TEXTO PAGINA: 23
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de octubre de 2009 404745 SE RESUELVE: 1º.- Ratifi car la Resolución de Decanato Nº 432-D- FII-09 de fecha 7 de octubre del 2009 de la Facultad de Ingeniería Industrial, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 18 al 22 de octubre del 2009, al personal docente que se indica, para presentar los documentos que certifi quen el cumplimiento de las condiciones iniciales para la Acreditación de la Facultad de Ingeniería Industrial de nuestra Casa Superior de Estudios: ROLANDO VÍCTOR CARRIÓN MUÑOZ EZZARD OMAR ÁLVAREZ DÍAZ OSWALDO JOSÉ ROJAS LAZO Director (e) de la E.A.P. de Ingeniería Industrial 2.- Otorgar a las personas mencionadas en el resolutivo que antecede, las sumas en nuevos soles equivalente a US$ 886.38 dólares americanos, a cada uno, por concepto de Pasajes Aéreos, Viáticos y Tarifa Corpac, según detalle que se señala, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Facultad de Ingeniería Industrial, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Rubro Rolando Víctor Carrión Muñoz (04 días) Ezzard Omar Álvarez Díaz (04 días) Oswaldo José Rojas Lazo (04 días) Pasajes Aéreos Internacional US$ 375.38 US$ 375.38 US$ 375.38 Viáticos US$ 480.00 US$ 480.00 US$ 480.00 Tarifa Corpac US$ 31.00 US$ 31.00 US$ 31.00 TOTAL US$ 886.38 US$ 886.38 US$ 886.38 3.- Encargar la Dirección de la Escuela Académico Profesional de Ingeniería Industrial de la Facultad de Ingeniería Industrial, a don SEGUNDO PEDRO MARÍN CHÁVEZ, con código Nº 093262, por el período que dure la ausencia del titular. 2º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 3º.- Encargar a la Dirección General de Administración, a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ingeniería Industrial, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ Rector 410892-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR 2009 - 2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 240 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS /CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de agosto del 2009, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales y conforme a lo establecido por el Artículo 2º de la ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, estos emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal. Que, el Art. 15º, Inciso a) de la Ley Nº 27867, confi ere facultades al Consejo Regional para aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con los Artículos 37º y 38º, del mismo cuerpo normativo, que le faculta aprobar Ordenanzas Regionales que norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, para su promulgación por la Presidencia Regional; Que, el Art. 3 de la Ley Nº 28522 de fecha 25 de Mayo 2005 “Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN)”, precisa en el inciso g), que el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico dentro de una perspectiva fundamentalmente descentralizada tiene como objetivo “Formular los Planes Estratégicos Prospectivos y efectuar su evaluación periódica”. Que, el Art. 10 inciso a) de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales precisa que una de las competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales es “Planifi car el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo. Que, el Art. 63º, Inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisa como una de las funciones en materia de turismo, el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales; del mismo modo en su Inciso b) establece formular concertadamente, aprobar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo turístico de la región. Que, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo ha formulado el Plan Estratégico Regional de Turismo 2009-2015, el mismo que ha sido evaluado por la Comisión Ordinaria correspondiente, contando con las opiniones legales y técnicas pertinentes, ha emitido dictamen favorable, determinando que dicho documento constituye un importante plan directriz para buscar el desarrollo turístico sostenible de la región; Que, la Región de Amazonas se está constituyendo en un importante destino turístico por la difusión de sus principales recursos y el descubrimiento de sus potencialidades turísticas, en la actualidad se va consolidando su posición como parte del Circuito Turístico Nor Oriental, por lo que es necesario dar prioridad al desarrollo de la infraestructura y servicios turísticos, potenciando nuestros recursos en perspectiva de lograr consolidarlos como productos turísticos; Que, el Plan Estratégico Regional de Turismo 2009-2015, ha sido formulado en forma participativa, concertada, registrando en el diagnóstico de la actividad turística las grandes potencialidades y recursos por provincias de nuestra Región y se sostiene en la implementación de proyectos priorizados a nivel público y privado, que requiere considerarlos en los Presupuestos Participativos, presentarlos a las fuentes de Cooperación Institucional y a la inversión privada para su fi nanciamiento; Que, el Plan Estratégico Regional de Turismo 2009- 2015 (PERTUR), previa descripción de los antecedentes históricos de Amazonas, de su fi siografía, hidrografía, biodiversidad, hace un diagnóstico de la realidad turística regional en el marco institucional y nacional, haciendo énfasis en las tendencias de mercado turístico, lo que permite visualizar las potencialidades, avances y limitantes de la actividad, lo que al fi nal defi ne la visión estratégica, las estrategias, indicadores y lineamientos de acción y propuesta de proyectos que institucionalmente compromete procurar su ejecución con recursos públicos y/o privados;