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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de setiembre de 2009 402031 escala en roca o hielo) y otros afi nes; los cuales serán acreditados por el Parque Nacional Huascarán; Que, mediante Ofi cio Nº 1694-2008-REGION ANCASH/PRE, el señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash, observa la Ordenanza Regional Nº 008-2009- REGION ANCASH/CR, aduciendo que deben agregarse otros considerandos propuestos por el Ejecutivo, asimismo, no lo promulga. Estas observaciones son remitidas a la Comisión de Turismo y Artesanía del Consejo Regional de Ancash, y con Dictamen Nº 003-2008-CRA/CTA, opina por que se incluya los considerandos propuestos por el Ejecutivo, el mismo que es aprobado en la sesión ordinaria del Consejo Regional del día 05 de febrero de 2009, por mayoría; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28961, 28968 y 29053, 27902, y, de conformidad con el Dictamen Nº 003- 2008 –CRA/CTA. de la Comisión de Turismo y Artesanía; y estando a lo acordado por mayoría en la sesión ordinaria llevada a cabo el día el día 15 de mayo de 2008; ORDENA: Artículo Primero.- RECONOZCASE, en mérito a su trayectoria y conocimiento profesional en la actividad turística como Guías Pioneros en Turismo Convencional y Trekking (caminata) en la Región Ancash, a las siguientes personas: 1.- Balabarca Álamo, Nélida Estilista 2.- Barrnechea Jara, Atilio Cergio 3.- Chiri Valle, Miguel Ángel 4.- Espinoza Muñoz, Aldo Magno 5.- Flores Palacios, Filomena 6.- Gonzales Maguiña, Viviana Austregilda 7.- Huerta Guevara, Dante Emerson 8.- Matienzo Guerra, Adolfo Eduardo 9.- Matencio Poma, Julio César 10.- Mejía Romero, Horacio Nelson 11.- Mejía Romero, Yvonne Antonieta 12.- Milla Huané, Félix Marcelino 13.- Minaya Gonzáles, Luís Fernando 14.- Poma Cárdenas, Neufa Melancolina 15.- Prudencio Carrera, Eudolina 16.- Ramis Gonzáles, Alejandro Magno 17.- Ramírez Sánchez, Alejandro Segundo 18.- Robles Romero, Descio Crisanto 19.- Salinas Aza, César Augusto 20.- Sifuentes Maguiña, César Mario 21.- Tjen Etienne, Verheye Artículo Segundo.- DISPONER, que la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ancash, reconozca a los Guías Pioneros en Turismo Convencional y Trekking (caminata) en la Región Ancash señalados en el artículo primero de la presente Ordenanza Regional, otorgándoles los Credenciales de Identifi cación, con número de registro, apellidos y nombres, documento de identidad nacional, idioma, fecha de nacimiento, domicilio y fecha de expedición. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia, a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash, para su Promulgación. Huaraz, a los veintidós días del mes de abril de 2009. JULIO R. LUCIO OLANO Presidente Consejo Regional de Ancash POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los treinta días del mes de abril de 2009. CÉSAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente Gobierno Regional de Ancash 391909-1 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Crean el Consejo Regional de Camélidos Sudamericanos Ayacucho - CORECS ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2009-GRA/CR Ayacucho, 30 de julio de 2009 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de julio de 2009, trató el tema relacionado a la Propuesta de Creación del Consejo Regional de Camélidos Sudamericanos – CORECS Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 271-2009-GRA/PRES, el señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, remite ante el Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional: Propuesta de Creación del Consejo Regional de Camélidos Sudamericanos Ayacucho – CORECS, canalizado a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico con la respectiva Opinión Técnica y Legal de la Sub Gerencia de Desarrollo Económico y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica respectivamente; con la emisión del Dictamen por la Comisión de Desarrollo Económico y Promoción de la Inversión del Consejo Regional; y la exposición de los representantes de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico ante el Pleno del Consejo Regional; Que, la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, los literales k), m) y p) del Artículo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen las funciones específi cas del Gobierno Regional en materia agraria promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria; el fomentar la investigación y transferencia de tecnología y extensión agropecuaria; y el de promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camélidos sudaméricanos y otras especies de ganadería regional; función que fue transferida por el Ministerio de Agricultura al Gobierno Regional Ayacucho mediante R.M. Nº 0761-2008-AG; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, su modifi catoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional de Ayacucho con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- CREASE, el Consejo Regional de Camélidos Sudamericanos Ayacucho – CORECS, como