa LIBOR a tasa fija, respecto a las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 023-94-EF, 058-94-EF, 162-94-EF, 15395-EF, 155-95-EF, 083-96-EF, 084-96-EF, 012-97-EF (Articulo 1°), 031-97-EF, 098-98-EF, 098-99-EF, 0932000-EF, 135-2000-EF, 038-2001-EF, 109-2001-EF, 1422002-EF; Que, sobre el particular, han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, las citadas operaciones de cobertura de riesgo estructuradas se han tramitado con sujecion a lo establecido en el Articulo 6° de la Directiva que regula el "Procedimiento para efectuar Operaciones de Cobertura de Riesgo del Gobierno Nacional", aprobada por Resolucion Directoral Nº 003-2006-EF-75.01; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre las citadas operaciones, en aplicacion del literal l) del Articulo 22° de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las operaciones de cobertura de riesgo estructuradas bajo la modalidad de Swap de Tasas de Interes, de tasa LIBOR a tasa fija, con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF, respecto a operaciones de endeudamiento externo concertadas por la Republica del Peru con dicho Banco y aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 023-94EF, 058-94-EF, 162-94-EF, 153-95-EF, 155-95-EF, 08396-EF, 084-96-EF, 012-97-EF (Articulo 1°), 031-97-EF, 098-98-EF, 098-99-EF, 093-2000-EF, 135-2000-EF, 038-2001-EF, 109-2001-EF, 142-2002-EF, hasta por el

monto total de US$ 715 831 823,46 (SETECIENTOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES Y 46/100 DOLARES AMERICANOS) Articulo 2º.- Aprobar el texto del documento denominado "Confirmation" a ser suscrito con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF por cada una de las operaciones mencionadas en el articulo precedente, que conjuntamente con el ISDA Master Agreement (Version 1992) y con su anexo denominado "Schedule" que fueran aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 089-2005-EF, y suscritos entre las partes el 25 de MORDAZA de 2005, constituyen el MORDAZA contractual para implementar las operaciones de cobertura de riesgo estructuradas bajo la modalidad de Swap de Tasas de Interes, de tasa LIBOR a tasa fija, que se aprueban en el Articulo 1º de la presente MORDAZA legal. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico a suscribir todos los documentos que se requieran, asi como a tomar todas las acciones necesarias en el ambito de su competencia, para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Articulo 4°.- Los pagos correspondientes a la implementacion de las operaciones de cobertura de riesgo que se aprueban en el Articulo 1° de esta MORDAZA seran atendidos por la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico con cargo a las partidas presupuestarias para el servicio de la deuda publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 351918-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Chimay, que efectua Edegel S.A.A. a favor de Chinango S.A.C.
RESOLUCION SUPREMA N° 032-2009-EM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Expediente Nº 11082197 sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, organizado por Edegel S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral Lima; y la solicitud de transferencia de concesion, presentada el 21 de enero de 2009; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Suprema Nº 090-98EM, publicada el 04 de setiembre de 1998, se otorgo a favor de Peruana de Energia S.A.A. la concesion definitiva para realizar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Chimay, ubicada en el distrito de Monopampa, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 129-98; Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 035-99EM, publicada el 25 de febrero de 1999, se aprobo la transferencia de la concesion MORDAZA referida a favor de Edegel S.A.A., quien asumio los derechos y obligaciones relativos a dicha concesion; Que, mediante el documento presentado el 21 de enero de 2009, ingresado bajo el Registro Nº 1853462, Edegel S.A.A. solicito a la Direccion General de Electricidad se apruebe la transferencia de la concesion definitiva para el desarrollo de la actividad de generacion en la Central Hidroelectrica Chimay, a favor de la empresa Chinango S.A.C., sociedad inscrita en el Asiento A00001 de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.