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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (14/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de octubre de 2009 404319 Visto el Ofi cio G.100-0838, del Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” de fecha 15 de setiembre del 2009, y; CONSIDERANDO: Que, como parte de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, aprobado por Decreto Supremo Nro. 070-DE/SG de fecha 30 de diciembre de 1999, son funciones del Director, entre otras, planear, dirigir y supervisar las actividades educativas, administrativas y productivas de la Escuela, así como orientar, aprobar y formular los Planes Anuales de Actividades y Programas de Formación Profesional, Perfeccionamiento, Capacitación y Entrenamiento; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Magíster Gonzalo Mariano JAUREGUI Barrenechea, Director Académico de Programas de Pregrado de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” y de los Cadetes de Tercer Año especialidad de Cubierta Gustavo Jesús ALVARADO Santiago y especialidad de Ingeniería Oscar Andrés LA MADRID Cruz, a la ciudad de Kings Point, New York - ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, del 19 al 25 de octubre del 2009, para efectuar intercambio de instrucción con la United States Merchant Marine Academy, e intercambio de experiencias académicas y entrenamiento marítimo, ello en función a los resultados obtenidos de la visita realizada a la referida Institución en el período 2008, y que tiene por fi nalidad el fortalecimiento de la calidad de nuestra enseñanza, que representa una gran oportunidad de mejora en benefi cio de los Cadetes y Docente, en el marco del futuro incremento de las relaciones comerciales entre ambos países. Que, la entidad anfi triona asumirá los gastos que demanden la estadía y alimentación (viáticos) del personal comisionado, dando a los Cadetes Náuticos la oportunidad de intercambiar información de interés, entrenamiento y métodos de instrucción durante las futuras prácticas preprofesionales; Que, el Viaje se encuentra comprendido en el Anexo 02, Rubro 7, ítem 3 del Plan Anual de Viajes 2009 del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Resolución Suprema Nro. 028-2009-DE de fecha 19 enero 2009; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075, Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nro. 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Magíster Gonzalo Mariano JAUREGUI Barrenechea, DNI 40747843, y de los Cadetes de Tercer Año Especialidad de Cubierta Gustavo Jesús ALVARADO Santiago, DNI. 43937848 y Especialidad de Ingeniería Oscar Andrés LA MADRID Cruz, DNI. 45492595, a la ciudad de Kings Point, New York - ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, del 19 al 25 de octubre del 2009, para efectuar intercambio de instrucción con la United States Merchant Marine Academy e intercambiar experiencias académicas y entrenamiento marítimo con la fi nalidad de fortalecer la calidad de la enseñanza. Artículo 2°.- Gastos El Ministerio de Defensa – Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan con cargo a Recursos Directamente Recaudados y de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima – Kings Point, New York - Lima): US$. 1,254.00 x 03 personas Viáticos: Los gastos que demanden por concepto de estadía y alimentación (viáticos) serán asumidos íntegramente por la entidad anfi triona. Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 03 personas Artículo 3°.- Delegación de facultades Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la Comisión a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- Presentación de Informe El citado Magíster deberá cumplir con lo dispuesto en los Artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nro. 047- 2002-PCM, de fecha 5 junio 2002, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nro. 002- 2004-DE/SG de fecha 26 enero 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nro. 008-2004-DE/SG de fecha 30 junio 2004. Artículo 5°.- Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 409196-8 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 995-2009-DE/EP/S-1.a/1-5 Mediante Ofi cio Nº 1152-2009/MINDEF/SG/A/02, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 995-2009-DE/EP/S-1.a/1-5, publicada en la edición del 11 de octubre de 2009. DICE: En lo que Resuelve Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de 2009 por Selección, (...) DEBE DECIR: En lo que Resuelve Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de 2010 por Selección, (...) 408110-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionaria de la SUNAT a Panamá para participar en evento del CIAT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 105-2009-EF Lima, 13 de octubre de 2009