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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de octubre de 2009 404356 de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía”; Que, mediante Ordenanza N° 172-A/MDC, se otorgó una serie de benefi cios para otorgar facilidades a los contribuyentes del distrito, a fi n de que regularicen su situación tributaria e incentivar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 177-A/MDC de fecha 31 de julio del 2009, se amplió hasta el 31 de agosto del 2009 los Plazos y los Benefi cios de la Regularización Tributaria y Administrativa; Que, mediante Informe N° 155-2009-GR/MDC, recibido el 30 de septiembre del 2009, la Gerencia de Rentas, a fi n de mantener los niveles de recaudación, propone la prórroga de los alcances de la Amnistía o Benefi cios Tributarios Extraordinarios aprobados con las Ordenanzas 172-2009-A/MDC y 177-2009-A/MDC, prorrogado con Decreto de Alcaldía 014-2009-A/MDC; Estando a lo expuesto; y, en uso de las facultades conferidas en el Art. 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR HASTA EL 31 DE OCTUBRE DEL 2009, los benefi cios otorgados mediante Ordenanza N° 172-A/MDC, ampliados mediante Ordenanza N° 177-A/MDC y Decreto de Alcaldía N° 014-2009-A/MDC, denominados Benefi cios de Regularización Tributaria y Administrativa. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Informática; y, a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 408751-1 Constituyen el Comité Electoral que se hará cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2009-2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2009-A/MDC Carabayllo, 30 de setiembre del 2009 VISTOS: El Informe Nº 272-2009-GDHS/MDC del 01 de Octubre del 2009 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son Órgano de Gobierno Local, con personería Jurídica de Derecho Público y tiene autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194 de la Constitución Política del estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente por un período de 2 (dos) años, entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada. Que, con Ordenanza Nº 034-2003-A/MDC publicada por el Diario Ofi cial El Peruano, el 22 de noviembre del 2003, que aprueba el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Carabayllo, establece que: “La convocatoria a elecciones del Comité Electoral y de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, se realiza mediante Decreto de Alcaldía, estableciéndose el cierre de inscripciones, lugar, fecha y hora en que se realizara la elección, de acuerdo al Art. 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, debido a que la Ordenanza Nº 034-2003-A/MDC, no regula la designación y constitución del Comité Electoral que se haría cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; que resulten electos; sin embargo puede aplicarse en forma supletoria lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo 041-2003-A/MDC, de fecha 25 de agosto del 2003, con el que se constituyó el Primer Comité Electoral con un número impar de funcionarios con Cargo de Confi anza en ejercicio de la propia, teniendo en cuenta sus funciones previstos en el R.O.F de la Municipalidad; Estando a lo expuesto; y, en uso de las facultades conferidas en los Arts. 39º y 42º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; y la Ordenanza Nº 034- 2003-A/MDC; SE DECRETA Artículo Primero.- CONSTITUIR el Comité Electoral que se hará cargo del proceso de elección y proclamación de los representantes de la sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, para el período 2009-2011; Comité Electoral que estará conformado por: Titulares - Gerente de Desarrollo Humano y Social, quien lo presidirá. - Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, quien actuara como secretario de actas. - Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, quien actuara como miembro. Suplentes - Gerente de Servicio a la Ciudad y Medio Ambiente, quien actuara Como miembro. - Sub Gerente de Participación Vecinal, quien actuara como miembro. Artículo Segundo.- Ratifi car la conformación de los segmentos de representación de las organizaciones a ser elegidas: - 01 representante de las OSBs (clubes de madres, comedores Populares y autogestionarios, comités de vaso de leche, Promotoras de Salud. - 01 representante de las Organizaciones Sociales (Centros poblados rurales, Juntas Vecinales, Asentamientos Humanos, Comités Vecinales, comités de gestión de obras, Asociaciones de Viviendas, Urbanizaciones, Agrupaciones de Familias, entre otros). - 01 representante del gremio empresarial y productivo (gremios de moto taxistas, agricultores, Ganaderías asociaciones de comerciantes, gremios de artesanos, entre otros). - 01 representante de las organizaciones Culturales y deportivas y comunidad educativa - 01 representante de las iglesias y grupos religiosos Artículo Tercero.- Convocar para el día 22 de Noviembre del 2009 desde las 9:00 a.m. hasta las 4:00 p.m., a elecciones de los cinco (05) representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de Carabayllo para el período 2009-2011; el mismo que se llevará a cabo en el local de la Piscina Municipal- Urb. Santa Isabel del distrito de Carabayllo (al frente de la Compañía de Bomberos-Santa Isabel) Artículo Cuarto.- Aprobar el cronograma para el proceso electoral, que se llevará a cabo de acuerdo al siguiente detalle: ACTIVIDADES FECHA, DIA Y HORA LUGAR Difusión de la convocatoria de elecciones al CCLD 06 al 16 de Octubre de 8:00 am. a 5:30 pm En el Distrito de Carabayllo Apertura al Libro de Registro 19 de Octubre de 8:00 am. Ofi c. de Participación Vec. Inscripcion de Organizaciones de la SC 20 al 26 de Octubre de 8:00 am. a 5:30 pm Mesa de Partes Elaboración y Publicación del Padrón de Organizaciones 27 al 28 de Octubre Locales de la Municipalidad Período de impugnaciones del Padrón de Organizaciones 29 de Octubre 8:00 am a 5:30 pm. Mesa de Partes Resolución de impugnaciones 30 de Oct. y 02 de Nov. Ofi c. de Gerencia de D.H.S Publicación del Padrón fi nal 03 de Noviembre Locales de la Municipalidad