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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de mayo de 2009 396397 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de Aeronavegabilidad de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. para participar en el Curso Aviation Technician Factory Training Course RESOLUCIÓN SUPREMA N° 023-2009-MTC Lima, 23 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley No. 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la política aérea nacional; Que, mediante los Informes Nos. 229-2009-MTC/12 y 019-2009-MTC/12.CPO, la Dirección General de Aeronáutica Civil, comunica que del 25 al 29 de mayo de 2009, se llevará a cabo el Curso Aviation Technician Factory Training Course, en las instalaciones de Teledyne Continental Motors, en la ciudad de Alabama, Estados Unidos de América; Que, la Autoridad de Aviación Civil, tiene el compromiso ante los usuarios de mantener una aviación segura, resultando importante que los operadores y/o talleres de mantenimiento aeronáutico realicen un mantenimiento general de las aeronaves con un alto nivel de confi abilidad, por lo que la mencionada capacitación, proporcionará un conjunto de metodologías adecuadas de evaluación para efectuar de forma competente y oportuna, la verifi cación del mantenimiento de los motores recíprocos durante el proceso de renovación del certifi cado de aeronavegabilidad, contribuyendo así al establecimiento de un alto estándar de seguridad; Que, en el referido curso se tratarán temas referidos a: la teoría general de operación de motor recíproco; ensamblado carter; componentes rotables del eje cigüeñal; partes rotables de los cilindros; sistema de inyección y ajustes; tópicos de la inspección anual o 100 horas; inspección boroscópica de los cilindros; sistema de encendido incluyendo prácticas de ajustes y puesta a punto y ejercicios de boletines de servicio para interiorizar en el participante el uso de los manuales; entre otros; Que, debido a la importancia de los temas a tratar, se ha visto por conveniente la participación del Inspector Juan José Ortiz Venegas, en el mencionado evento, toda vez que reafi rmará el conocimiento y la habilidad en el uso de boletines de servicio específi co, los mismos que son variables; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27619, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de don Juan José Ortiz Venegas, Inspector de Aeronavegabilidad de la Dirección General de Aeronáutica Civil, del 24 al 29 de mayo de 2009, a la ciudad de Alabama, Estados Unidos de América, para participar en el Curso Aviation Technician Factory Training Course. Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán fi nanciados con cargo al Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, de conformidad con la Autorización de Beca/Misión Int. No. 002-04-2009, conforme al siguiente detalle: Viáticos US $ 1,320.00 Pasaje aéreo US$ 1,411.72 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US $ 31.00 Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el profesional mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- Dentro de los siete (7) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado deberá presentar a la Presidencia de la República a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 351919-5 Otorgan a persona natural modificación de permiso de operación de aviación general RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 075-2009-MTC/12 Lima, 6 de abril de 2009 Vista la solicitud del señor JOSE AMADEO VIGIL FERREYRA, sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación General: Servicio Privado / Instrucción; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral N° 023-2006-MTC/12 del 14 de febrero del 2006, se otorgó al Señor JOSE AMADEO VIGIL FERREYRA, Permiso de Operación de Aviación General: Servicio Privado / Instrucción, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 05 de marzo del 2006; Que, mediante Documentos de Registro N° 2009- 003558 del 02 de febrero del 2009, Nº 2009-003558-A del 11 de febrero del 2009, Nº 2009-003558-B del 05 de marzo del 2009 y Nº 2009-003558-C del 10 de marzo del 2009 el Señor JOSE AMADEO VIGIL FERREYRA solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando N° 152- 2009-MTC/12, Memorando Nº 517-2009-MTC/12.07, Memorando Nº 188-2009-MTC/12, Informe Nº 025- 2009-MTC/12.07.LIC, Memorando Nº 256-2009-MTC/12