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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (16/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de octubre de 2009 404608 Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidencia de la Asociación de Damas del Poder Judicial, a la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a las Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA HUGO SALAS ORTIZ Nota.: Las Bases del “I Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2009”, está publicado en el Portal de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe. 410262-1 Disponen la ejecución de acciones en los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial del Cusco RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 332 -2009-CE-PJ Puerto Maldonado, 29 de setiembre de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 6652-2009-P-CSJCU-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, remitiendo propuestas de acciones relacionadas a la aplicación del nuevo Código Procesal Penal; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, en aplicación del segundo párrafo del numeral 202.2 del artículo 202° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con la Ley N° 28994 y el numeral 18.3 del artículo 18° del Decreto Legislativo N° 958, norma que regula el Proceso de Implementación y Transitoriedad del nuevo Código Procesal Penal, este Órgano de Gobierno se encuentra facultado para hacer posterior análisis sobre el contenido de cualquiera de sus pronunciamientos respecto de dicha implementación normativa; en tal sentido, estando a los fundamentos expuestos por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco de ofi cio es procedente revisar el contenido de la Resolución Administrativa N° 188-2009-CE-PJ en el extremo que establece las funciones y competencias de las Salas Mixtas Descentralizadas ubicadas en Sicuani y Urubamba; así como de los órganos jurisdiccionales penales de las Provincias de Calca y Canas, y del Distrito de Machupicchu; Segundo: Que, mediante la mencionada resolución administrativa se dispuso, entre otras acciones, convertir a partir del uno de octubre próximo la Primera Sala Especializada en lo Penal de la sede de la mencionada Corte Superior en Sala Penal de Apelaciones con competencia en todo el Distrito Judicial; asimismo, se estableció que las Salas Mixtas Descentralizadas con sede en Sicuani y Urubamba en adición a sus funciones se constituyan en Juzgados Penales Colegiados cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran; y se dictaron pautas para la liquidación de procesos tramitados bajo las normas del procedimiento anterior; no obstante ello, con la fi nalidad de brindar facilidades a litigantes y abogados y de esa manera coadyuvar a u mejor acceso al servicio de justicia, resulta conveniente adoptar las medidas pertinentes para ese fi n; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria descentralizada de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Darío Palacios Dextre por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer las siguientes acciones en los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial del Cusco, a partir del 1 de octubre de 2009: • La Sala Mixta Descentralizada de Urubamba, Calca y La Convención, con sede en Urubamba, se constituirá en adición a sus funciones como Sala Penal Liquidadora y Sala Penal de Apelaciones, con competencia en las mencionadas provincias; dejando de actuar como Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. • Los Juzgados Penales Unipersonales de Urubamba, Machupicchu y La Convención, en adición a sus funciones y cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran, conformarán el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial con competencia en las Provincias de Urubamba, Calca y La Convención. • El Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de la Provincia de Urubamba, en adición a sus funciones, actuará como Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Calca. • El Juzgado Mixto de Machupicchu en adición a sus funciones, actuará como Juzgado Penal Liquidador de los procesos penales de su competencia. • La Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Canchis, con sede en Sicuani, se constituirá en adición a sus funciones como Sala Penal Liquidadora y Sala Penal de Apelaciones, con competencia en las Provincias de Canchis, Canas, Espinar y Chumbivilcas; dejando de actuar como Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial; • Los Juzgados Penales Unipersonales de Canchis, Espinar y Chumbivilcas, en adición a sus funciones y cuando las circunstancias del juzgamiento lo requieran, conformarán el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, con competencia en Provincias de Canchis, Canas, Espinar y Chumbivilcas. • El Juzgado Mixto de Canas en adición a sus funciones, actuará como Juzgado Penal Liquidador de los procesos penales de su competencia. Artículo Segundo.- Modifi car la Resolución Administrativa N° 188-2009-CE-PJ, del 25 de junio del año en curso, en los extremos a que se refi ere la presente resolución. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco a adoptar las acciones administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, al Ministerio de Justicia, al Ministerio del Interior, al Ministerio Público, al Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal a la Academia de la Magistratura, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA HUGO SALAS ORTIZ 410262-2