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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de octubre de 2009 404869 Artículo 3º.- El personal autorizado, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 412864-10 Autorizan viaje de oficial EP a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 467-2009-DE/EP Lima, 21 de octubre de 2009 Visto, la hoja de recomendación Nº 058/U-3.c.6.b de agosto de 2009, de la Dirección General de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, la República de Chile ha confi rmado su participación en todas las actividades previstas para el presente año, enviando las fechas de los diferentes intercambios ofrecidos por el Ejército de Chile, dentro de las cuales se considera la participación de un (01) ofi cial superior del Ejército del Perú en el intercambio de instructores de Artillería con el Ejército de Chile; lo cual es conveniente para los intereses institucionales al permitir contar con personal que ha tenido la oportunidad de intercambiar cultura y conocimientos con personal de otros países, en el plano académico militar, asegurando además la presencia del Instituto en el contexto internacional y fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de los diferentes países de la región; Que, el citado viaje de intercambio de instructores de Artillería del Ejército de Chile con el Perú, se encuentra dentro del plan anual de viajes del sector defensa para el Año Fiscal 2009 y fue aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE, del 19 de enero de 2009, anexo 1, rubro 5, ítem 45; Que, el costo que irrogue el viaje en comisión de servicio del precitado ofi cial, será sufragado con el presupuesto del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, correspondiente al Año Fiscal - 2009; el Ejército de Chile proporcionará el alojamiento y alimentación para el ofi cial seleccionado durante su estadía; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG y Nº 028-2006-DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente; Estando a lo recomendado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del Teniente Coronel EP Danilo Ferdinand ALARCON MATUTTI, identifi cado con CIP Nº 115363300 y DNI Nº 08743197, para que participe en el intercambio de ofi ciales de Artillería entre el Ejército de Chile y Perú, que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, durante el período del 27 de octubre al 5 de noviembre de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a las disposiciones vigentes: Pasaje: Lima - Santiago de Chile - Lima US$ 809.25 x 01 participante US$ 809.25 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 x 01 participante US$ 31.00 ====== Total a pagar: US$ 840.25 Artículo 3º.- El referido ofi cial, queda obligado a dar cumplimiento a lo indicado en los Artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002 y en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de los días considerados. Artículo 5º.- La presente resolución suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 412864-11 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban operaciones de endeuda- miento externo con el BIRF y con el BID DECRETO SUPREMO Nº 231-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.1 del Artículo 5º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009 y su modifi catoria, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente