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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 107

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de noviembre de 2009 406669 por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, para cubrir la plaza de un (01) Auxiliar Coactivo, de conformidad con la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979, declarando como Ganadora a la Postulante que obtuvo el primer lugar en el Orden de Méritos, señorita BRENDA LORENA YSHIKAWA CASTRO identifi cada con D.N.I. Nº 42776008. Artículo Segundo.- ACREDITAR con efectividad al 23 de setiembre de 2009, a la señorita BRENDA LORENA YSHIKAWA CASTRO como Auxiliar Coactivo de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, Nivel Remunerativo F-1, sujeta al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, según contrato suscrito, con vigencia del 23SET2009 al 22SET2010. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente resolución a la Prefectura de Lima, Prefectura del Callao, Policía Nacional del Perú e Instituciones del Sistema Bancario, debiendo registrar su fi rma en el Banco de la Nación para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Ofi cina de Administración a través de la Unidad de Recursos Humanos y a la Gerencia de Servicios al Vecino a través de la Sub Gerencia de Ejecución Coactiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 427207-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Incorporan “Procedimiento No Conten- cioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior” al TUPA de la Municipalidad (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho mediante Ofi cio Nº 0465-2009-MSJL-SG, recibido el 24 de noviembre de 2009) ORDENANZA Nº 145 San Juan de Lurigancho, 4 de agosto del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 0070-2008-GP/MDSJL de fecha 19.07.2008 emitido por la Gerencia de Planifi cación, y el Informe Nº 442- 2008-GAJ/MDSJL de fecha 23.07.2008 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como el proyecto de Ordenanza que incorpora al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho el procedimiento administrativo denominado: Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, y; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194º, 195º inciso 8) y 197º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordado ello con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que asimismo, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, conforme a lo establecido en el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal el aprobar, modifi car, o derogar las Ordenanzas. Que, la citada Ley Orgánica de Municipalidades establece en el Artículo 40º que las Ordenanzas de las Municipalidades en materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se crean, modifi can (...) las tasas (...), dentro de los límites establecidos por ley; Que, la Ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías – Ley Nº 29227, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16.05.2008, establece en su artículo único la adecuación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos para el cobro de las tasas correspondientes al procedimiento de separación convencional y divorcio ulterior. Que, el literal k del Artículo 6º del Reglamento de la Ley que regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13.06.2008, establece que para el procedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades, los cónyuges deberán presentar el documento que acredite el pago de la tasa. Que, estando a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, de acuerdo con los requisitos y tasas aprobadas para el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior, regulado en los dispositivos legales recientemente emitidos ya citados. Que, conformidad con el numeral 38.1 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Único de Procedimientos Administrativos, para el caso de Gobiernos Locales es aprobado por Ordenanza Municipal. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, recogido por el Artículo 5° de la Ordenanza Nº 134 – Reglamento Interno del Concejo, así como por el Artículo Único de la Ley Nº 29227, y contando con el VOTO MAYORITARIO del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de comisiones y de la aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA EL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- Incorporase al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el procedimiento administrativo denominado: “Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior”. Artículo Segundo.- Aprobar la tasa para el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior, para tal efecto se deberá adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho que, como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las Disposiciones Complementarias necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Secretaría General a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 427204-1