Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2009 (26/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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modificatorias realizadas mediante la Ordenanza Nº 126-2003/CDLO y Ordenanza Nº 0145-CDLO, y toda disposicion o MORDAZA distrital que se oponga a la presente. Articulo Quinto.- Facultar Se faculta a la GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA a traves de la SUB GERENCIA DE URBANISMO Y TRANSPORTE el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion, a la GERENCIA MUNICIPAL la Supervision del presente y a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicacion. Articulo Sexto.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Eliminan el requisito de Certificado de Zonificacion y/o Compatibilidad de Uso para el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento del MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2009-MDLO/ALC
Los MORDAZA, 18 de noviembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Exp. Nº 21741-2009 organizado por la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Concejo de Ministros, el Informe Nº 378-2009-MDLO/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 083-2009/MDLO/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Proveido s/n de Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º establece que las Municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 36º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social.", precisando el articulo 38º que: "El ordenamiento juridico de las municipalidades esta constituido por las normas emitidas por los organos de gobierno y administracion municipal, de acuerdo al ordenamiento juridico nacional"; Que, el Art. 36º numeral 3 y Articulo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 senala que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, y que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar Decreto de Alcaldia en el caso de los gobiernos locales; Que, el Articulo 44º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General en sus articulos 40 numeral 1 y

44° numeral indica que las entidades estan prohibidas de solicitar para el inicio, prosecucion o conclusion de un procedimiento, informacion o la documentacion que la contenga. Del mismo modo no procede establecer derechos de tramitacion en los procedimientos administrativos, cuando su tramitacion implique para la entidad la prestacion de un servicio especifico e individualizable a favor del administrado, o en funcion del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de la entidad; Que, mediante Ordenanza Nº 208-CDLO, de fecha 30 de junio de 2005 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, dispositivo publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de octubre de 2005, ratificado conforme al Acuerdo de Concejo Nº 331 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de fecha 27 de octubre de 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de Noviembre de 2005; Que, la Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento que establece el MORDAZA juridico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades senala en su Articulo 6° que para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, la municipalidad evaluara los siguientes aspectos: Zonificacion y compatibilidad de uso, - Condiciones de Seguridad en Defensa Civil, cuando dicha evaluacion constituya facultad de la municipalidad, precisando que cualquier aspecto adicional sera materia de fiscalizacion posterior; Que, el Articulo 16° de la MORDAZA acotada precedentemente expresa: "La siguiente informacion debera estar permanentemente a disposicion de los administrados en el local de la municipalidad y en su MORDAZA electronico: Plano de zonificacion.- Las municipalidades deberan exhibir el plano de zonificacion vigente en su circunscripcion con la finalidad que los interesados orienten adecuadamente sus solicitudes. Asimismo, debera consignarse la informacion sobre los procedimientos de cambio de zonificacion que estuvieran en tramite y su contenido, - Indice de Uso de Suelos.- Con el cual se permitira identificar los tipos de actividades comerciales correspondientes a cada categoria de zonificacion., - Estructura de costos.- Debera exhibirse la estructura de costos que sustenta el valor de la licencia de funcionamiento en los terminos que establece el articulo anterior., - Solicitudes o formularios.- Los que MORDAZA exigidos para el procedimiento. Toda la informacion senalada en el presente articulo y aquella relacionada con el procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, debera ser proporcionada gratuitamente a los administrados."; Que, la Primera Disposicion Final, Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 28976 -Ley MORDAZA de licencia de funcionamiento determina: "La presente MORDAZA entrara en vigencia a los ciento ochenta (180) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de su publicacion. En dicho plazo correspondera a las municipalidades adecuar su respectivo Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a efectos de incorporar los procedimientos, requisitos y demas disposiciones previstos en la presente Ley."; Que, de exigirle a los administrados como requisito previo se obtenga un Certificado de Zonificacion y/o Compatibilidad de Uso se incumpliria con la Ley del Procedimiento Administrativo General y con la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, siendo meritorio derogar y adecuar la exigencia de cualquier requisito y/o tasa que se oponga a lo establecido en las normas acotadas; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- ELIMINESE en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA el requisito de Certificado de Zonificacion y/o Compatibilidad de Uso para el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento. Articulo Segundo.- ADECUESE el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA a lo establecido en el Articulo 7° de la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, eliminandose los requisitos adicionales que no estan comprendidos en la mencionada disposicion.

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