Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2009 (18/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404739

Integrado de Informacion Catastral Predial - SNCP", la Directiva Nº 02-2009-SNCP/ST denominada "Declaracion de MORDAZA Catastrada" y la Directiva Nº 03-2009-SNCP/ST denominada "Formato de la Hoja Informativa Catastral MORDAZA y el Formato de la Hoja Informativa Catastral Rural"; elaboradas por el equipo tecnico­legal de la Secretaria Tecnica del SNCP y aprobada por los miembros del Consejo Nacional de Catastro del SNCP en la tercera sesion realizada el 23 de Setiembre de 2009; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28294, se creo el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculacion con el Registro de Predios - SNCP, con la finalidad de regular la integracion y unificacion de los estandares, nomenclaturas y procesos tecnicos de las diferentes Entidades Generadoras de Catastro en el MORDAZA, a efectos de consolidar la informacion catastral y las caracteristicas de los predios y/o derechos sobre estos; Que, de conformidad con los incisos d) y f) del articulo 8º de la Ley Nº 28294, es facultad del Consejo Nacional de Catastro, aprobar las normas tecnicas requeridas para la integracion catastral y su vinculacion con el Registro de Predios, asi como establecer los estandares y especificaciones tecnicas para la formulacion, actualizacion y mantenimiento de la informacion catastral. Asimismo, el articulo 3º inciso a) del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0052006-JUS, dispone que, la Base de Datos Catastral ­ BDC, es el conjunto de datos graficos y alfanumericos que describen las caracteristicas fisicas, juridicas y economicas de predios catastrados; que, el articulo 33º del Reglamento de la Ley Nº 28294, establece que la administracion de la informacion de la Base de Datos Catastral - BDC es acopiada, integrada, custodiada y difundida por la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial ­ SNCP y gestionada por un Sistema de Informacion Geografica - SIG y; Que, por Resolucion Nº 002-2008-SNCP/CNC el Consejo Nacional de Catastro delega la administracion de la Base de Datos Catastrales - BDC y del Sistema de Informacion Catastral ­ SIC al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley Nº 28294, establece que el Contenido de la Base de Datos Catastrales esta compuesta por toda la documentacion, actual o antigua, que describe al predio con datos alfanumericos y graficos; que, el Articulo 35º del Reglamento de la citada Ley, establece que, el Consejo Nacional de Catastro aprobara el diseno y la Estructura de la Base de Datos Catastral. Se podran incluir datos complementarios a criterio de la Entidad Generadora de Catastro; Que, para efectos de facilitar la transferencia e intercambio de informacion catastral entre las Entidades Generadoras de Catastro, la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial y el Registro de Predios, resulta necesario establecer la normalizacion y homogenizacion de estructuras de datos catastrales; Que, en el articulo 8º de la Ley Nº 28294, senala las funciones del Consejo Nacional de Catastro del SNCP, entre las cuales se encuentra la de aprobar las Directivas para el cumplimiento obligatorio de la ejecucion de las actividades de catastro de predios o derechos sobre estos, incluyendo delegacion de facultades, la de aprobar las normas tecnicas requeridas para la integracion catastral y su vinculacion con el Registro de Predios; y la de establecer los estandares y especificaciones tecnicas para la formulacion, actualizacion y mantenimiento de la informacion catastral de predios o derechos sobre estos; de conformidad a los literales b), d) y f), del referido articulo, respectivamente; Que, la Secretaria Tecnica ha propuesto ante el Consejo Nacional de Catastro la Directiva Nº 01-2009SNCP/ST "Estructura de Datos Alfanumericos de la Base de Datos Catastral MORDAZA del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial", constituyendo una herramienta de estandarizacion de las Bases de Datos Catastrales Aflanumericas; Que, la Secretaria Tecnica ha propuesto ante el Consejo Nacional de Catastro la Directiva Nº 02-2009SNCP/ST denominada "Declaracion de MORDAZA Catastrada", constituye una herramienta tecnica indispensable para las Entidades Generadoras de Catastro y para la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial - SNCP, que servira para establecer el

procedimiento para la declaracion de MORDAZA Catastrada en un ambito geografico en el territorio nacional; Que, la Secretaria Tecnica ha propuesto ante el Consejo Nacional de Catastro la Directiva Nº 03-2009-SNCP/ST que contiene el Formato de la Hoja Informativa Catastral MORDAZA y el Formato de la Hoja Informativa Catastral Rural, constituyen herramientas tecnicas indispensables para la aplicacion de la Directiva Nº 02-2009-SNCP/ST denominada "Declaracion de MORDAZA Catastrada"; Que, siendo el Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial-SNCP, el Ente Rector de la Gestion Catastral a nivel nacional, y en cumplimiento a lo dispuesto en los articulos 1º, 6º y 8º de la Ley Nº 28294, emite las Directivas Nº 01-2009-SNCP/ST denominada "Estructura de Datos Alfanumericos de la Base de Datos Catastral MORDAZA del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial"; Directiva Nº 02-2009-SNCP/ST denominada "Declaracion de MORDAZA Catastrada" y Directiva Nº 03-2009-SNCP/ST denominada "Formato de la Hoja Informativa Catastral MORDAZA y el Formato de la Hoja Informativa Catastral Rural" aprobada en la tercera sesion del Consejo Nacional de Catastro del SNCP de fecha 23 de Setiembre de 2009; Que, estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 01-2009-SNCP/ ST "Estructura de Datos Alfanumericos de la Base de Datos Catastral MORDAZA del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial-SNCP", que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 02-2009-SNCP/ ST denominada "Declaracion de MORDAZA Catastrada", que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar la Directiva Nº 03-2009-SNCP/ ST denominada "Formato de la Hoja Informativa Catastral MORDAZA y el Formato de la Hoja Informativa Catastral Rural". Articulo 4º.- Las Entidades Generadoras de Catastro son las responsables de la correcta aplicacion y cumplimiento de las presentes Directivas de acuerdo a la competencia. La Secretaria Tecnica Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial-SNCP, supervisara dicho cumplimiento. Articulo 5º.- Las Directivas: Nº 01-2009-SNCP/ ST "Estructura de Datos Alfanumericos de la Base de Datos Catastral MORDAZA del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial-SNCP"; Nº 02-2009SNCP/ST denominada "Declaracion de MORDAZA Catastrada" y Nº 03-2009-SNCP/ST denominada "Formato de la Hoja Informativa Catastral MORDAZA y el Formato de la Hoja Informativa Catastral Rural" y sus anexos, seran publicados en la pagina web de las Entidades miembros del Consejo Nacional de Catastro del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial-SNCP. Articulo 6º.- La presente Resolucion entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Adjunto de los Registros Publicos ­ SUNARP Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial - SNCP DIRECTIVA Nº 01-2009-SNCP/ST "Estructura de Datos Alfanumericos de la Base de Datos Catastral MORDAZA del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial-SNCP" I. FINALIDAD La presente Directiva tiene por finalidad aprobar la Estructura de Datos Alfanumericos de la Base de Datos Catastral MORDAZA del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial - SNCP, a fin de estandarizar y homogenizar los datos a fin que permitan intercambiar y almacenar la informacion catastral de los predios y su vinculacion con el Registro de Predios. II. ALCANCE La presente Directiva es de aplicacion obligatoria para todas las Entidades Generadoras de Catastro.

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