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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (15/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de octubre de 2009 404488 la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., no ha cumplido con presentar correctamente los requisitos del procedimiento Nº 7 del TUPA del Ministerio de la Producción, para obtener el cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras BRAVO 3 (Hoy TASA 423) de matrícula PS-0858-PM, SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) de matrícula CE-6577-PM y TASA 12 de matrícula CE-13274-PM. Así mismo, deberá subsanar las observaciones realizadas; Que, mediante Ofi cio Nº 3384-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 12 de mayo de 2009, se comunica a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. subsane las observaciones relacionadas a regularizar la deuda de la embarcación pesquera TASA 12, así como realice la actualización de los Certifi cados Compendioso de Dominio de las embarcaciones pesqueras BRAVO 3 (Hoy TASA 423), SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) y TASA 12 en las que conste los datos actuales de los propietarios y de los nombres de las citada embarcaciones pesqueras; además, presente la autorización de cambio de matrícula del fi deicomitente y del fi duciario respecto a la embarcación pesquera SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26). Así mismo, adjunte el correspondiente Certifi cado de Matrícula de la embarcación pesquera BRAVO 3 (Hoy TASA 423) donde se conste la capacidad de bodega en metros cúbicos; Que, mediante adjunto 1 al escrito del visto, de fecha 02 de junio de 2009, la recurrente comunica que ha procedido a cancelar la deuda pendiente ante la Ofi cina de Ejecución Coactiva correspondiente a la sanción impuesta por la Resolución Directoral Nº 943-2005-PRODUCE/ DINSECOVI por la embarcación pesquera TASA 12; Que, mediante adjunto 2 al escrito del visto, de fecha 03 de junio de 2009, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. solicita acumular el procedimiento de cambio de titular de las embarcaciones pesqueras BRAVO 3 (Hoy TASA 423), SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) y TASA 12, y el procedimiento de modifi cación de resolución autoritativa por cambio de nombre, previsto en el procedimiento Nº 20 del TUPA del Ministerio de la Producción; Que, mediante Ofi cio Nº 0531-2009-PRODUCE/OGA/ OEC de fecha 15 de junio de 2009, la Ofi cina de Ejecución Coactiva comunica que a la fecha, respecto a la embarcación pesquera TASA 12 (Ex. María Luisa), identifi cada con matrícula CE-13274-PM, registra deudas cuya ejecución se está tramitando a la fecha en la citada ofi cina; Que, mediante los adjuntos 3 y 4 al escrito del visto, de fechas 20 de julio y 21 de agosto de 2009, respectivamente, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. con respecto a lo solicitado, como es el cambio de titularidad de los permisos de pesca para las embarcaciones pesqueras BRAVO 3 (Hoy TASA 423), SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) y TASA 12; y el cambio de nombre de las embarcaciones BRAVO 3 (Hoy TASA 423) y SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26), presentan el Certifi cado Compendioso de Dominio y el Certifi cado de Matrícula de la embarcación pesquera BRAVO 3 (Hoy TASA 423), donde se indica la capacidad de bodega en metros cúbicos, así como se consigna al Banco de Crédito del Perú como propietaria y a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como arrendataria fi nanciera de la nave; Así mismo, alcanza la declaración de conformidad del Banco de Crédito del Perú, en su condición de propietario, con el trámite de cambio de titularidad de la embarcación pesquera BRAVO 3 (Hoy TASA 423); Que, mediante Ofi cio Nº 0694-2009-PRODUCE/ OGA/OEC de fecha 31 de agosto de 2009, la Ofi cina de Ejecución Coactiva comunica que a la fecha, respecto a las embarcaciones pesqueras SAN LORENZO 2 de matrícula CE-6577-CM y BRAVO 3 de matrícula PS-0858-PM, no registran deudas cuya ejecución se está tramitando a la fecha en la Ofi cina de Ejecución Coactiva. Con Expediente Coactivo Nº 723-2008 de fecha 21 de agosto de 2008, se inició el procedimiento de ejecución coactiva, cuya R.D. Nº 2159-2007-PRODUCE/DIGSECOVI sanciona a la embarcación pesquera MARIA LUISA (ahora TASA 12) de matrícula CE-13274-PM, con una multa de 36.17 UIT; sin embargo, el procedimiento de ejecución coactivo se encuentra suspendido temporalmente por haber interpuesto una demanda de revisión judicial, ante la Tercera Sala de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, mediante Informe Nº 856-2009-PRODUCE/ DGEPP de fecha 17 de setiembre de 2009, la instancia legal informa que la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos señalados en el procedimiento Nº 7 del TUPA del Ministerio de la Producción, por consiguiente es opinión legal aprobar el cambio de titular del permiso de pesca, para operar las embarcaciones pesqueras BRAVO 3 (Hoy TASA 423) de matrícula PS-0858-PM, SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) de matrícula CE-6577-PM y TASA 12 de matrícula CE- 13274-PM. Así mismo, considerando lo señalado en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, corresponde otorgar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera TASA 12 de matrícula CE-13274-PM, condicionando la vigencia del cambio de titular de la citada embarcación al resultado de la referida impugnación en la vía judicial; Que, están en el presente expediente administrativo; los Certifi cados Compendioso de Dominio por los que se acreditan la titularidad de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. sobre las referidas embarcaciones. Así mismo, obran en el expediente administrativo los Certifi cados de Matrícula de Naves y Artefactos Navales donde se consigna para la embarcación pesquera (Hoy TASA 423) de matrícula PS-0858-PM con una capacidad de bodega de 437.08 m3 habiendo sido autorizado por la Administración 431.59 m3, la embarcación pesquera SAN LORENZO 2 de matrícula CE-6577-PM consigna una capacidad de 233.94 m3 habiéndose autorizado 232.24 m3 por la Administración y la embarcación pesquera TASA 12 de matrícula CE-13274- PM con 156.80 m3 autorizado por la Administración 156.13 m3, las capacidad de bodega de las embarcaciones que son diferentes a la capacidad de bodega otorgada se encuentran dentro del rango tolerable de capacidad de bodega; En este orden de ideas y de la evaluación efectuada a los documentos obrantes en el expediente, la empresa pesquera TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos señalados en el procedimiento Nº 7 del TUPA del Ministerio de la Producción, por lo que corresponde aprobar el cambio de Titular del Permiso de Pesca, a su favor; Así mismo, considerando que la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. ha cumplido con presentar todos los documentos requeridos por el procedimiento Nº 20 del TUPA, y que la autoridad competente (Dirección General de Capitanías y Guardacostas) emitió el Certifi cado de Matrícula de Naves y Artefactos Navales (para el cambio de nombre y de matrícula respectivamente) corresponde que se ratifi que la aprobación automática ocurrida en el presente procedimiento; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según informes Nº 394-2009- PRODUCE-Dchi y Nº 1044-2009-PRODUCE-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acumular los procedimientos administrativos de modifi cación de resolución autoritativa por cambio de nombre de las embarcaciones BRAVO 3 (Hoy TASA 423) de matrícula PS-0858-PM y SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) de matrícula CE-6577-PM, y el cambio de titularidad de los permisos de pesca para las embarcaciones pesqueras BRAVO 3 (Hoy TASA 423) de matrícula PS-0858-PM, SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) de matrícula CE-6577-PM y TASA 12 de matrícula CE-13274-PM. Artículo 2º.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras BRAVO 3 (Hoy TASA 423) de matrícula PS-0858-PM de 431.59 m3 otorgado por Resolución Ministerial Nº 273-97-PE y SAN LORENZO 2 (Hoy TASA 26) de matrícula CE-6577-PM otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 160-96-PE, modifi cado por Resolución Directoral Nº 204-2001-PE/DNEPP, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados. Artículo 3º.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación