Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2009 (24/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 24 de noviembre de 2009

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 426650-4

Articulo 4º.- De la justificacion de la expropiacion La autorizacion de la expropiacion de propiedad privada materia de esta Ley, obedece a factores que coadyuvan a mejorar las condiciones de MORDAZA de los habitantes del distrito y MORDAZA de MORDAZA ya que se construira e implementara parques ecologicos que permitan una atmosfera descontaminada en beneficio de la salud de la poblacion, ademas de promover la conservacion de areas naturales y la salud publica. Articulo 5º.- Del sujeto activo de la expropiacion La Municipalidad Provincial de MORDAZA del departamento de MORDAZA es el sujeto activo de la expropiacion, facultandosele para que inicie los tramites correspondientes al MORDAZA de expropiacion, de conformidad con la Ley num. 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 6º.- Del pago de la indemnizacion justipreciada El pago de la indemnizacion justipreciada que se establezca a consecuencia del trato directo, procedimiento judicial o arbitral correspondiente es asumido por la Municipalidad Provincial de MORDAZA del departamento de MORDAZA y debe ser abonado con dinero en efectivo y en moneda nacional, previa tasacion de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 7º.- Del plazo para iniciar la expropiacion El sujeto activo tiene un plazo de dos (2) anos, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, para iniciar el procedimiento expropiatorio, necesario para la ejecucion de la obra mencionada en la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 426650-5

LEY Nº 29457
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA LA CONSTRUCCION E IMPLEMENTACION DE UN MORDAZA ECOLOGICO EN EL TERRENO MORDAZA DENOMINADO FUNDO MORDAZA MORDAZA, UBICADO EN EL DISTRITO DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE MORDAZA, Y AUTORIZA SU EXPROPIACION PARA LA EJECUCION DE LA OBRA
Articulo 1º.- Del objeto de la Ley Declarase de necesidad publica la expropiacion del inmueble de dominio privado denominado MORDAZA MORDAZA, de 41 280,68 m2, ubicado en el distrito del Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, para la construccion e implementacion de un MORDAZA ecologico, por estar comprendido en la MORDAZA de reserva paisajista con valor natural, cultural y patrimonial. Articulo 2º.- De la expropiacion Autorizase la expropiacion del bien inmueble de dominio privado denominado Fundo MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito del Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, propiedad de la sucesion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Salas. Articulo 3º.- Del bien objeto de expropiacion El inmueble objeto de expropiacion se encuentra inscrito en la Partida Electronica num. 01116735 de la MORDAZA Registral num. XII - Sede MORDAZA, el mismo que sera destinado para la construccion e implementacion de un MORDAZA ecologico dispuesta en el articulo 1º. El area afectada es de 41 280,68 m2 y tiene las siguientes medidas perimetricas: · Por el Norte: Con la Alameda Bolognesi, MORDAZA MORDAZA Grau por medio con 136,00 m. · Por el Sur: Con propiedades de la MORDAZA MORDAZA y fabricas MORDAZA, Rio Chili por medio con 305,00 m. · Por el Este: Con el Barrio Obrero Nº 1, Rio Chili por medio linea quebrada de 56,80 m y 169,00 m. · Por el Oeste: Propiedades de los herederos MORDAZA W. MORDAZA con 85,00 m, de MORDAZA Lucioni con 124,00 m, MORDAZA MORDAZA con 31,00 m, de los herederos de MORDAZA Lucioni con 91,00 m, de MORDAZA MORDAZA Rivero con 16,00 m, de MORDAZA de MORDAZA con 18,00 m, de MORDAZA Cuervo con 28,00 m, de la testamentaria Sanz en linea quebrada de 31,00 m, 37,00 m y 41,00 m y de MORDAZA Glave MORDAZA con 49,00 m.

LEY Nº 29458
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE INCORPORA EN LA LEY NUM. 23733, LEY UNIVERSITARIA, AL INSTITUTO SUPERIOR DE MUSICA PUBLICO MORDAZA ALOMIA MORDAZA DE MORDAZA, CONFIRIENDOLE LA FACULTAD DE OTORGAR MORDAZA ACADEMICOS Y TITULOS PROFESIONALES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene el objeto de conferir al Instituto Superior de Musica Publico MORDAZA Alomia MORDAZA de

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