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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de octubre de 2009 404728 Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 441/ INC, de fecha 23 de mayo de 2002, se declara patrimonio cultural de la Nación, entre otros, al sitio arqueológico Capillapata, ubicado en el distrito de San Francisco de Cayrán, provincia de Ambo, departamento de Huánuco; Que, mediante Informe Nº 1484-2009-SDIC-DA- DREPH/ INC, de fecha 20 de julio de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda que se modifi que el artículo 1º de la mencionada Resolución Directoral Nacional en el extremo referido a la ubicación política del sitio arqueológico Capillapata; Que, mediante Acuerdo Nº 0634, de fecha 06 de agosto de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 441/INC, de fecha 23 de mayo de 2002, en el extremo referido a la ubicación política del sitio arqueológico Capillapata; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 441/INC, de fecha 23 de mayo de 2002, en el extremo referido al sitio arqueológico Capillapata, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Capillapata, ubicado en el distrito de Pillco Marca, provincia y departamento de Huánuco, con coordenadas de referencia 362499 E, 8900589 N (WGS84 Zona 18).” Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 410428-1 Modifican la Resolución Directoral Nacional Nº 126/INC RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1386/INC Lima, 17 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 126/ INC, de fecha 04 de mayo de 1998, se declara patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Caraponguillo, ubicado en el anexo de Caraponguillo, distrito de Lurigancho Chosica, provincia y departamento de Lima, asimismo en el artículo 2º se aprueba su respectivo plano de delimitación; Que, mediante Memorando Nº 0326-2009-DDPH/INC, de fecha 02 de marzo de 2009, la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico solicita la verifi cación de datos del expediente técnico del mencionado sitio arqueológico; Que, mediante Informe Nº 1361-2009-SDIC-DA- DREPH/ INC, de fecha 02 de julio de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología comunica que se ha verifi cado y rectifi cado los datos del expediente técnico del mencionado sitio arqueológico, por lo que recomienda se modifi que el artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 126/ INC, de fecha 04 de mayo de 2009; Que, mediante Acuerdo Nº 0635, de fecha 06 de agosto de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura modifi car el artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 126/INC, de fecha 04 de mayo de 1998; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 126/INC, de fecha 04 de mayo de 1998, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Caraponguillo, ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Caraponguillo PP-039-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2009 PSAD56 236,115.28 23.611528 2,285.10 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 410428-2 Rectifican la Resolución Directoral Nacional Nº 166/INC RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1476/INC Lima, 2 de octubre de 2009 Visto el Informe Nº 083-2009-SDR-DPHCR/INC, y; CONSIDERANDO: Que, se trata de la declaración de Monumento del inmueble ubicado en Jr. Ucayali Nº 145-149, distrito,