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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de octubre de 2009 404347 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembros de Comisiones Regionales adscritas a las Oficinas Regionales del INDECOPI de Tacna, Lambayeque y Loreto RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 125-2009-INDECOPI/COD Lima, 7 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que el señor Winston Castañeda Vargas ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI en Tacna; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la institución; y, Que a fi n de garantizar la continuidad de las funciones de la citada Comisión, resulta pertinente efectuar la designación de nuevo Comisionado en dicho órgano de la institución; De conformidad con el inciso f) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Winston Castañeda Vargas al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Tacna, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Alexis Alpaca Cusicanqui en el cargo de miembro de la Comisión Regional adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 408023-1 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 126-2009-INDECOPI/COD Lima, 7 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que el señor Carlos Vela Marquillo ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI en Lambayeque; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la institución; y, Que a fi n de garantizar la continuidad de las funciones de la citada Comisión, resulta pertinente efectuar la designación de nuevo Comisionado en dicho órgano de la institución; De conformidad con el inciso f) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Carlos Vela Marquillo al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Lambayeque, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Percy Flores Rojas en el cargo de miembro de la Comisión Regional adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 408023-2 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 127-2009-INDECOPI/COD Lima, 7 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que la señorita María Isabel Vásquez Villacorta ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI en Loreto; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la institución; y, Que a fi n de garantizar la continuidad de las funciones de la citada Comisión, resulta pertinente efectuar la designación de nuevo Comisionado en dicho órgano de la institución; De conformidad con el inciso f) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señorita María Isabel Vásquez Villacorta al cargo de miembro de la Comisión Regional que opera adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Loreto, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Oscar Andrés Fernández Chávez en el cargo de miembro de la Comisión Regional adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 408023-3 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a la Empresa Carvas Ingenieros S.R.L. con inhabilitación temporal para participar en procesos de selección y contratar con el Estado RESOLUCIÓN Nº 2160-2009-TC-S1 Sumilla: La falsedad o inexactitud del documento implica que éste no haya sido expedido por el órgano emisor correspondiente, que siendo válidamente expedido haya sido adulterado en su contenido, o que éste sea incongruente con la realidad, produciendo un falseamiento de ésta. Lima, 5 de octubre de 2009 Visto en sesión de fecha 30 de setiembre de 2009 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N.° 3191.2008.TC, sobre el procedimiento de aplicación de sanción a la empresa Carvas Ingenieros S.R.L. por supuesta responsabilidad en la presentación de documentos falsos o información inexacta en procedimiento seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 07 de noviembre de 2006, la Empresa Carvas Ingenieros S.R.L., en adelante el Proveedor, solicitó la renovación de su inscripción como ejecutor de obras ante