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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (24/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de noviembre de 2009 406458 Artículo 3º.- Del Comité Técnico de la Comisión La Comisión Multisectorial mantendrá un Comité Técnico conformado por 2 (dos) representantes de cada viceministerio. Artículo 4º.- De las coordinaciones de la Comisión La Comisión Multisectorial podrá realizar coordinaciones con otros sectores del Poder Ejecutivo, organismos de cooperación internacional, sector privado y organizaciones de productores, según lo requieran sus funciones. Artículo 5º.- Presidente y Secretaría Técnica La Comisión Multisectorial estará presidida por el Viceministro de Agricultura en tanto que la función de Secretaría Técnica, será ejercida por el Director General de Competitividad Agraria. Artículo 6º.- Grupos Técnicos La Comisión Multisectorial podrá conformar Grupos Técnicos para tareas específi cas, debiendo los integrantes de cada sector designar sus representantes. Los Grupos Técnicos además podrán estar integrados por representantes de otros sectores y del sector privado. Artículo 7º.- Funciones de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial tendrá como funciones específi cas las siguientes: a) Identifi car y recomendar las acciones necesarias para solucionar problemas que se presenten en cualquiera de las fases de las Cadenas Productivas de la bioenergía. b) Establecer mecanismos de consulta con diversos actores nacionales e internacionales involucrados en la promoción de la bioenergía. c) Promover y participar en eventos relacionados a la bioenergía. Artículo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Agricultura, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Ambiente y la Ministra de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros y Encargado del Despacho del Ministerio de la Producción ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 426650-7 Modifican R.S. Nº 284-2009-PCM mediante la cual se autorizó viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 304-2009-PCM Lima, 23 de noviembre de 2009 Visto, el Ofi cio RE (GAB) Núm. 1-0-A/133 del Director General del Gabinete del Ministro de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Núm. 284-2009- PCM se designó como enviado del señor Presidente de la República en Misión Especial, al señor Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, señor Martín Pérez Monteverde, para que viaje el 5 de noviembre de 2009, a la República de Ecuador, a fi n que participe en las entrevistas con el señor Presidente de la República de ese país, señor Rafael Vicente Correa Delgado, y con altas autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo de esa hermana nación; Que, el citado señor Ministro de Estado por razones del servicio, y tener que atender asuntos inherentes a su despacho ministerial tuvo que adelantar su vuelo de retorno de la ciudad de Quito, República de Ecuador con destino a la ciudad de Lima, originando la emisión de un nuevo pasaje de regreso según el Electronic Ticket Record expedido por las líneas aéreas LAN y TACA, incrementando el monto de pasaje en Quinientos y 08/100 Dólares Americanos (US$ 500,08); Que, resulta necesario modifi car el artículo segundo de la referida Resolución Suprema por haberse producido variación en el monto del pasaje aéreo; De conformidad con la Ley Núm. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Núm. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; la Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car con efi cacia anticipada el artículo 2º de la Resolución Suprema Núm. 284-2009- PCM, con el siguiente texto: “Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores - Meta 33855: Participación de Organismos Internacionales - de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes US$ 1 690,08 Viáticos (US$ 200,00 x un día de evento + un día de instalación) US$ 400,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 ” Artículo 2º.- Dejar subsistente los demás términos la Resolución Suprema Núm. 284-2009-PCM. Artículo 3º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 426650-13 AGRICULTURA Confirman la R.D. Nº 043-2008-AG- SENASA-AREQUIPA mediante la cual se sancionó con multa a persona natural RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00285-2009-INIA Lima, 18 de noviembre de 2009