Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2009 (16/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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(1) Categoria Social a. Aplicacion de Asignacion de Consumo

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de octubre de 2009

- La Asignacion de Consumo de 200 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano sera de aplicacion la Asignacion de Consumo de 60 m3. (5) Categoria Estatal a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 200 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 200 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 100 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 95 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 50 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 40 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo

- Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 18 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 10 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 10 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo - La Asignacion de Consumo de 18 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion la Asignacion de Consumo de 10 m3. (2) Categoria Domestica a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 30 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo - La Asignacion de Consumo de 30 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion la Asignacion de Consumo de 20 m3. (3) Categoria Comercial a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 200 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 95 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 100 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 95 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 95 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 95 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 60 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 45 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 45 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 45 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 35 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 35 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo - La Asignacion de Consumo de 95 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano seran de aplicacion las Asignaciones de Consumo de 45 m3 y 35 m 3. - La Asignacion de Consumo de 45 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion la Asignacion de Consumo de 35 m3. (4) Categoria Industrial a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 200 m se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 200 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 100 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 60 m3.
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- La Asignacion de Consumo de 200 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano seran de aplicacion las Asignaciones de Consumo de 95 m3 y 40 m 3. - La Asignacion de Consumo de 95 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion la Asignacion de Consumo de 40 m3. B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 90º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD2, modificada por Resolucion Nº 088-2007-SUNASS-CD. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 91º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD, modificada por Resolucion Nº 088-2007-SUNASS-CD. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable. ANEXO N° 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EPS EPSEL S.A. para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su

b. Vigencia de Asignacion de Consumo

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Publicado el 5 de Febrero de 2007 en el diario "El Peruano".

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