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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de mayo de 2009 396394 inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Manuel Ernesto Picasso Botto, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India. Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha de término de funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 351919-6 Designan Representante Alterno del Ministerio ante la Comisión Especial creada por Ley Nº 28933 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0790/RE Lima, 21 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 1482-2006- RE, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, y a la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Luz Betty Caballero de Clulow, como Representantes Titular y Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comisión Multisectorial encargada de establecer las políticas de negociación y representación del Estado peruano en cualquier otra controversia relativa a inversiones que sea sometida ante tribunales arbitrales internacionales, en el marco de los mecanismos de solución de controversias pactados en los acuerdos suscritos por el Estado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1306-2008- RE, se trasladó, entre otros, a la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Luz Betty Caballero de Clulow, para que desempeñe funciones de su categoría en la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales, con sede en Ginebra, Confederación Suiza; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0722- 2008-RE, se fi jó el 15 de marzo de 2009, como la fecha en que asumió funciones la citada funcionaria diplomática, en la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales, con sede en Ginebra, Confederación Suiza; Que, mediante la Ley N° 28933, publicada el 16 de diciembre de 2006, se estableció el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado peruano en Controversias Internacionales de Inversión, para atender las diferencias que pudieran surgir entre el Estado peruano e inversionistas nacionales o extranjeros, y que sean sometidas a mecanismos internacionales de solución de controversias, la misma que fue modifi cada por la Ley N° 29213, publicada el 18 de abril de 2008; Que, asimismo, el artículo 7° de la Ley N° 28933 dispuso el establecimiento de una Comisión Especial, adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, e integrada, entre otros, por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, la misma que tiene por objeto la representación del Estado en las controversias internacionales de inversión, tanto en su etapa de trato directo, como en la propia etapa arbitral o de conciliación; Que, habiendo sido recientemente nombrado el Ministro en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella, como Director de Organismos Económicos y Financieros Internacionales, en reemplazo de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Luz Betty Caballero de Clulow, resulta necesario nombrar al citado funcionario diplomático como Representante Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la referida Comisión Especial; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº SAE0257/2009, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, de 21 de abril de 2009; De conformidad con los artículos 3º, 7º y 13º inciso b) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 2º, 21º inciso l) y 62º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; la Ley N° 28933 y su modifi catoria la Ley N° 29213; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar término a la designación de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Luz Betty Caballero de Clulow, como Representante Alterna del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comisión Especial creada en virtud de la Ley N° 28933, que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión. Artículo 2°.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella, Director de Organismos Económicos y Financieros Internacionales, de la Dirección General de OMC y Negociaciones Económicas Internacionales, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, como Representante Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comisión Especial creada en virtud de la Ley N° 28933, que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 351270-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Establecen disposiciones reglamen- tarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 026-2009 DECRETO SUPREMO Nº 006-2009-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27803, se dispuso la implementación de las recomendaciones efectuadas por las Comisiones creadas por las Leyes Nºs. 27452 y 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos en las Empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público en la década pasada; Que, mediante Ley Nº 29059, se otorgaron facultades a la Comisión Ejecutiva, creada por Ley Nº 27803, para revisar los casos de los ex trabajadores que no hubieran sido incorporados en los tres primeros listados del Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente - RNTCI al amparo de la última norma legal citada; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2009 se establece los benefi cios a que podrán acceder los ex trabajadores que sean inscritos en el RNTCI a partir de la vigencia de dicha norma, debiendo fi jarse determinadas reglas para su ejecución;