Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402033

prioridades regionales, incluyendo un analisis costo beneficio que determine si la participacion privada en la provision de la infraestructura publica o del servicio publico implica un mayor beneficio neto para la sociedad; Que, el inciso 6.2 del articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, establece que: "En el caso de las entidades publicas correspondientes a los niveles de Gobierno Regional o Local, las facultades del Organismo Promotor de la Inversion Privada se ejercen en forma directa a traves del organo del Gobierno Regional o Local designado a tales efectos"; Que, por Ordenanza Regional Nº 009-2008-GRLCR de fecha 15 de MORDAZA de 2008, el Consejo Regional de MORDAZA aprobo la creacion del Organismo Publico Infraestructura para la Productividad - OPIPP, como un organismo publico ejecutor del Gobierno Regional de MORDAZA, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia tecnica y administrativa; Que, el literal d) del Articulo 6° del Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organizacional del Organismo Publico Infraestructura para la Productividad - OPIPP, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0192008-GRL-CR, de fecha 13 de junio de 2008, senalo que ademas de promover y/o ejecutar las acciones correspondientes a las fases del ciclo del proyecto de la obra denominada "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos"; constituye tambien parte de su funciones realizar las acciones que por delegacion le encargue la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, previa aprobacion del Consejo Regional; Que, en el Articulo Tercero de Ordenanza Regional Nº 014-2009-GRL-CR, se autoriza al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, encargar al Organismo Publico Infraestructura para la Productividad - OPIPP, en su condicion de Unidad Ejecutora del Gobierno Regional de MORDAZA, asuma el desarrollo del MORDAZA de la pre inversion, a nivel de Factibilidad con estudios definitivos y de la inversion del Proyecto "Construccion del Ferrocarril Interoceanico Norte Yurimaguas ­ Iquitos", disponiendose que se entregue al OPIPP el Perfil del Proyecto, codigo SNIP 86620; a fin de que en base al mismo, se desarrollen los citados estudios de pre inversion; designandose igualmente al OPIPP, asuma las funciones y responsabilidades de Organismo Promotor de la Inversion Privada, previstas en el Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 146-2008-EF, para el desarrollo de este Proyecto; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Asesoria Juridica y Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR al Organismo Publico Infraestructura para la Productividad - OPIPP, en su condicion de Unidad Ejecutora del Gobierno Regional de MORDAZA, asuma el desarrollo del MORDAZA de la pre inversion, a nivel de Factibilidad con estudios definitivos y de la inversion del Proyecto "Construccion del Ferrocarril Interoceanico Norte Yurimaguas ­ Iquitos", disponiendose que se entregue al OPIPP el Perfil del Proyecto, Codigo SNIP 86620; a fin de que en base al mismo, se desarrollen los citados estudios de pre inversion; designandose igualmente al OPIPP, asuma las funciones y responsabilidades de Organismo Promotor de la Inversion Privada, previstas en el Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, para el desarrollo de este Proyecto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion Documentaria la notificacion de la presente Resolucion a todos los interesados, disponiendose su publicacion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional

de MORDAZA y en uno de los diarios de mayor circulacion de la Region. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 391933-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban ratificacion de derechos correspondientes a procedimientos y servicios administrativos de tramites de habilitaciones urbanas y edificaciones, contenidos en la Ordenanza N° 433MSB, que modifica las Ordenanzas N°s. 431 y 421-MSB de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 329 MORDAZA, 28 de agosto de 2009 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de agosto del 2009, el Informe N° 004-181-0000008 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, emite opinion tecnica y legal con relacion a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza N° 433-MSB, que modifica las Ordenanzas Nos. 431-MSB y 421-MSB, que aprueban los derechos por los procedimientos administrativos de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, asi como modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Borja; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, estas deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion. Que, en el caso de la Provincia de MORDAZA, a traves del Edicto N° 227 se otorgo al Servicio de Administracion Tributaria, SAT, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. (Inc. s del Art. 6). Que, en esa misma linea y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de MORDAZA deberan formular sus solicitudes de ratificacion ante el Servicio de Administracion Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza N° 727, la cual precisa que la MORDAZA de las solicitudes de ratificacion de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) deberan de efectuarse hasta el ultimo dia habil del mes de junio. Que, en el presente caso, mediante Oficio N° 787-2009/ MSB/SG de fecha 22 de MORDAZA del 2009, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, solicito la ratificacion de la Ordenanza N° 431-MSB, que modifico la Ordenanza N° 421-MSB, a traves de la cual se dispone la aprobacion de los derechos por los procedimientos de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones adecuada a la Ley N° 29090 y su Reglamento, asi como la modificacion del MORDAZA institucional. Asimismo, mediante Oficio N° 1196-2009/

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.