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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de octubre de 2009 404742 CONSIDERANDO: Primero: Que, el magistrado recurrente hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que ha obtenido beca parcial para participar en el curso “Oralidad y Agilización del Proceso Civil”, organizado por el Aula Iberoamericana del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a realizarse en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, del 19 al 23 de octubre del año en curso; Segundo: Que, el citado evento académico se inscribe dentro del marco de desarrollo de actividades del Aula Iberoamericana del Consejo General del Poder Judicial y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y tiene como objetivo el intercambio de experiencias con relación al tema de acceso al servicio de justicia, en aras de identifi car cuáles son algunos de los problemas fundamentales que afectan a las sociedades de nuestra región, y así desarrollar los medios que permitan afrontarlos de la manera más efectiva; tal como son el examen de las normas de protección constitucional del derecho de acceso a la justicia, estudiar cómo se organizan los medios humanos y materiales con los que cuenta el Poder Judicial, analizar los instrumentos a través de los cuales se imparte justicia, y desde esa perspectiva, la organización y funcionamiento del proceso; tanto como el impacto que en éste vienen alcanzando el principio de oralidad y los derivados del mismo, como el de inmediación y de concentración; así como el estudio de la mediación y otros instrumentos de agilización del proceso; temas que resultan de la mayor importancia para la marcha de la administración de justicia en el país y convergentes con los esfuerzos que este Poder del Estado viene desarrollando a nivel de los proyectos de mejoramiento de los servicios de justicia; Tercero: Que, dada la trascendencia de los temas a tratar en el curso “Oralidad y Agilización del Proceso Civil”, resulta conveniente autorizar al nombrado magistrado, a fi n de que en representación de este Poder del Estado participe en el mencionado certamen; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos complementarios no cubiertos por la entidad organizadora, conforme al itinerario de viaje; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 241°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Juez Supremo titular Jorge Alfredo Solís Espinoza, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, para que participe en el curso “Oralidad y Agilización del Proceso Civil”, organizado por el Aula Iberoamericana del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), que se llevará a cabo del 19 al 23 de octubre del año en curso; concediéndosele la licencia con goce de haber respectiva. Artículo Segundo.- Los gastos no cubiertos de pasaje aéreo, impuesto aéreo, assiscard, viáticos, traslado y telefonía, estarán a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 694.53 Impuesto aéreo US$ 56.00 Assiscard US$ 37.00 Viáticos US$ 1,000.00 Gastos de traslado US$ 200.00 Gastos de telefonía US$ 50.00 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al citado magistrado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 410248-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionarios a Uruguay para participar en evento de ALADI RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 052-2009-BCRP Lima, 15 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido la convocatoria de la Comisión Asesora de Asuntos Financieros y Monetarios de la ALADI para participar en la XLII Reunión de la Comisión a realizarse en Montevideo, Uruguay, del 20 al 22 de octubre; Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la fi nalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones está la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida función, la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y, entre sus funciones, la de dirigir la adecuada administración de los convenios internacionales de pago suscritos por el Banco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 1 de octubre de 2009; RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior, a fi n de que participen en la reunión indicada en la parte considerativa, que se realizará en Montevideo, Uruguay, entre el 19 y el 22 de octubre, de la delegación conformada por los señores Milton Vega Bernal, Subgerente del Sistema de Pagos de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera y Herbert Fritas Yaya, Subgerente de Soluciones de Tecnologías de Información de la Gerencia de Tecnologías de Información y representante del Centro de Operaciones del Convenio ALADI, y al pago de los gastos del señor Vega. Los gastos del señor Fritas serán cubiertos en partes iguales por los doce bancos centrales miembros del Convenio. Artículo 2°.- El gasto que irrogue el viaje de la delegación será como sigue: Pasajes US$ 787,13 Viáticos US$ 866,70 Tarifa única de uso de aeropuerto: US$ 33,60 TOTAL US$ 1687,43 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 410279-1