TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de octubre de 2009 404859 Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 412864-8 Constituyen Comisión Multisectorial encargada de proponer medidas para facilitar el intercambio comercial entre CETICOS de Paita y la Zona Franca de Manaos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2009-PCM Lima, 21 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Perú viene afi rmando su vocación exportadora de bienes y servicios y de integración comercial, en tal sentido ha suscrito y se encuentra negociando convenios de libre comercio con sus principales socios comerciales así como acuerdos comerciales; marco dentro del cual viene realizando diversas actividades de desarrollo de comercio exterior así como de turismo con la República Federativa del Brasil que contribuyan a incrementar y profundizar las relaciones bilaterales entre ambos países; Que, dentro de dicha política resulta de interés para el país determinar franjas geográfi cas multinacionales que concentren fl ujos de comercio actual y potencial, en las cuales se busque optimizar la provisión de los servicios de infraestructura física (transporte, áreas de almacenamiento, producción de bienes y servicios), con el fi n de apoyar la conformación de cadenas productivas; Que, en esa línea el Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios – CETICOS de Paita, Piura, tiene interés en suscribir un convenio de cooperación interinstitucional con la Zona Franca de Manaos – SUFRAMA, del Brasil, con el objeto de estimular el desarrollo del eje norte del Perú y del eje centro del Estado del Amazonas del Brasil y, particularmente, fomentar el desarrollo del CETICOS de Paita, como plataforma logística de comercio exterior para la producción noroccidental del Brasil, así como para el desarrollo de la actividad productiva; Que, para tal efecto se considera pertinente crear una Comisión Multisectorial de carácter temporal que se encargue de proponer medidas para facilitar el intercambio comercial, identifi car las difi cultades en áreas regulatorias, operativas e institucionales que difi culten la integración comercial y productiva entre dichas zonas; Que, el numeral 2 del artículo 36 de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas formalmente por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los titulares de los Sectores involucrados; En aplicación del numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; RESUELVE: Artículo 1°.- Creación de la Comisión Multisectorial. Crear una Comisión Multisectorial de carácter temporal que se encargará de identifi car las difi cultades en áreas regulatorias, operativas e institucionales que obstaculizan el desarrollo comercial y productivo del eje norte del Perú, y proponer las medidas necesarias para superarlas facilitando la integración y el intercambio comercial entre el CETICOS de Paita, Piura y la Zona Franca de Manaos – SUFRAMA. La Comisión Multisectorial dependerá del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2°- Conformación de la Comisión Multisectorial La citada Comisión Multisectorial estará integrada por: a. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidirá, b. Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, c. Un representante de la Junta de Administración del CETICOS de Paita, d. Un representante del Gobierno Regional de Piura, e. Un representante de la Cámara de Comercio y Producción de Piura, y, f. Un representante del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez ejercerá la Secretaría Técnica de la Comisión. El ejercicio de la función será ad honorem. Artículo 3°- Designación de representantes. Los representantes de los organismos del sector público ante la Comisión Multisectorial serán designados mediante Resolución del titular de la entidad correspondiente, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución. La Cámara de Comercio y Producción de Piura designará a su representante de acuerdo a sus estatutos y lo acreditará mediante comunicación escrita dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. En todos los casos se podrá designar un representante titular y un alterno. Artículo 4°.- Instalación de la Comisión Multisectorial e inicio de actividades. La Comisión Multisectorial deberá instalarse e iniciar sus funciones en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución. Artículo 5°- Informe Técnico Final. La Comisión Multisectorial deberá presentar un Informe Técnico Final conteniendo las medidas que son materia del encargo que se le encomienda así como las recomendaciones para su implementación, en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles contados desde su instalación. Los gastos individuales que irrogue a los miembros de la Comisión Multisectorial el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de sus respectivas entidades. Artículo 6°- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores MARTIN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 412864-9