Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 431-MSB
ORDENANZA Nº 433-MSB San MORDAZA, 23 de junio de 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: VISTO, en la XII-2009, Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha 23.06.2009, el Dictamen Nº 019-2009-MSB-CAL, Dictamen Nº 006-2009-MSB-CDU y Dictamen Nº 0082009-MSB-CER, de la Comision de Asuntos Legales, Comision de Desarrollo MORDAZA y Comision de Economia y Rentas, respectivamente sobre la Ordenanza que aprueba la modificacion por adecuacion e incorporacion de procedimientos y derechos al MORDAZA, en cumplimiento de la Ley Nº 29090 y sus reglamentos; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a las Municipalidades como Organos e Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencias; Que, mediante Ordenanza Nº 431-MSB, se modifico la Ordenanza Nº 421-MSB, por medio de la cual el Concejo Municipal de San MORDAZA aprobo la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, contenido en las Ordenanzas Nº 406 y Nº 416-MSB, e incorporo los derechos administrativos, por adecuacion a la Ley Nº 29090 y sus Reglamentos, al Cuadro de Tasas y Derechos de Procedimientos Administrativos, asi como el MORDAZA de la Municipalidad; Que, a efecto de continuar con el MORDAZA de ratificacion del Cuadro de Tasas y Derechos de los procedimientos incorporados por adecuacion a la Ley Nº 29090 y sus Reglamentos, y estando a lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 36º de la Ley Nº 27444, que dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de los gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los que deben ser comprendidos y sistematizados en el MORDAZA, es preciso efectuar las modificaciones necesarias al Cuadro de tasas y derechos de procedimientos administrativos; asi como del MORDAZA de la corporacion con la modificatoria de la Ordenanza Nº 431-MSB, en razon de las observaciones formuladas por el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 431-MSB Articulo Primero.- Aprobar la modificatoria del Cuadro de Tasas y Derechos de los Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 406 y modificado por Ordenanza Nº 416-MSB, Ordenanza Nº 421 ­MSB y Ordenanza Nº 431-MSB; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Aprobar la modificatoria del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA y Servicios Prestados en exclusividad de la Municipalidad de San MORDAZA, contenido en la Ordenanza Nº 406-MSB modificada por Ordenanzas Nºs. 416, 421 y 431-MSB; el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA y Servicios Prestados en exclusividad de la Municipalidad de San

MORDAZA, modificados en virtud de los articulos precedentes, en el MORDAZA institucional www.munisanborja.gob.pe., una vez que sea ratificado por el Concejo Provincial de Lima. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 392340-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Aprueban MORDAZA de formalizacion de establecimientos comerciales, industriales y de servicios en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2009-MDV Ventanilla, 22 de Agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 22 de agosto del 2009; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia, con lo previsto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el MORDAZA de legalidad contenido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senala en su MORDAZA parrafo que "los Gobiernos Locales mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley"; Que, el cuerpo normativo MORDAZA citado, en el MORDAZA parrafo del Articulo 41º advierte que "excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion podra alcanzar al tributo"; Que, el literal c) del Articulo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, sostiene que las municipalidades pueden imponer tasas por licencia de apertura de establecimientos comerciales, industriales o de servicios; Que, el articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, determina que "los gobiernos locales promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa (...)"; por lo tanto, es necesario crear e implementar el mecanismo adecuado, con el objeto de facilitar el acceso al MORDAZA a los inversionistas para que desarrollen sus actividades dentro del distrito de Ventanilla, incluyendo los sectores economicos no consolidados o en MORDAZA de consolidacion, las zonas sin habilitacion MORDAZA o con MORDAZA de habilitacion MORDAZA no concluida ni aprobada,

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